Resolución de 30/03/2015, de la Dirección General de Calidad e Impacto Ambiental, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto: Autorización de actividad de tratamiento de residuos de construcción y demolición (expediente PRO-SC-14-0362), situado en el término municipal de Yeste (Albacete), cuyo promotor es Firmo Sánchez, SL.

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorConsejería de Sanidad y Consumo; Consejería de Agricultura
Rango de LeyResolución

La Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación Ambiental en Castilla-La Mancha, dispone que los proyectos, públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, construcciones, instalaciones o cualquiera otra actividad comprendida en su anexo II sólo deberán someterse a Evaluación del Impacto Ambiental, previamente a su autorización por el órgano sustantivo que corresponda, cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso. La decisión, que debe ser motivada y pública, se ajustará a los criterios establecidos en su anexo III.

  1. Características del proyecto según la documentación aportada por el promotor

    Según el documento ambiental, de fecha 13 de agosto de 2014, el proyecto consiste en la instalación de una planta de tratamiento de residuos de construcción y demolición en la parcela 126 del polígono 15 del término municipal de Yeste (Albacete). En dicha parcela se encuentra en explotación una cantera del titular denominada "Pedro Antón". La parcela tiene una superficie de 11,8 ha, y la superficie que ocupará la instalación sera de 1,78 ha. La parcela se sitúa a más 700 m del núcleo urbano.

    La planta tendrá una capacidad máxima de gestión de 500 m3/año y una capacidad de almacenamiento de 100 m3.

    En el interior de la parcela se proyectan las siguientes zonas:

  2. Báscula y zona de recepción: Se instalará una báscula. Las zonas de oficinas, aseos y recepción ya existen en la instalación.

  3. Playa de descarga: Esta consistirá en una nave cerrada en tres de sus laterales. Dispondrá de solera de hormigón con pendiente hacia dos arquetas de recogida con 1 m3 de capacidad cada una. Estas serán impermeables. La playa de descarga tendrá una superficie de 72 m2. La solera se construirá mediante una capa de grava mas una capa hormigón, se dispondrá una lamina impermeable con imprimación asfáltica y otra losa hormigón. El espesor de las capas de hormigón mas la lámina impermeable será de 15 cm.

    En un lateral de la nave se dispondrán 3 trojes de almacenamiento de los residuos obtenidos en el triaje.

  4. Zona de pretriturado, con una superficie de 260 m2.

  5. Zona de árido reciclado, con una superficie de 620 m2.

  6. Zona de acopio de material no valorizable, con una superficie de 450 m2.

  7. Almacén de residuos peligrosos. Se sitúa en una construcción ya existente. Tendrá una superficie de 12 m2.

    Los residuos gestionados corresponderán a los equivalentes en la Lista Europea de Residuos (Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero) a residuos de construcción y demolición (LER 17), a excepción de los considerados en la misma como peligrosos.

    El proceso básico del centro constará de las siguientes etapas:

    - Control y recepción de los residuos. Se pesarán los camiones a la entrada. Un operario revisará el contenido para comprobar que no contienen residuos no admisibles en la instalación.

    - Los residuos se descargarán en la playa de descarga. Se realizará un triaje de estos que podrá ser manual o mediante pala cargadora o pinzas. Se separarán los residuos voluminosos que serán depositados en los distintos trojes dentro de la nave en función de su naturaleza -papel y cartón, metales, madera, plástico, vidrio y residuos peligrosos-. El rechazo

    obtenido en la planta se enviará al destino adecuado según sea su naturaleza (comercialización, depósito controlado, gestor autorizado, etc.).

    - Los residuos pétreos limpios serán introducidos en la planta de machaqueo existente en la instalación. Este dispone de un separador magnético que eliminará las partículas férreas que hayan podido quedar, que serán recuperadas por un gestor autorizado. Se dispondrá de una criba y el árido reciclado obtenido se separará en tres fracciones. Las dos fracciones con granulometría mas fina serán sometidas a un proceso de soplado para eliminar posibles residuos pequeños que hayan quedado. La tercera fracción, con granulometría mas gruesa se someterá a otro triaje manual.

    - El producto obtenido, serán áridos reciclados aptos para su comercialización (rellenos en obras, sub-base en carreteras, restauración de espacios afectados por actividades extractivas, etc.).Así mismo, el rechazo (fracción no valorizable de residuos) generado en la planta de material que no cumpla la condición de árido reciclado, será destinado para su correcta gestión a gestor autorizado.

    El perímetro de la instalación estará vallado en su totalidad, siendo el paso controlado y restringido únicamente a los usuarios y personal autorizado para trabajar en la misma, así como aquellas personas debidamente autorizadas.

  8. Tramitación y consultas

    Con fecha de 13 de agosto de 2014, se recibe en la Dirección General de Calidad e Impacto Ambiental, la solicitud de inicio de procedimiento de Evaluación del Impacto Ambiental del proyecto, dando cumplimiento al artículo 6 de la Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación Ambiental en Castilla-La Mancha. Con fecha 1 de octubre de 2014 se solicita al promotor documentación complementaria, ya que la documentación remitida no se ajustaba al contenido mínimo exigido. Dicha documentación se recibe con fecha 1 de diciembre de 2014.

    La actuación proyectada está tipificada dentro de la categoría de proyectos del Anexo II de la Ley 4/2007, Grupo 3 "Industria extractiva", apartado i) Plantas de tratamiento o clasificación de áridos y de residuos de construcción y demolición.

    Con fecha de 30 de diciembre de 2014, el órgano ambiental notificó al promotor del proyecto que la documentación presentada junto con la solicitud de inicio era completa. Sobre la base de dicha documentación, y de acuerdo con el artículo 5 de la Ley 4/2007, se formularon consultas previas a las administraciones, organismos e instituciones implicadas por la realización de este proyecto, con el objeto de que informaran en el ámbito de sus competencias. Estos organismos e instituciones consultadas han sido los siguientes (se señalan con un asterisco los organismos que han emitido contestación a las consultas formuladas):

    - Consejería de Agricultura

    - Servicios Periféricos en Albacete. Servicio de Medio Natural

    - Servicios Periféricos en Albacete. Servicio de Calidad e Impacto Ambiental (*)

    - Servicios Periféricos en Albacete. Unidad de Coordinación Provincial de Agentes Medioambientales

    - Servicios Periféricos de Educación, Cultura y Deporte de Albacete (*)

    - Servicios Periféricos de Sanidad y Asuntos Sociales de Albacete.

    - Ayuntamiento de Yeste

    - Ecologistas en Acción de Albacete

    - Sociedad Albacetense de Ornitología (SAO)

    - Confederación Hidrográfica...

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