Resolución de 17/07/2016, de la Viceconsejería de Medio Ambiente, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto: Explotación ganadera avícola en régimen intensivo (expediente PRO-CR-15-0497), situado en el término municipal de Bolaños de Calatrava (Ciudad Real), cuyo promotor es Aviman, SL.

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorConsejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural
Rango de LeyResolución

La Ley 21/2013 de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en su artículo 7.2 concreta los proyectos que deben ser sometidos a evaluación de impacto ambiental simplificada por el órgano ambiental para determinar si tienen o no efectos significativos sobre el medio ambiente. En el caso de que no los tengan, no será necesario someterlos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria. Esta decisión debe ser motivada y pública, y se tiene que ajustar a los criterios establecidos en el anexo III de dicha Ley.

Por otro lado, la Ley 4/2007 de 8 de marzo, de evaluación ambiental en Castilla-La Mancha, constituye la normativa de desarrollo y de protección ambiental adicional, y determina los plazos de la tramitación así como aquellos proyectos adicionales a los ya indicados por la Ley 21/2013 que se ven incluidos en el ámbito de aplicación de la legislación de evaluación ambiental.

En concreto, el proyecto está incluido en la Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación Ambiental en Castilla-La Mancha La actuación se tipifica en el Anejo II. Grupo 1 Agricultura, silvicultura, acuicultura y ganadería apartado g) Instalaciones para la cría intensiva de ganado no incluidas en el Anexo I, cuando se cumpla alguna de las condiciones siguientes: que la actividad se desarrolle en zonas vulnerables a la contaminación por nitratos.

Primero. Descripción del proyecto definido por el promotor en toda la documentación.

Se pretende la instalación de una explotación de cría y recría para 3.865 gallinas de raza (Gallus gallus) de aptitud cárnica, para lo cual se hará uso de dos naves agrícolas existentes en la actualidad.

La explotación se localiza en el polígono 46, parcela 44 del polígono de Bolaños de Calatrava.

Las naves, de planta rectangular y superficie respectiva de 522 y 432 m2, cuentan con un patio abierto intermedio de 510 m2.

Las naves dispondrán de ventanas para propiciar la ventilación natural mientras que la calefacción se resolverá con un sistema irradiante de suelo, la caldera será de biomasa y tendrá una potencia de 60 kW.

El acceso a la parcela se hará desde la carretera CM-4124, en el p.k. 10,2, desde donde se tomará un camino a lo largo de 540 metros.

El núcleo más cercano es: Bolaños de Calatrava a 2.300 metros.

Según el promotor, no existen otras explotaciones en un radio de 500 metros de la parcela objeto de estudio ni establecimientos o instalaciones que puedan representar un riesgo sanitario.

Proceso de producción: las gallinas junto a los machos vivirán sueltas en distintos parques según razas que dispondrán de ponederas desde donde se llevarán a la incubadora en donde permanecerán una semana.

Densidad de población prevista: 5,3 aves/m2.

La yacija se entregará a gestor autorizado, no existirá estercolero ya que se cargará directamente en el camión del gestor, se estima una producción de estiércol de 220.305 kg/año.

La limpieza de las naves se hará en seco mediante barrido, se aplicará posteriormente desinfectante y fungicida.

Se prevé un consumo diario de 1.159 litros que serán suministrados por camión cisterna y posterior llenado de una tinaja de 20.000 litros.

La parcela se encuentra vallada en todo su perímetro con una malla de 2 metros de altura, simple torsión, sin elementos punzantes ni cortantes.

La explotación cuenta con un vado sanitario a la entrada de la parcela así como pediluvios en todas las entradas de las naves.

Las aguas residuales procedentes de los aseos se almacenarán en una fosa séptica estanca.

Se contempla la ejecución de una línea eléctrica soterrada de aproximadamente 30 metros de longitud para el abastecimiento de energía eléctrica.

La eliminación de cadáveres se hará mediante gestor autorizado y se almacenarán en contenedores adecuados.

Los residuos peligrosos generados serán retirados por gestor autorizado, siendo almacenados en depósitos cerrados y estancos para cada uno de los residuos peligrosos generados.

No se instalará pantalla vegetal por motivos de bioseguridad.

El suelo está clasificado como suelo rústico, estando permitido el uso pretendido de acuerdo con el planeamiento municipal.

Segundo. Tramitación y consultas.

El 10 de agosto de 2015, se reciben en la Dirección Provincial de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de Ciudad Real, la solicitud de inicio del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto y el documento ambiental, dando cumplimiento al artículo 45 de la Ley 21/2013 de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. También se presentó copia del resguardo de la tasa correspondiente según la Ley 9/2012 de 29 de noviembre, de tasas y precios públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias.

El 21 de septiembre de 2015, el órgano ambiental notificó al promotor del proyecto que la documentación presentada junto con la solicitud de inicio era completa. Sobre la base de dicha documentación, y de acuerdo con el artículo 46 de la citada Ley 21/2013, se formularon consultas previas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, con el objeto de que informaran en el ámbito de sus competencias. Estos organismos e instituciones consultadas han sido los siguientes (se señalan con un asterisco aquellos que han emitido contestación a las consultas formuladas):

- Dirección Provincial de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de Ciudad Real. Servicio de Política Forestal y Espacios Naturales.

- Dirección Provincial de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de Ciudad Real. Unidad de Coordinación de Agentes Medioambientales.(*)

- Dirección Provincial de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de Ciudad Real. Servicio de Agricultura y Ganadería.(*)

- Dirección Provincial de Educación, Cultura y Deportes de Ciudad Real. Sección de Arqueología.(*)

- Confederación Hidrográfica del Guadiana.(*)

- Ayuntamiento de Bolaños de Calatrava

- Ecologistas en Acción de Ciudad Real.

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