Resolución de 17/04/2016, de la Viceconsejería de Medio Ambiente, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto: Nueva industria para fabricación de aceite de oliva virgen ecológico, embotellado y comercialización, situado en el término municipal de Vellisca (Cuenca) cuyo promotor es Hermanos Pastor Vellisca, SL. Expediente PRO-CU-16-0516.

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorConsejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural
Rango de LeyResolución

La Ley 21/2013 de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en su artículo 7.2 concreta los proyectos que deben ser sometidos a evaluación de impacto ambiental simplificada por el órgano ambiental para determinar si tienen o no efectos significativos sobre el medio ambiente. En el caso de que no los tengan, no será necesario someterlos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria. Esta decisión debe ser motivada y pública, y se tiene que ajustar a los criterios establecidos en el anexo III de dicha Ley.

Por otro lado, la Ley 4/2007, de 8 de marzo, de evaluación ambiental en Castilla-La Mancha, constituye la normativa de desarrollo y de protección ambiental adicional, y determina los plazos de la tramitación así como aquellos proyectos adicionales a los ya indicados por la Ley 21/2013 que se ven incluidos en el ámbito de aplicación de la legislación de evaluación ambiental.

El proyecto "Nueva industria para fabricación de aceite de oliva virgen ecológico, embotellado y comercialización" (Expediente PRO-CU-16-0516), situado en el término municipal de Vellisca (Cuenca) cuyo promotor es Hermanos Pastor Vellisca; S.L., se encuentra encuadrado dentro de los anexos de la Ley 4/2007 de Evaluación Ambiental en Castilla-La Mancha

En concreto, la actuación se encuentra contemplada en el anexo II de la Ley 4/2007, dentro del Anexo II, Grupo 2 "Industrias de productos alimenticios", apartado b): "Instalaciones para elaboración de grasas y aceites vegetales fuera de polígonos industriales y a menos de 500 metros de suelo urbano".

Primero. Descripción del proyecto definido por el promotor en toda la documentación.

Según el documento ambiental, con fecha de entrada en este Servicio de 04 de febrero de 2016 y número de registro 278324 y posteriores aclaraciones, el proyecto consiste en la adecuación de las edificaciones existentes en las parcelas 1002 y 5002 del polígono 516 del término municipal de Vellisca (Cuenca), para la extracción de aceite de oliva virgen ecológico y embotellado y comercialización de este.

Se prevé una capacidad de producción que va desde los 80.000 kilos de aceituna el primer año hasta los 150.000 kilos que se alcanzarán el quinto año y siguientes, se generarán también a partir de este quinto año 32.680 litros de aceite, 132.000 kilos de alpechín, 3.000 kilos de alperujo y 26.400 kilos de hueso.

La actividad se desarrollará en el interior de una nave ya existente, que será acondicionada para tal fin, existiendo también en las parcelas 5 naves más, un estanque, una balsa de lixiviados e instalaciones auxiliares de una antigua industria dedicada a refinería de aceites, fábrica de aceites de orujo y fabricación de jabón común; si bien en las nuevas instalaciones sólo se obtendrá como producto final aceite de oliva virgen ecológico y los residuos generados en este proceso.

Se estiman unas necesidades de agua que oscilarán entre los 10,2 m3/año el primer año y los 17,2 m3/año el segundo año y siguientes, realizándose el abastecimiento de esta desde la red municipal

En cuanto a las aguas de vertido se distinguen según su procedencia en aguas negras procedentes de los aseos que se canalizarán mediante la red de saneamiento formada por arquetas prefabricadas de hormigón y colectores de PVC de distintos diámetros, hasta su conexión con la red de saneamiento municipal.

Aguas de limpieza de instalaciones que previo paso por separador de grasas, serán vertidas a la red de saneamiento municipal.

Agua de lavado de aceituna que discurrirá por una red de saneamiento para recoger esta agua de limpieza que será canalizada a la balsa de evaporación que se encontrará debidamente impermeabilizada.

Alperujo, que será recogido en cisterna estanca e impermeable y posteriormente será retirada por camiones a extractora seleccionada y aguas procedentes de centrifugadora (alpechines) para las cuales se diseñará una red de saneamiento para su recogida y canalización hasta la balsa de evaporación.

Para el abastecimiento de energía se instalará una línea eléctrica que se entroncará en el apoyo de coordenadas U.T.M. (ETRS89) para la X - 516087 e Y - 4442109 de ahí por canalización enterrada a lo largo de 67 metros discurre paralelo al camino municipal sin invadir parcelas privadas; posteriormente mediante obra de fábrica pasaría por encima de la acequia existente y mediante un giro de 90º discurrirá paralela a dicha acequia durante un tramo de 76 metros, entrando en la parcela 1002 del polígono 516 discurriendo por esta en un tramo de 190 metros hasta el entronque aéreo subterráneo del centro de transformación intemperie que suministrará la energía a la industria.

Segundo. Tramitación y consultas.

El 04 de febrero de 2016, se recibe en el Servicio de Medio Ambiente de la Dirección Provincial de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de Cuenca, procedente del Ayuntamiento de Vellisca (Cuenca) el proyecto "Nueva industria para fabricación de aceite de oliva virgen ecológico, embotellado y comercialización" (Expediente PRO-CU-16-0516), situado en el término municipal de Vellisca (Cuenca) cuyo promotor es Hermanos Pastor Vellisca; S.L., para que se emita informe sobre la sujeción o no a un procedimiento reglado de evaluación ambiental la solicitud de inicio del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental; dando cumplimiento al artículo 45 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

El 24 de febrero de 2016, el órgano ambiental notificó al Ayuntamiento de Vellisca (Órgano Sustantivo) y al promotor del proyecto que el proyecto se encuentra dentro de los Anexos de la Ley 4/2007, de 08-03-2007, de Evaluación Ambiental en Castilla-La Mancha. Sobre la base de dicha documentación, se formularon consultas previas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, con el objeto de que informaran en el ámbito de sus competencias. Estos organismos e instituciones consultadas han sido los siguientes (se señalan con un asterisco aquellos que han emitido contestación a las consultas formuladas):

- Dirección Provincial de Agricultura de Cuenca. Servicio de Industrias Agroalimentarias, Cooperativismo y Desarrollo Rural. (*)

- Unidad Coordinación Provincial de Agentes Medioambientales.

- Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural. Servicio de Prevención e Impacto Ambiental.

- Agencia del Agua de Castilla-La Mancha. (*)

- Dirección Provincial de Sanidad y Asuntos Sociales. (*)

- Dirección Provincial de Educación, Cultura y Deportes. Sección de Arqueología.

- Diputación Provincial de Cuenca.

- Ayuntamiento de Vellisca.

- Confederación Hidrográfica del Guadiana en Ciudad Real (*).

- Ecologistas en Acción.

- Agrupación Naturalista Esparvel.

En fecha 31 de marzo de 2016, el promotor solicita el visto bueno ambiental de la línea eléctrica a instalar para dar servicio a la actividad por lo que dicha documentación se incorpora en el expediente inicial; solicitándole al promotor documentación aclaratoria en fecha 3 de mayo de 2016, dicha documentación es remitida a este Servicio de Medio Ambiente en fecha 11 de mayo de 2016.

Tercero. Análisis según los criterios del anexo III de la Ley 21/2013...

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