Resolución de 03/11/2014, , por la que se convocan pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, a celebrar en el año 2015 en la Comunidad de Castilla-La Mancha.

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorConsejería de Fomento
Rango de LeyResolución
  1. OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Consejería de Fomento

Resolución de 03/11/2014, de la Viceconsejería, por la que se convocan pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, a celebrar en el año 2015 en la Comunidad de Castilla-La Mancha. [2014/14584]

El Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, que desarrolla la Directiva 2003/59/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de julio de 2003; por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera determina que, finalizado el curso de formación, los aspirantes a la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de su cualificación inicial deberán superar, en un plazo no superior a seis meses contados desde dicha finalización, un examen que versará sobre el contenido de las materias incluidas en el Anexo I.

Por otra parte, el artículo 15 de dicho Real Decreto establece que los exámenes serán organizados por los órganos competentes para la expedición de las autorizaciones de transporte público discrecional de viajeros y mercancías por carretera en el territorio de que se trate.

La Comunidad de Castilla-La Mancha tiene delegada esta competencia por la Administración del Estado, conforme a lo establecido en el artículo 5 de la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio.

En su aplicación, esta Viceconsejería, en virtud de los Decretos 125/2011 de 12 de agosto y 281/2011 de 22 de septiembre de 2011, por los que se establece la estructura orgánica y las competencias de los distintos órganos de la Consejería de Fomento, ha resuelto convocar pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, a celebrar en el año 2015 en la Comunidad de Castilla-La Mancha, con arreglo a las siguientes bases:

Bases

  1. - Convocatoria.

    Se convocan pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, a celebrar en el año 2015 en la Comunidad de Castilla-La Mancha, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, así como lo establecido en la presente Resolución.

    Durante el año 2015, la Viceconsejería de Fomento realizará seis pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de su cualificación inicial. La presente convocatoria abarca las seis pruebas citadas.

    Categorías D1, D1 + E, D y D + E, se realizarán seis pruebas que se desarrollarán a partir del día 15 de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre.

    Categorías C1, C1 + E, C y C + E, se realizarán seis pruebas que se desarrollarán a partir del día 15 de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre.

  2. - Contenido de las pruebas.

    2.1. Los aspirantes a la obtención del certificado de aptitud profesional, deberán superar un examen que versará sobre el contenido de las materias que figuran como anexo I A) del Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio (BOE núm. 184 de 02 de agosto de 2007).

    2.2. Los ejercicios a desarrollar, su estructura y su forma de calificación serán los establecidos en el Anexo V, Sección primera del citado Real Decreto.

    El examen constará de 100 preguntas tipo test, cada una de las cuales contará con cuatro respuestas alternativas, siendo las respuestas correctas valoradas con 1 punto y las erróneas se penalizarán con 0,5 puntos negativos; las preguntas no contestadas o que contengan más de una respuesta no puntuarán ni positiva ni negativamente.

    2.3. El tiempo máximo para la realización del examen será de dos horas.

    2.4. Para aprobar el examen será necesario obtener una puntuación no inferior a la mitad del total de los puntos posibles.

  3. - Requisitos de los aspirantes.

    3.1. Para poder tomar parte en las pruebas será necesario haber superado los cursos preceptivos, ya sea en la modalidad ordinaria o acelerada, de conformidad con el art. 5 y 6 del Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, en los seis meses anteriores contados al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes al examen.

    Los centros CAP homologados...

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