Orden de 07/04/2010, , de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, y por la que se modifica la Orden de 21/03/2000, de la Consejería de Bienestar Social.

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorConsejería de Salud y Bienestar Social
Rango de LeyOrden
  1. OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Consejería de Salud y Bienestar Social

Orden de 07/04/2010, de la Consejería de Salud y Bienestar Social, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, y por la que se modifica la Orden de 21/03/2000, de la Consejería de Bienestar Social. [2010/6713]

La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia, en su disposición adicional octava establece que "las referencias que en los textos normativos se efectúen a minusválidos y a personas con minusvalía, se entenderán realizadas a personas con discapacidad".

El Real Decreto 1856/2009, de 4 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad y por el que se modifica el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, ha venido a actualizar la terminología relativa a este procedimiento en consonancia con lo establecido en la disposición adicional octava de la Ley 39/2006 y en la "Clasificación Internacional de Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud" (CIF-2001).

A través de esta Orden se viene a acomodar la Orden de 21/03/2000, de la Consejería de Bienestar Social, al mandato contenido en la disposición adicional octava de la Ley 39/2006 de acuerdo con la terminología establecida en el Real Decreto 1856/2009, de manera que el término "grado de minusvalía" es sustituido por el de "grado de discapacidad" y las referencias que se hacían al término "grado de discapacidad" quedan sustituidas por el de "grado de las limitaciones en la actividad".

Por lo tanto y debido a esta adecuación terminológica y conceptual, el "grado de discapacidad" es el resultado de adicionar al porcentaje del "grado de las limitaciones en la actividad" el resultado de la aplicación del baremo de los "factores sociales complementarios".

Finalmente, se aprovecha esta modificación reglamentaria para adaptar la regulación del procedimiento a la normativa regional relativa a la aportación de documentos por las personas interesadas contenida en el Decreto 33/2009, de 28 de...

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