Orden de 24/10/2011, , por la que se protege la Indicación Geográfica Melón de La Mancha y se dan a conocer los principales elementos de su pliego de condiciones.

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorConsejería de Sanidad y Consumo; Consejería de Agricultura
Rango de LeyOrden
  1. OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Consejería de Agricultura

Orden de 24/10/2011, de la Consejería de Agricultura, por la que se protege la Indicación Geográfica Melón de La Mancha y se dan a conocer los principales elementos de su pliego de condiciones. [2011/15879]

Mediante la Orden de 14-07-2004, de la Consejería de Agricultura, se protege la Indicación Geográfica Melón de La Mancha y se dan a conocer los principales elementos de su pliego de condiciones.

La Comisión Europea ha solicitado durante los años 2005, 2008 y 2010, varias ampliaciones de información sobre la solicitud de registro Melón de La Mancha, cuya información fue aportada por la Asociación para la promoción del Melón de La Mancha, que una vez examinadas por la Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, y por el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, fue remitida a la Comisión Europea. Estas ampliaciones de información han introducido algunos cambios en el pliego de condiciones indicado en el párrafo anterior.

Con fecha 08-05-2010, se publicó en el DOUE la solicitud de registro con arreglo al artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) nº 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios. Dicha publicación incluye un resumen del pliego de condiciones que incorpora la ampliación de información solicitada por la Comisión Europea y, en consecuencia, las modificaciones sufridas en el mismo.

El día 11 de diciembre de 2010 se publicó en el DOUE el Reglamento (UE) nº 1171/2010 de la Comisión, de 10 de diciembre de 2010, por el que se inscribe la IGP Melón de La Mancha en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas.

Ante las modificaciones efectuadas y en cumplimiento del artículo 4 del Reglamento (CE) nº 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, se hace necesario la publicación de los principales elementos del pliego de condiciones.

De acuerdo con lo expuesto, en base al artículo 31.1.7ª del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha y en virtud de las competencias cuyo ejercicio se encomienda a esta Consejería en materia de denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas en el artículo 1.2 d) del Decreto 126/2011, de 07/07/2011, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, y de las atribuciones que me confiere el artículo 23.2 c) de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y Consejo Consultivo de CastillaLa Mancha,

Dispongo:

Artículo Único
  1. La Indicación Geográfica Protegida Melón de La Mancha sólo podrá ser empleada en la comercialización de los melones cuya descripción, zona geográfica de producción, prueba de origen y método de obtención desde la recolección hasta la expedición se ajusten a lo previsto en el Anexo a la presente Orden.

  2. La utilización del nombre de esta indicación geográfica en la comercialización de otros melones quedará sujeto a las sanciones previstas en el Titulo VI Régimen sancionador de la Ley 7/2007, de 15-03-2007, de Calidad Agroalimentaria de Castilla-La Mancha.

Disposición Derogatoria

Se deroga la Orden de 14-07-2004, de la Consejería de Agricultura, por la que se protege la Indicación Geográfica Melón de La Mancha y se dan a conocer los principales elementos de su pliego de condiciones.

Disposición final

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Toledo, 24 de octubre de 2011

La Consejera de Agricultura

MARÍA LUISA SORIANO MARTÍN

Anexo

  1. Nombre del producto

    Indicación Geográfica Protegida Melón de La Mancha

  2. Descripción del producto

    Melones (frutos de la especie Cucumis melo L.), de la variedad botánica saccharinus (según la clasificación de C. V. Naudin, 1859), de los cultivares Piñonet o Piel de sapo, en cualquiera de sus variedades comerciales, destinados a su venta en estado fresco a los consumidores.

    La Indicación Geográfica Protegida sólo se aplicará a melones de categoría I, con un contenido en azúcar mínimo (índice refractométrico de la pulpa) de 13º Brix (± 0,5º) y un peso unitario comprendido entre 1,8 y 4 Kg. (± 0,1 Kg).

    Además de las características mínimas establecidas en las normas de comercialización vigentes, se considerarán defectos críticos en el momento de la expedición de los melones la vitrescencia de la pulpa y el desprendimiento de las semillas.

    B.1. Características físicas

    Los Melones de La Mancha de la variedad Piñonet o Piel de Sapo tienen forma elipsoidal u ovoide.

    La corteza puede ser lisa o ligeramente rugosa, con un grosor medio de 0,6 a 0,8 cm. Presenta un escriturado o asurcado longitudinal de intensidad variable, normalmente más abundante cerca de la zona del pedúnculo y de la cicatriz del pistilo. Predomina en la piel el color verde, con manchas oscuras de tamaño medio, uniformemente distribuidas, tornando en la madurez hacia el amarillo. No obstante, la cama, o zona de contacto del fruto con el suelo que no recibe la luz solar, es siempre de color amarillento por falta de formación de clorofilas.

    La pulpa es de color blanco o cremoso. En la cavidad central, relativamente pequeña por relación a otras variedades, se halla la zona placentaria, de color anaranjado, en la que se encuentran las semillas.

    B.2. Características organolépticas

    Las principales características que hacen que el Melón de La Mancha sea apreciado son el dulzor, la alta jugosidad y la escasa fibrosidad de su carne.

  3. Delimitación de la zona geográfica

    La zona de producción del Melón de La Mancha está situada en la comarca natural Mancha, junto al Alto Guadiana, a más de 600 metros de altitud sobre el nivel del mar, en el sector nororiental de la provincia de Ciudad Real, dentro de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Comprende los términos municipales de las localidades de Alcázar de San Juan, Arenales de San Gregorio, Argamasilla de Alba, Campo de Criptana, Daimiel, Herencia, Las Labores, Llanos del Caudillo, Manzanares, Membrilla, Puerto Lápice, Socuéllamos, Tomelloso, Valdepeñas y Villarta de San Juan.

  4. Elementos que prueban que el producto es originario de la zona geográfica

    D.1. Programa de Producción Agrícola

    La producción de Melones de La Mancha estará sujeta a un programa específico de producción agrícola basado en una regulación de las relaciones entre los productores y las estructuras agrarias...

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