Orden de 30/12/2010, , por la que se aprueba definitivamente el Plan de Ordenación Municipal de Valdepeñas.

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorConsejería de Ordenacion del Territorio y Vivienda
Rango de LeyOrden
  1. OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda

Orden de 30/12/2010, de la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el Plan de Ordenación Municipal de Valdepeñas. [2011/128]

En virtud de los antecedentes y consideraciones que obran en el expediente, de conformidad con el acuerdo de la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo adoptado en sesión celebrada el 30 de noviembre de 2010, con la documentación complementaria aprobada inicialmente por el pleno del Ayuntamiento celebrado el día 28 de diciembre de 2010 y, a propuesta de la Dirección General de Urbanismo, he resuelto:

Aprobar definitivamente el Plan de Ordenación Municipal de Valdepeñas. Si bien, por el Ayuntamiento de Valdepeñas deberá aportarse en el plazo máximo de seis meses un Anexo a las Normas Urbanísticas del POM, en el que se recoja la ordenación de las Áreas de Planeamiento Incorporado.

Contra la presente disposición, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Si fuera otra Administración la que pretendiera impugnar esta disposición, previamente a la interposición del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR