Orden 90/2020, de 26 de junio, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, sobre normas de elaboración de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021.

Fecha de publicación27 Junio 2020
Fecha26 Junio 2020
Número de registro2020/4248
SecciónI.- DISPOSICIONALES GENERALES
Número de Gaceta127/2020
EmisorConsejería de Hacienda y Administraciones Públicas
I.- DISPOSICIONES GENERALES
Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas
Orden 90/2020, de 26 de junio, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, sobre normas de
elaboración de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021.
[2020/4248]
La elaboración de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma ha de observar un procedimiento que aparece,
básicamente, diseñado en el artículo 51 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, aprobado por la Ley Orgáni-
ca 9/1982, de 10 de agosto, y desarrollado en el texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado
por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, cuyo capítulo I, del título II, aborda las cuestiones relativas al
contenido y al procedimiento de tramitación del Presupuesto.
No obstante, las normas y criterios de elaboración no quedan jados en sus aspectos más concretos, por considerarse,
más aconsejable, que sean adaptados para cada ejercicio. Por ello, el propio texto refundido de la Ley de Hacienda de
Castilla-La Mancha encomienda al titular de la consejería competente en materia de hacienda la determinación, tanto
de la estructura del Presupuesto, como del procedimiento para su elaboración, la documentación que, para cada caso,
sea necesaria y los plazos para su presentación. Este será, precisamente, el objeto de la presente orden.
Por otro lado, en el contexto normativo de elaboración de los Presupuestos, debe tenerse en cuenta, asimismo, el artícu-
lo 3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que dispone,
entre otras cuestiones, que la elaboración de los Presupuestos de los distintos sujetos comprendidos en el ámbito de
aplicación de la norma –entre los que se encuentran las Comunidades Autónomas- se realizará en un marco de estabi-
lidad presupuestaria, coherente con la norma europea.
En consonancia con lo anterior, la Ley 11/2012, de 21 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad
Financiera de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, prevé los instrumentos que coadyuvan a la estabilidad
presupuestaria, entre ellos, elaborar un marco presupuestario a medio plazo y establecer un límite de gasto no nancie-
ro, que respete el objetivo de estabilidad presupuestaria jado por el Estado.
Así pues, de conformidad con estas previsiones legales, la presente orden establece las normas para la elaboración de
los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021, que deberán integrarse en
el Marco Presupuestario 2021-2023 y respetar el límite de gasto no nanciero, que ha de jarse conforme a lo dispuesto
Por último, y al margen de los aspectos procedimentales, la elaboración de los Presupuestos de la Junta de Comuni-
dades de Castilla-La Mancha para el ejercicio 2021 vendrá marcada por la crisis sanitaria producida por la pandemia
de COVID-19, cuyos efectos también están teniendo, sin duda, su reejo en la economía y en la sociedad, afectando
tanto a la actividad productiva, como al bienestar de la ciudadanía. En este contexto, y como criterio de elaboración
de los Presupuestos para 2021, se tendrá como prioridad, por un lado, la cobertura presupuestaria de las necesidades
derivadas de la pandemia, esencialmente en los servicios públicos fundamentales; y, por otro, aquellas políticas de
gasto dirigidas, tanto a minimizar el impacto social de la crisis sanitaria, como a facilitar que la actividad económica se
recupere, mediante el adecuado soporte al tejido productivo de la región.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 36.1 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno
y del Consejo Consultivo, y, en el artículo 40.1 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, apro-
Capítulo I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
Es objeto de la presente orden regular el ámbito institucional, los criterios generales para presupuestar, el contenido
básico, las estructuras presupuestarias y el proceso de elaboración del Anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales
de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021.
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Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Las normas contenidas en esta orden serán de aplicación a:
a) Los órganos, organismos, entes y entidades con dotaciones diferenciadas en los Presupuestos Generales de la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que se indican a continuación:
1º. Las Cortes de Castilla-La Mancha, respetando y preservando, en cualquier caso, su autonomía presupuestaria
y nanciera.
2º. La Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el Consejo Consultivo.
3º. Los organismos autónomos.
4º. Los entes y entidades públicas vinculadas o dependientes de dicha Administración.
b) Los sujetos instrumentales con presupuestos de carácter estimativo, que engloba a empresas y fundaciones pú-
blicas, y consorcios que formen parte del sector público regional.
Artículo 3. Marco presupuestario a medio plazo.
Los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021 se integrarán dentro del
Marco Presupuestario 2021-2023, que se elaborará conforme a lo dispuesto en la legislación en materia de estabi-
lidad presupuestaria, así como en su normativa de desarrollo.
Artículo 4. Límite de gasto no nanciero.
El importe total de los créditos para gastos de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-
La Mancha para 2021 se ajustará al límite de gasto no nanciero jado conforme a lo dispuesto en el artículo 6 de
Artículo 5. Criterios generales para la elaboración del Presupuesto.
La elaboración de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021 se
llevará a cabo atendiendo a los siguientes criterios generales:
a) La prioridad, conforme a las directrices que marque el Consejo de Gobierno, de aquellas políticas de gasto dirigi-
das, por un lado, a dar cobertura presupuestaria a las necesidades derivadas de la pandemia, esencialmente en los
servicios públicos fundamentales y, por otro, a minimizar el impacto social de la crisis sanitaria y facilitar, mediante el
adecuado soporte al tejido productivo, que la actividad económica se recupere tan pronto como la situación sanitaria
se normalice.
b) El impulso de actuaciones de mejora de la eciencia en la prestación de los servicios, que redunden en reduccio-
nes adicionales de los gastos de funcionamiento no esenciales y en la mejora de los de carácter esencial.
c) La austeridad en el funcionamiento de todos los órganos, organismos y entidades, tanto administrativas, como
instrumentales.
d) La cobertura, en materia de subvenciones e inversiones reales, de los gastos plurianuales comprometidos, res-
petando los derechos adquiridos que se deriven de los mismos.
e) La priorización de las actuaciones conanciadas por otras Administraciones públicas o por la Unión Europea,
adecuando el gasto a la correcta ejecución y seguimiento de los ingresos públicos.
f) El enfoque de género para la promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
Así mismo, la utilización del lenguaje en la documentación integrante de los Presupuestos Generales se llevará a
cabo de forma inclusiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 de la Ley 12/2010, de 18 de noviembre,
de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha.
Artículo 6. Unidad de cuenta para la elaboración del Presupuesto.
El Presupuesto se elaborará teniendo como unidad de cuenta el euro, expresado en miles de euros con dos deci-
males.
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