Orden 83/2018, de 10 de abril, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se regula la concesión de los premios regionales de turismo de Castilla-La Mancha.

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorConsejería de Economía, Empresas y Empleo
Rango de LeyOrden

El Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, aprobado por Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, establece en su artículo 31.1.18ª, la competencia exclusiva de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en materia de promoción y ordenación turística.

Esta competencia está asumida actualmente por la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, a través de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía. Así, en el artículo 1 del Decreto 81/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, se atribuye a ésta la competencia en materia de turismo, concretando el artículo 11 e) de dicho Decreto la competencia de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía para la concesión de títulos y reconocimientos al estímulo de actuaciones que favorezcan y promuevan el turismo en la región.

A tal fin se publica esta Orden, dando continuidad a la iniciativa de reconocer y distinguir a empresas, entidades locales y asociaciones sin ánimo de lucro, que hayan destacado su labor en favor del turismo de Castilla-La Mancha, por lo que deroga la Orden de 15 de abril de 2010, de la Consejería de Cultura, Turismo y Artesanía, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan los V Premios Regionales de Turismo de Castilla-La Mancha.

La presente Orden recoge las novedades producidas en el sector turístico en los últimos años, incluyendo nuevas modalidades de premios según sus beneficiarios, así como modificaciones en el procedimiento de concesión de los premios, que tendrán carácter honorífico, de forma que se reconozcan unos valores y se impulse el enaltecimiento social de quienes lo reciban.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, todos los trámites relacionados con el procedimiento de concesión de los premios de esta orden se realizarán por medios electrónicos.

En su virtud, y de acuerdo a las competencias atribuidas por el Decreto 81/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en Consejería de Economía, Empresas y Empleo, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 23 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, dispongo:

Artículo 1 Objeto y finalidad.

La presente orden tiene como objeto regular la concesión de los "Premios Regionales de Turismo de Castilla-La Mancha", que están destinados a reconocer públicamente y premiar a aquellas empresas, entidades locales y asociaciones sin ánimo de lucro que, radicadas en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, se hayan distinguido dentro del sector turístico.

Artículo 2 Naturaleza.
  1. El otorgamiento de los "Premios Regionales de Turismo de Castilla-La Mancha", en sus diversas categorías y modalidades tienen carácter honorífico, aspirando su concesión a reconocer unos valores e impulsar el enaltecimiento social de quienes lo reciban.

  2. En ningún caso, la concesión de los "Premios Regionales de Turismo de Castilla-La Mancha", conllevará compensación económica para la entidad galardonada.

Artículo 3 Destinatarios y requisitos.
  1. Los "Premios Regionales de Turismo de Castilla-La Mancha" van dirigidos a las siguientes entidades:

    1. Empresas. A los efectos de la presente orden se entenderá por empresa, a toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica en Castilla-La Mancha y disponga de, al menos, un centro de trabajo en la Región.

    2. Entidades locales de Castilla-La Mancha.

    3. Asociaciones sin ánimo de lucro que tengan su domicilio social en Castilla-La Mancha.

  2. Para optar al premio, todas las candidaturas deberán cumplir los siguientes requisitos:

    1. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, de sus obligaciones tributarias, tanto con la Administración estatal como con la Administración regional, y frente a la Seguridad Social.

    2. No haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por la comisión de una infracción grave o muy grave durante el año inmediatamente anterior a la fecha de concesión del premio, en las materias que a continuación se relacionan:

      1. Subvenciones.

      2. Orden Social.

      3. Normativa Tributaria.

      4. Defensa de la Competencia.

      5. Prevención de...

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