Orden 52/2018, de 4 de abril, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establece la organización de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en los niveles básico, intermedio y avanzado en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deportes
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación fue modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa en algunos aspectos concernientes a las enseñanzas de idiomas de régimen especial. Así, en su artículo 59.1, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, establece que estas enseñanzas se organizan en los niveles siguientes: Básico, Intermedio y Avanzado. Estos niveles se corresponderán, respectivamente, con los niveles A, B y C del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, que se subdividen en los niveles A1, A2, B1, B2, C1 y C2. Asimismo, el artículo 59.1 establece que las enseñanzas del nivel Básico tendrán las características y la organización que las Administraciones educativas determinen, y el artículo 60.1 establece que las enseñanzas de idiomas correspondientes a los niveles Intermedio y Avanzado serán impartidas en las escuelas oficiales de idiomas.

El Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, por el que se fijan las exigencias mínimas del nivel Básico a efectos de certificación, se establece el currículo básico de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1, y Avanzado C2, de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se establecen las equivalencias entre las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en diversos planes de estudios y las de este Real Decreto, determina en su disposición final primera, calendario de implantación, que con carácter general, las enseñanza de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1, y Avanzado C2 reguladas por este Real Decreto se implantarán en el año académico 2018/2019. Además, establece que las administraciones educativas podrán, en el ámbito de sus competencias, iniciar la implantación de las enseñanzas de los mencionados niveles, así como de las correspondientes al nivel Básico, en el año académico 2017/2018.

De igual manera, el Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, deroga el Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, por el que se fijan los aspectos Básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y, por lo tanto, corresponde a la Administración Educativa regional establecer la ordenación de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, desde su capacidad de desarrollo normativo y teniendo en cuenta lo estipulado en la normativa estatal, en el Artículo 6.bis.3, de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, y los artículos 4 y 6 del Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre.

Esta orden, de conformidad con el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1...

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