Orden 49/2017, de 22 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se modifica la Orden de 03/02/2011, de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura, por la que se regula el procedimiento de admisión de las escuelas infantiles dependientes de la Administración Autonómica.

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deportes
Rango de LeyOrden

La entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, introducen modificaciones sustanciales en el procedimiento electrónico de admisión en las escuelas infantiles dependientes de la Administración autonómica, así como en la forma de relacionarse con los ciudadanos.

En la nueva regulación adquieren especial relevancia los cambios relativos a los sujetos obligados a comunicarse electrónicamente con la administración, el expediente electrónico, las notificaciones electrónicas, los sistemas de identificación y firma y los documentos aportados por los interesados.

El procedimiento de admisión en escuelas Infantiles dependientes de la Administración de Castilla-La Mancha está regulado por la Orden de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura de 3 de febrero de 2011, por lo que, en tanto se promueve una nueva regulación, se hace necesaria su modificación para adaptarla a los cambios introducidos por las leyes 39/2015 y 40/2015, ya citadas. Estos cambios en la norma se refieren, fundamentalmente, a la presentación de solicitudes, a la forma en que la Administración se relaciona con los ciudadanos y a la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria, y tienen la intención de facilitar la presentación de solicitudes a los ciudadanos y simplificar su tramitación administrativa, sin perjuicio del necesario respeto de la equidad en el procedimiento de admisión que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación, y actúe como efecto compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales.

En la tramitación de esta orden se ha recabado el dictamen del Consejo Escolar de Castilla-La Mancha.

Considerando lo anterior, en ejercicio de las competencias atribuidas en el Decreto 85/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y la distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 23 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, dispongo:

Artículo único Modificación de la Orden de 03/02/2011, de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura, por la que se regula el procedimiento de admisión de las escuelas infantiles dependientes de la Administración Autonómica.

La Orden de 03/02/2011, de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura, por la que se regula el procedimiento de admisión de las escuelas infantiles dependientes de la Administración Autonómica queda modificada como sigue:

Uno. El apartado sexto queda redactado en los siguientes términos:

Sexto. Presentación de solicitudes

1. Pueden solicitar la admisión en las escuelas infantiles las personas legalmente responsables de las niñas y niños residentes en Castilla-La Mancha nacidos antes del 1 de septiembre del año de la convocatoria, así como los que a 31 de diciembre del mismo año no hayan cumplido los tres años de edad.

El plazo para la presentación de solicitudes será el que se especifique en la correspondiente convocatoria anual.

Las solicitudes que se registren una vez finalizado el plazo de presentación de las mismas serán desestimadas.

2. Las solicitudes de nuevo ingreso se presentarán, preferentemente de forma electrónica, mediante la cumplimentación y el envío telemático del formulario que estará disponible en la plataforma educativa Papás 2.0 (https://papas. jccm.es/papas/), accesible igualmente a través de sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades

de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es/), en la forma y de acuerdo con el modelo que se determine en la correspondiente convocatoria.

3. En los casos en que se desee continuar en el mismo centro en el que están matriculados este curso, presentarán, preferentemente de forma electrónica, la solicitud mediante el formulario disponible en la plataforma que se indica en el apartado anterior.

Para acceder a la plataforma educativa Papás 2.0, las personas solicitantes necesitan disponer de una credencial (usuario y contraseña) o del sistema cl@ve del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. En caso de no disponer de credencial de acceso (usuario y contraseña), las personas interesadas podrán solicitarla de forma presencial, previa identificación, en cualquiera de los centros docentes de esta Comunidad, así como en las Direcciones Provinciales de la...

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