Orden 43/2017, de 8 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen los precios públicos de los servicios prestados de regulación de acceso y aparcamiento, así como de visita guiada a los parques zoológicos y a los espacios naturales protegidos gestionados por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorConsejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural
Rango de LeyOrden

La Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, a través de la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales, tiene atribuidas las competencias en ordenación del uso público del medio natural. Entre ellas, la planificación y gestión del uso público en los espacios naturales protegidos, así como el desarrollo de programas de interpretación, divulgación y sensibilización de las áreas y recursos naturales protegidos de la región; así como la gestión de los puntos de información y Centros de Interpretación de la Red de Áreas Protegidas de la Región.

A su vez, el visitante de los Espacios Naturales Protegidos identifica éstos como lugares de excelencia para el disfrute del turismo en la naturaleza, por los valores excepcionales de sus paisajes, y su fauna y flora asociados, además identifica el valor añadido que supone la existencia de una serie de instalaciones, programas y servicios de acogida, información, educación y recreación para el visitante. Este movimiento de personas y recursos contribuye al desarrollo socioeconómico de las poblaciones locales que viven y desarrollan sus actividades en estos espacios, pero también puede generar impactos ambientales no deseados, resultando una amenaza para la conservación de su biodiversidad, si el acceso de este flujo de visitantes, a veces muy elevado, no se lleva a cabo mediante un sistema ordenado.

La Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias, establece que la gestión y administración de los precios públicos corresponde a las Consejerías, a los organismos o entes públicos vinculados o dependientes de ellas, que efectúen las entregas de bienes, presten los servicios o realicen las actividades determinantes de su exacción, sin perjuicio de las facultades de dirección, coordinación y control que el texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha atribuye a la Consejería competente en materia de hacienda.

El artículo 25 de la citada Ley dispone que cuando los precios públicos se fijen sobre el coste de las...

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