Orden 39/2018, de 12 de marzo, de la Vicepresidencia Primera, por la que se modifica la Orden de 28/12/2016, de la Vicepresidencia, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a mujeres víctimas de violencia de género que deseen cursar estudios universitarios dirigidos a la obtención de un Título Oficial de Grado o Máster en universidades públicas con implantación regional en la Comunidad de Castilla-La Mancha.

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorPresidencia de la Junta.
Rango de LeyOrden

La Orden 28/12/2016, de la Vicepresidencia, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a mujeres víctimas de violencia de género que deseen cursar estudios universitarios dirigidos a la obtención de un Título Oficial de Grado o Máster en Universidades Públicas con implantación regional en la Comunidad de Castilla-La Mancha, se publicó en el DOCM núm. 252, de 30 de diciembre de 2016.

La gestión de dichas subvenciones ha demostrado que es necesario acomodar algunos aspectos recogidos en las bases reguladoras que las rigen, fundamentalmente la inclusión de las hijas e hijos de las mujeres víctimas de violencia de género como personas beneficiarias de las subvenciones en concepto de becas objeto de esta Orden. Todo ello persiguiendo la finalidad última de garantizar el desarrollo personal, emocional y educativo de dichas personas.

Por todo ello, como titular de la Vicepresidencia primera y, por tanto, como órgano competente para la aprobación de las bases reguladoras, al amparo de las competencias previstas en el artículo 73 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, en el Decreto 56/2017, de 23 de agosto, por el que se modifica el Decreto 80/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y de conformidad con lo dispuesto en la legislación básica sobre la materia establecida en la Ley 38/2003, de 17 de julio, General de Subvenciones, así como en su reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; y en el reglamento de desarrollo de la Ley de Hacienda en materia de subvenciones, aprobado por Decreto 21/2008, de 5 de febrero,

Dispongo

Artículo Único

Modificación de la Orden de 28/12/2016, de la Vicepresidencia, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a mujeres víctimas de violencia de género que deseen cursar estudios universitarios dirigidos a la obtención de un Título Oficial de Grado o Máster en Universidades Públicas con implantación regional en la Comunidad de Castilla-La Mancha.

Uno. Se modifica el título de la orden, que queda redactado en los siguientes términos:

"Orden 28/12/2016, de la Vicepresidencia, por la que se aprueban las bases reguladoras de las becas "Leonor Serrano Pablo" de estudios universitarios a mujeres víctimas de violencia de género y a sus hijas e hijos".

Dos. Se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 1, que quedan redactados como sigue:

"1. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a sufragar gastos de primera matrícula que realicen mujeres víctimas de violencia de género y sus hijas e hijos que deseen cursar estudios universitarios dirigidos a la obtención de un Título Oficial de Grado o Máster en Universidades Públicas con implantación regional en la Comunidad de Castilla-La Mancha.

  1. De conformidad a lo dispuesto en el artículo 75.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, las subvenciones a que se refiere la presente Orden serán tramitadas mediante el procedimiento simplificado de concurrencia, dado su carácter excepcional por razón de su naturaleza y personas beneficiarias, pues las necesidades de acceso a la educación son comunes, dificultando la comparación entre las mismas. Dicha dificultad de comparación se origina también entre las solicitudes, toda vez que aquellas que reúnan todos los requisitos que se prevén en estas bases reguladoras, pueden acceder a la subvención sin ningún tipo de prelación entre ellas, excepto la temporal, la fecha de su solicitud, siendo tramitadas y resueltas conforme se vayan presentando las solicitudes, en tanto se disponga de crédito...

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