Orden 37/2017, de 10 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden de 20/10/2015, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas y al fomento de la calidad agroalimentaria (Focal 2014-2020) en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorConsejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural
Rango de LeyOrden

Publicada la Orden de 20 de octubre de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas y al fomento de la calidad agroalimentaria (FOCAL 2014-2020) en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-la Mancha 2014-2020, a fin de fomentar la integración asociativa, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 77/2016, de 13 de diciembre, por el que se establecen los requisitos para el reconocimiento de entidades asociativas prioritarias de interés regional de Castilla-La Mancha (Eapir) y se crea su registro, se ha considerado necesario establecer un porcentaje único de ayuda base para las Entidades Asociativas Prioritarias autonómicas, suprautonómicas y los miembros integrantes de cualquiera de estas entidades, respetándose, en todo caso, los límites máximos establecidos en el apartado 1 del artículo 7 de la orden de bases. En el caso de otro tipo de entidades, el porcentaje base de ayuda sigue manteniendo la diferencia en función del tamaño de la empresa.

Por otra parte, dada la importancia estratégica del asociacionismo y la integración del tejido empresarial agroalimentario, se ha reformulado el criterio nº 8 de valoración de los proyectos de inversión en transformación y/o comercialización.

Y, por último, advertida la imposibilidad material de presentar el documento original de la garantía de buena ejecución por medios electrónicos, se da nueva redacción al artículo 11.9.

No obstante, las modificaciones quedan condicionadas a la aprobación definitiva de la modificación del Programa de Desarrollo Rural de Castilla- La Mancha para el periodo de programación 2014-2020 por parte de la Comisión Europea Modificándose, además, la disposición transitoria de la Orden 25/2017, 16 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, para introducir también la condición suspensiva relativa a la necesidad de la declaración de la Comisión Europea de la compatibilidad con el mercado interior de la modificaciones en ella previstas.

Por ello, de acuerdo con lo expuesto, y en virtud de las competencias atribuidas a esta Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por el Decreto 84/2015, de 14 de julio de 2015, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de los distintos órganos de la misma y en ejercicio de las atribuciones que otorga al titular de la Consejería el artículo 73.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, dispongo:

Artículo primero

Modificación de la Orden de 20 de octubre de 2015, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas y al fomento de la calidad agroalimentaria (Focal 2014-2020) en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.

Uno. Se modifica el apartado 3.a) del artículo 7, quedando redactado el apartado 3 como sigue.

3. El porcentaje de ayuda posible a cada proyecto será el resultado de la suma de un porcentaje de ayuda base según las características del solicitante y uno o varios porcentajes de ayuda según las características del proyecto:

a) Porcentaje de ayuda base según las características del solicitante (tamaño de empresa), en concreto:

Tamaño empresa solicitante Intensidad de ayuda con respecto al presupuesto subvencionable

Pyme 15%

No Pyme 5%

En el caso de empresas reconocidas como Eapir o integrante de una Eapir o de una EAP para el producto objeto de la solicitud de ayuda, la intensidad de ayuda con respecto al presupuesto subvencionable será del 30%, respetándose los límites máximos establecidos en el apartado 1 de este artículo 7.

b) Porcentaje de ayuda según las características del proyecto:

Características de proyectos:

Intensidad de ayuda con respecto al presupuesto subvencionable

Proyectos desarrollados en establecimientos que produzcan exclusivamente productos amparados por figuras de calidad de las establecidas en la Ley 7/2007, de Calidad Agroalimentaria de Castilla-La Mancha, excluidos los ecológicos

Proyectos desarrollados en establecimientos que produzcan exclusivamente productos ecológicos amparados por la Ley 7/2007, de Calidad Agroalimentaria de Castilla-La Mancha.

Proyectos de transformación y/o comercialización de los siguientes productos: ajo, azafrán, productos lácteos procedentes de leche de oveja o cabra, miel, leguminosas grano, frutos secos y cebolla.

Proyectos acometidos por empresas de categoría PYME...

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