Orden 35/2017, de 21 de febrero, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueba el Plan de Inspección de Consumo y Control de Mercado de Castilla-La Mancha para el año 2017.

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorConsejería de Sanidad
Rango de LeyOrden

La Ley 11/2005 del 15 de diciembre del Estatuto del Consumidor de Castilla-La Mancha, en su artículo 3.2 ordena a la Administración Regional extremar su atención en productos o servicios de uso o consumo común ordinario y generalizado, aunque también pueda actuar en otros que, aun no cumpliendo este requisito, puedan suponer un perjuicio en su derecho a la salud, seguridad y a los legítimos intereses económicos de los consumidores y usuarios o puedan crear situaciones de alarma social.

Por otra parte el art. 5.2 de la misma ley, adjudica a los servicios de inspección de la Administración Regional, dentro de la programación general, el cumplimiento de las funciones previstas en la ley, en particular la realización de las inspecciones necesarias para garantizar que los productos y servicios de uso y consumo puestos a disposición de los consumidores, en cualquiera de sus fases de comercialización cumplan los requisitos de la legislación que les sean aplicables.

También compete a las administraciones locales la inspección de bienes y servicios (Ley 11/2005, art. 6.2.b) sin perjuicio de las competencias de la Junta de Comunidades y bajo los principios de colaboración, coordinación y complementariedad.

Las comprobaciones que todas estas administraciones pueden realizar son: la adecuación a la legalidad en las características técnicas, de seguridad y comerciales de estos productos y servicios así como su ajuste a las expectativas que puedan motivar su adquisición, es decir, la presentación, publicidad, precios y otras circunstancias. Esta actividad inspectora ha de ser integral, por lo que se puede extender no solo a los productos y servicios finales puestos a disposición de los mismos, sino también a las materias primas, a establecimientos y a maquinaria empleados en la producción, distribución y comercialización de estos.

Por otro lado la inspección de consumo también podrá comprobar la perfección y ejecución de contratos entre consumidores y empresas cuando estos puedan dar lugar a ejecución de potestades administrativas, independientemente del medio a través del que se realicen las ofertas de contratación y los contratos mismos.

Complementariamente a esta actividad de control, la ley también reconoce otras modalidades de inspección como son las de investigación y obtención de información sobre sectores del mercado sometidos a estudio y la de asesoramiento e información a los agentes del mercado. Estas modalidades se incluyen en la programación con la finalidad de favorecer el correcto cumplimiento de las normativas y la extensión de buenas prácticas comerciales o de fabricación.

La programación de toda esta actividad inspectora se viene realizando con una periodicidad anual desde que la Junta asumió las competencias de consumo en el año 1982.

Tanto de la programación como de los resultados de la misma se ha venido dando publico conocimiento a través del órgano de participación ciudadana, representación y consulta contemplado en el estatuto, cual es el Consejo Regional de Consumo.

Pero además, esta Consejería, al objeto de continuar con la mejora de la transparencia de su labor y mejorar la información a los operadores del mercado sobre los que recaen las actuaciones inspectoras, ha decidido continuar publicando el Plan Anual de Inspección de Consumo y Control de Mercado con carácter de Orden, al igual que se hizo en años anteriores

El Plan de Inspección de Consumo y Control de Mercado incluye:

- Campañas Nacionales: son acordadas por la Comisión de Cooperación de Consumo de la Conferencia Sectorial de Consumo, organismo en el que están representadas todas las Comunidades Autónomas y la Administración General del Estado, a través de la Agencia Española de Consumo, Sanidad Alimentaria y Nutrición (Aecosan).

- Campañas Autonómicas: son propuestas y desarrolladas por la Dirección General de Salud...

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