Orden de 27/04/2015, de la Consejería de Fomento, por la que se prorroga la planificación sectorial de estaciones de inspección técnica de vehículos de Castilla-La Mancha.

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorConsejería de Fomento
Rango de LeyOrden

La disposición adicional segunda del Decreto 63/2009, de 26 de mayo, por el que se regula la prestación del servicio de inspección técnica de vehículos en Castilla-La Mancha, señala que la Consejería competente en materia de industria procederá a elaborar y aprobar una planificación sectorial que incluirá la distribución territorial de las instalaciones de ITV en la región, en base a las exigencias del servicio, asegurando la calidad, rigor y servicio a la ciudadanía.

Con fecha 27 de mayo de 2010, se publicó en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la Orden de 24 de mayo de 2010, de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente, por la que se establece la planificación sectorial de estaciones de inspección técnica de vehículos de Castilla-La Mancha, teniendo en cuenta parámetros objetivos tales como, la distribución del censo zonal del parque de vehículos de la región, censo de habitantes, dispersión poblacional, así como las estaciones de ITV existentes, regulando a su vez, los criterios de resolución de los procedimientos de autorización, cuando existan supuestos de concurrencia de solicitudes para un mismo ámbito geográfico limitado por la propia planificación.

El artículo 2 de la mencionada Orden señala que la planificación establecida en la misma tendrá una vigencia de cinco años desde su entrada en vigor, finalizando el día 27 de mayo de 2015. Una vez próxima la finalización del periodo de vigencia de la Orden de 24 de mayo de 2010, se hace necesario evaluar la situación dentro del nuevo marco regulatorio. En este sentido, debe tenerse en cuenta la Directiva 2014/45/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, relativa a las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos de motor y de sus remolques, y por la que se deroga la Directiva 2009/40/CE, así como la Directiva 2014/47/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de la misma fecha, relativa a las inspecciones técnicas en carretera de vehículos comerciales que circulan en la Unión, y por la que se deroga la Directiva 2000/30/CE, que deberán transponerse por los Estados miembros, debiendo estudiar las medidas adecuadas para garantizar la seguridad vial y los requisitos técnicos sobre la seguridad de los vehículos como responsables de las inspecciones técnicas.

El Real Decreto 224/2008, de 15 de febrero...

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