Orden de 26/03/2015, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, por la que se modifica la Orden de 28/10/2010, por la que se regulan las condecoraciones y distinciones que se concederán a los miembros de los Cuerpos de Policía Local de Castilla-La Mancha, y la Orden de 11/05/2011, sobre uniformidad, medios técnicos y de identificación profesional, emblemas y divisas de los Cuerpos de Policía Local y Vigilantes Municipales de Castilla-La Mancha.
Emisor | Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas |
Rango de Ley | Orden |
Mediante Orden de 28 de octubre de 2010, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, se regulan las condecoraciones y distinciones que se concederán a los miembros de los Cuerpos de Policía Local de Castilla-La Mancha. Concretamente, su artículo 2 dispone que se podrán conceder las siguientes distinciones:
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Distintivo de Especialista en Policía Judicial.
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Distintivo de Especialista en Seguridad Vial.
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Distintivo de Especialista en Policía Administrativa.
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Distintivo de Especialista en NRBQ.
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Distintivo de Profesor de la Escuela de Protección Ciudadana de Castilla-La Mancha.
Por su parte, el artículo 16 de la Orden de 11 de mayo de 2011, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, sobre uniformidad, medios técnicos y de identificación profesional, emblemas y divisas de los Cuerpos de Policía Local y Vigilantes Municipales de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo establecido en el artículo 101 del Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, regula la utilización de las citadas distinciones.
El distintivo de Profesor de la Escuela de Protección Ciudadana de Castilla-La Mancha, descrito en el anexo II de la Orden de 28 de octubre de 2010, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, está concebido como un galardón cuya exhibición se limita al curso en el cual los integrantes de los Cuerpos de Policía Local de Castilla-La Mancha impartan docencia, cuya duración sea igual o superior a cincuenta horas lectivas, en actividades formativas de la Escuela de Protección Ciudadana de Castilla-La Mancha. Con el objetivo de agradecer y reconocer públicamente a diversos Policías Locales de Castilla-La Mancha, su colaboración continuada en las actividades formativas de la Escuela de Protección Ciudadana, se considera conveniente regular una nueva distinción diferente de las anteriores. Así...
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