Orden de 26/03/2015, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, por la que se modifica la Orden de 28/10/2010, por la que se regulan las condecoraciones y distinciones que se concederán a los miembros de los Cuerpos de Policía Local de Castilla-La Mancha, y la Orden de 11/05/2011, sobre uniformidad, medios técnicos y de identificación profesional, emblemas y divisas de los Cuerpos de Policía Local y Vigilantes Municipales de Castilla-La Mancha.

EmisorConsejería de Presidencia y Administraciones Públicas
Rango de LeyOrden

Mediante Orden de 28 de octubre de 2010, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, se regulan las condecoraciones y distinciones que se concederán a los miembros de los Cuerpos de Policía Local de Castilla-La Mancha. Concretamente, su artículo 2 dispone que se podrán conceder las siguientes distinciones:

  1. Distintivo de Especialista en Policía Judicial.

  2. Distintivo de Especialista en Seguridad Vial.

  3. Distintivo de Especialista en Policía Administrativa.

  4. Distintivo de Especialista en NRBQ.

  5. Distintivo de Profesor de la Escuela de Protección Ciudadana de Castilla-La Mancha.

Por su parte, el artículo 16 de la Orden de 11 de mayo de 2011, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, sobre uniformidad, medios técnicos y de identificación profesional, emblemas y divisas de los Cuerpos de Policía Local y Vigilantes Municipales de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo establecido en el artículo 101 del Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, regula la utilización de las citadas distinciones.

El distintivo de Profesor de la Escuela de Protección Ciudadana de Castilla-La Mancha, descrito en el anexo II de la Orden de 28 de octubre de 2010, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, está concebido como un galardón cuya exhibición se limita al curso en el cual los integrantes de los Cuerpos de Policía Local de Castilla-La Mancha impartan docencia, cuya duración sea igual o superior a cincuenta horas lectivas, en actividades formativas de la Escuela de Protección Ciudadana de Castilla-La Mancha. Con el objetivo de agradecer y reconocer públicamente a diversos Policías Locales de Castilla-La Mancha, su colaboración continuada en las actividades formativas de la Escuela de Protección Ciudadana, se considera conveniente regular una nueva distinción diferente de las anteriores. Así...

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