Orden 187/2017, de 20 de octubre, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se aprueba el Plan Especial de Emergencia por Incendios Forestales de Castilla-La Mancha.

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorConsejería de Hacienda y Administraciones Públicas
Rango de LeyOrden

En atención a lo dispuesto en el Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, y en la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales, aprobada por acuerdo del Consejo de Ministros de 18 de marzo de 1993, se elaboró el Plan de Emergencia por Incendios Forestales de Castilla-La Mancha, que concluyó con la publicación en el DOCM de la Orden de 23 de abril de 2010, de la Consejería de Administraciones Públicas y Justicia, por la que se aprueba la revisión del Plan Especial de Emergencia por Incendios Forestales de Castilla-La Mancha.

En el año 2013 se publica el Decreto 36/2013, de 4 de julio, por el que se regula la planificación de emergencias en Castilla-La Mancha y se aprueba la revisión del Plan Territorial de Emergencia de Castilla-La Mancha (DOCM núm. 129 de 05/07/2013). El Plan Territorial de Emergencia de Castilla-La Mancha, (en adelante Platecam), es un documento que se ha elaborado para hacer frente a las situaciones de grave riesgo colectivo, calamidad pública o catástrofe extraordinaria que puedan surgir en Castilla-La Mancha. Los años de vigencia del Platecam y la multitud de situaciones de emergencia vividas durante ese período, que han propiciado la activación del Plan en diversas ocasiones, junto a las conclusiones derivadas de los simulacros y ejercicios desarrollados, han puesto de manifiesto la necesidad de la actualización y revisión de su contenido, que se ha llevado a cabo mediante la Orden 130/2017, de 14 de julio, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se revisa el Plan Territorial de Emergencia de Castilla-La Mancha y varios planes de Emergencia Exterior (DOCM núm. 147, de 31 de julio de 2017). El Platecam tiene carácter de Plan Director y, además de constituir la mayor herramienta de la comunidad autónoma en el tratamiento de cualquier emergencia, es el gran marco en el que se inscriben todos los demás planes.

Igualmente, en el mismo año se publica la nueva Directriz Básica de planificación de protección civil de emergencia por incendios forestales, mediante el Real Decreto 893/2013 (BOE de 7 de diciembre), que define, entre otras cuestiones, las situaciones operativas, además de definir un nuevo orden organizativo entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas.

Por ello, es necesario revisar y aprobar el Plan Especial de Emergencia por Incendios Forestales de Castilla-La Mancha de modo que se actualice y adapte a dichas normativas.

El Plan especial se estructura en ocho capítulos. En el primero se determina la planificación de las emergencias por incendios forestales. El segundo define las características generales del plan. El tercero contiene la información territorial, el análisis del riesgo, la zonificación del territorio y las épocas de peligro. En el cuarto se definen las fases de la emergencia y la clasificación de los incendios forestales. El capítulo quinto está dedicado a la estructura y organización del plan: dirección, coordinación y puesto de mando avanzado, entre otros. El capítulo sexto contempla la operatividad del plan. El capítulo séptimo contiene las normas en cuanto a la implantación y mantenimiento...

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