Orden 169/2017, de 22 de septiembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establecen las bases y la convocatoria para la adhesión de entidades programadoras al Programa Actuamos para formar parte de la Red de Artes Escénicas y Musicales de Castilla-La Mancha para el ejercicio 2018.

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deportes
Rango de LeyOrden

El Decreto 66/2016, de 2 de noviembre, por el que se regula el programa Actuamos para el desarrollo de las artes escénicas y musicales en Castilla-La Mancha, dispone que la Consejería de Educación, Cultura y Deportes convocará el procedimiento para que las entidades programadoras de Castilla-La Mancha que estén interesadas puedan adherirse a la red de artes escénicas y musicales de Castilla-La Mancha.

Al amparo del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y de lo establecido en el artículo 19 del Decreto 12/2010, de 16 de marzo, por el que se regula la utilización de medios electrónicos en la actividad de la administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la obligatoriedad de la presentación telemática de la solicitud encuentra su justificación en la naturaleza jurídica de las entidades destinatarias de esta Orden.

En virtud de la competencia que me atribuye el artículo 23.2.e) de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, el artículo 11.1 y la disposición final primera del citado Decreto 66/2016, de 2 de noviembre, y el Decreto 85/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y la distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, dispongo:

Artículo único Bases y convocatoria.

Se aprueba la convocatoria para la adhesión de entidades programadoras al programa Actuamos para formar parte de la red de artes escénicas y musicales de Castilla-La Mancha para el ejercicio 2018, de acuerdo con las bases reguladoras que a continuación se transcriben:

Primera. Objeto.

Esta Orden tiene por objeto establecer las bases y convocar el procedimiento para que las entidades programadoras de Castilla-La Mancha puedan solicitar su adhesión como entidad programadora de la red de artes escénicas y musicales de Castilla-La Mancha para participar en la programación de espectáculos de las temporadas del año 2018.

Segunda. Requisitos de las entidades programadoras y forma de acreditación.

  1. Podrán adherirse las entidades locales de Castilla-La Mancha que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 5 del Decreto 66/2016, de 2 de noviembre, por el que se regula el Programa Actuamos para el desarrollo de las artes escénicas y musicales en Castilla-La Mancha, y que no incurran en alguno de los motivos de exclusión previstos en el citado Decreto.

  2. Las entidades programadoras deberán darse de alta en el portal de las artes escénicas y musicales (http://artesescenicas. jccm.es) con uno o varios espacios escénicos registrados y validados por la Viceconsejería de Cultura en los que se desarrollen espectáculos de teatro, danza, música y circo en cualquiera de sus modalidades. Este requisito se comprobará de oficio por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

  3. De conformidad con la letra a) del artículo 5 del Decreto 66/2016, de 2 de noviembre, en el supuesto de no disponer de un local en propiedad, se admitirá el alquiler o cesión del espacio adecuado, que deberá darse de alta en el portal de las artes escénicas y musicales. Si la entidad programadora no dispusiera de un espacio propio ni posibilidad de alquiler de alguno para desarrollar estas actividades, previa solicitud, podrá formar parte de la modalidad «localidad asociada a la red» en el espacio más próximo que esté adscrito a la red de artes escénicas y musicales de Castilla-La Mancha, siempre que no diste más de 75 kilómetros.

  4. La regulación del precio de las entradas por la entidad programadora se acreditará mediante un certificado emitido por el órgano competente.

  5. El cumplimiento del requisito establecido en la letra d) del artículo 5 del Decreto 66/2016, de 2 de noviembre, se comprobará de oficio por parte de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

  6. El requisito establecido en la letra e) del artículo 5 del Decreto 66/2016, de 2 de noviembre, se acreditará mediante la remisión de un certificado de la entidad programadora que refleje el compromiso de un techo de gasto propio firmado por el órgano competente y el Interventor de la entidad.

  7. Los requisitos establecidos en las letras f) y g) del artículo 5 del Decreto 66/2016, de 2 de noviembre, se acreditarán mediante la presentación de declaración responsable, con los efectos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR