Orden 149/2020, de 26 de agosto, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula la evaluación y la certificación de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

Número de registro2020/6069
Fecha de publicación01 Septiembre 2020
Fecha26 Agosto 2020
SecciónI.- DISPOSICIONALES GENERALES
Número de Gaceta176/2020
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deportes
I.- DISPOSICIONES GENERALES
Consejería de Educación, Cultura y Deportes
Orden 149/2020, de 26 de agosto, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula la
evaluación y la certicación de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la comunidad autónoma de
Castilla-La Mancha. [2020/6069]
El Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, por el que se jan las exigencias mínimas del nivel básico a efectos de
certicación, establece el currículo básico de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2,
de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación,
y establece las equivalencias entre las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en diversos planes de
estudios y las de este real decreto.
El Real Decreto 1/2019, de 11 de enero, establece los principios básicos comunes de evaluación aplicables a las prue-
bas de certicación ocial de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2 de las enseñanzas
de idiomas de régimen especial.
La Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha, establece en el artículo 85 del Capítulo VII del Título
II que la nalidad de las enseñanzas de idiomas es capacitar a la ciudadanía para el uso adecuado de las diferentes
lenguas, fuera de las etapas ordinarias del sistema educativo.
El Decreto 89/2018, de 29 de noviembre, modicado por el Decreto 48/2020, de 18 de agosto, establece la ordenación
de las enseñanzas de idiomas de régimen especial y los currículos correspondientes a los niveles Básico A2, Intermedio
B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2 en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Su disposición nal
primera faculta a la persona titular de la Consejería competente en materia de educación para dictar cuantas disposicio-
nes sean necesarias para su desarrollo y ejecución.
Finalmente, la Orden de 25/06/2007, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se regula la evaluación del
alumnado que cursa enseñanzas de idiomas y la Orden de 9 de noviembre de 2016, que modica a la anterior, son
sustituidas por esta orden ya que la entrada en vigor de las normas enumeradas anteriormente determina, por razones
jurídicas, la necesidad de aprobar una nueva orden que regule esta materia cuyo contenido se ajuste a los cambios
normativos.
En el proceso de elaboración de esta orden se ha dado cumplimiento al trámite de audiencia e información pública a
través del Portal de Transparencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, conforme a lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ha intervenido
la Mesa Sectorial de Educación y ha emitido dictamen el Consejo Escolar de Castilla-La Mancha.
Procede, por tanto, regular la evaluación de los distintos niveles de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en
la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, por lo que, de acuerdo con la habilitación contenida en la disposición
nal primera del Decreto 89/2018, de 29 de noviembre, previo informe del servicio jurídico, dispongo:
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Esta orden tiene por objeto regular las características y condiciones de la evaluación y de la certicación aplicables en
la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en las escuelas ociales de idiomas y centros autorizados para impartir
estas enseñanzas, en los distintos niveles de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Or-
gánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Artículo 2. Referentes normativos de la evaluación.
La evaluación de las enseñanzas de los distintos niveles se realizará tomando como referencia los objetivos, las com-
petencias, los contenidos y los criterios de evaluación establecidos para cada nivel y actividad de lengua en el Decreto
89/2018, de 29 de noviembre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas de idiomas de régimen especial
y los currículos correspondientes a los niveles Básico A2, Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2 en
AÑO XXXIX Núm. 176 1 de septiembre de 2020 34165

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