Orden 126/2017, de 12 de julio, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se precisan las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas a los planes de reestructuración y reconversión de viñedo de Castilla-La Mancha para el Programa de Apoyo 2014-2018 y se convocan para su ejecución en 2018. Extracto BDNS (Identif.): 355114.

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorConsejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural
Rango de LeyOrden

Extracto de la Orden de 12/07/2017, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que precisan las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas a los planes de reestructuración y reconversión de viñedo de Castilla-La Mancha para el Programa de Apoyo 2014-2018 y se convocan para su ejecución en 2018.

BDNS (Identif.): 355114

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 .a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacionales de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en el presente DOCM:

Primero. Beneficiarios. Para la operación de trasformación de vaso en espaldera prevista en esta orden, las personas interesadas deben figurar en el Registro Vitícola como explotadoras de las parcelas de viñedo para las que se pide la ayuda o haber solicitado el cambio de titularidad, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Para la operación de reestructuración, las parcelas a arrancar, los derechos, y/o las autorizaciones aportadas deben estar inscritas en Registro Vitícola en su explotación, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. No podrán ser personas beneficiarias las que contravengan la normativa vigente en materia de plantaciones de viñedo, para cualquiera de las superficies de viñedo de su explotación y/o e se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones.

Segundo. Objeto Desarrollar las bases reguladoras y convocar ayudas para la reestructuración y reconversión del viñedo de Castilla-La Mancha para el programa de apoyo 2014-2018 y su ejecución en el ejercicio 2018, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 597/2016, de 19de julio. Igualmente, se regula el procedimiento para la aprobación de los planes de reestructuración y reconversión de los viñedos ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

Tercera. Bases reguladoras. Real Decreto 597/2016, de 5 de diciembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola.

Cuarto. Cuantía. Los pagos relativos a estas ayudas se financiaran íntegramente con cargoal Fondo Europeo Agrícola de Garantía (Feaga), a través del Organismo pagador de Castilla-La Mancha, en virtud del artículo 42. e) del Reglamento (UE) nº 1308/2013, de 17 de diciembre de 2013, realizándose con cargo a los créditos asignados para estos efectos mediante Conferencia Sectorial del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y se ejecutarán a través de la aplicación presupuestaria 21040000 G/718A/77317, fondo 0000000490.

Quinto. Plazo presentación solicitudes. El plazo de presentación será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden.

Sexto. Otros datos. Un viticultor /a solo podrá constar como persona beneficiaria en un único proyecto. Los planes se presentarán a través de la aplicación oficial web Recavin http://agricultura.jccm.es/recavin, junto con los datos que figuran en los anexos informativos correspondientes de la esta orden

Toledo, 12 de julio de 2017

El Consejero de Agricultura,

Medio Ambiente y Desarrollo Rural

FRANCISCO MARTÍNEZ ARROYO

TEXTO COMPLETO DE LA ORDEN DE 12 DE JULIO DE 2017

El 15 de abril de 2016 se publica el Reglamento Delegado (UE) 2016/1149, de la Comisión, de 15 de abril de 2016, por el que se completa el Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los programas nacionales de apoyo en el sector vitivinícola y se modifica el Reglamento (CE) n.º 555/2008 de la Comisión, y el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1150 de la Comisión, de 15 de abril de 2016, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los programas nacionales de apoyo en el sector vitivinícola, amplían la regulación que el Reglamento (UE) nº 1308/2013 realiza de la medida de reestructuración y reconversión del viñedo.

Para ajustar la normativa básica a la europea por la Administración General del Estado se aprueba el Real Decreto 597/2016, de 5 de diciembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola estableciéndose como la normativa básica aplicable de las medidas recogidas en el Programa de Apoyo al sector vitivinícola español 2014-2018, entre las que se encuentra la reestructuración del viñedo.

Así, la presente orden tiene por objeto desarrollar la normativa europea y nacional en el ámbito de Castilla-La Mancha, estableciendo las bases y el procedimiento para la aprobación de los planes de reestructuración y reconversión del viñedo, y disponiendo cuantas cuestiones son necesarias para instrumentar su correcta aplicación, para ejecutar las actuaciones dentro del año Feaga 2018, de conformidad con el nuevo marco normativo.

Por otro lado, las plantaciones de viñedo de vinificación están reguladas por la normativa relativa al potencial vitícola, recogida a nivel nacional en el Real Decreto 740/2015, de 31 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola, y se modifica el Real Decreto 1079/2014, de 19 de diciembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola, y a nivel regional en la Orden de 23/12/2015, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regula el potencial de producción vitícola en Castilla-La Mancha, normas que le son de aplicación a las solicitudes de ayuda de reestructuración y reconversión de viñedo puesto que cualquier plantación debe disponer de las autorizaciones previas correspondientes.

Dado que el sector vitícola tiene gran importancia desde el punto de vista económico y social a nivel regional, como motor de desarrollo de la economía de determinadas zonas rurales, en las que constituye una fuente de ingresos muy trascendente para sus habitantes, el progreso de este sector es fundamental para la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por lo cual promueve todas las alternativas que supongan un impulso para el mismo.

En este sentido, las ayudas de reestructuración y reconversión de viñedo recogidas en el Programa Nacional de Apoyo para el sector Vitivinícola Español constituyen un canal que impulsa la inversión en la modernización agronómica y la mejora de las técnicas de producción de las explotaciones vitícolas, constituyendo un coadyuvante en la mejora de la renta de las personas beneficiarias, en su adaptación al mercado y, en definitiva, en la competitividad de las explotaciones.

El Programa de Apoyo al Sector Vitivinícola Español abarca el período comprendido entre 2014 y 2018 e incluye un cuadro financiero en el que, anualmente, se asigna un presupuesto determinado para la medida de reestructuración y reconversión de viñedo. En concreto, para la anualidad 2018, que es la que resta de ejecutar en su totalidad, asciende a 72.532.000€ a repartir entre el conjunto de las comunidades autónomas.

Los criterios de reparto de los fondos asignados a la medida de reestructuración y reconversión de viñedos entre comunidades autónomas para el ejercicio 2013 y siguientes de este presupuesto, fueron acordados en Conferencia Sectorial del 9 de julio de 2012. Esto ha venido traduciéndose en un porcentaje aproximado...

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