Orden de 04/04/2016, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios Regionales de Artesanía de Castilla-La Mancha Miguel de Cervantes.

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorConsejería de Economía, Empresas y Empleo
Rango de LeyOrden

La Consejería de Economía, Empresas y Empleo quiere reconocer la excelencia de trabajos de los artesanos/as y empresas artesanas de Castilla-La Mancha con el reconocimiento de su prestigio y valores a través de los Premios Regionales de Artesanía.

Se considera de gran importancia para el reconocimiento y promoción del sector artesano el establecimiento de unas bases reguladoras, que satisfagan las aspiraciones de una parte del sector artesano, valorando y premiando sus distintas líneas de trabajo.

Tradicionalmente y de modo consolidado se habían venido concediendo en nuestra región los premios de Diseño Aplicado a la Artesanía y de Obra Maestra.

Se aprovechó la experiencia de estos premios, referente regional y nacional, adaptándolos e innovándolos de acuerdo a la nueva realidad artesana, para en el año 2009 instaurar los Premios Regionales de Artesanía, iniciativa que tuvo continuidad en 2010 y 2011.

Con motivo del año cervantino 2016 y del reciente cuarto centenario de la segunda parte del Quijote, se quiere dar un nuevo impulso a estos premios, inspirando y/o incentivando dichos galardones a través de la figura y obra de Miguel de Cervantes, del que se conmemoran 400 años desde su desaparición.

Por ello se quiere apostar por una iniciativa que promocione y reconozca a los artesanos y artesanas de nuestra región una posición de dignidad y distinción que les corresponde por oficio y trayectoria, estableciendo las bases reguladoras para la concesión de los premios regionales de artesanía de Castilla-La Mancha Miguel de Cervantes.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, así como en el artículo 19 del Decreto 12/2010, de 16 de marzo, por el que se regula la utilización de medios electrónicos en la actividad de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la presentación de candidaturas, para los premios regulados en esta orden, se realizará únicamente por medios electrónicos, puesto que atendiendo a las características de los beneficiarios y su capacidad técnica y dedicación profesional, tienen garantizado el acceso y la disponibilidad a los medios tecnológicos precisos.

En su virtud, y de acuerdo a las competencias atribuidas por el Decreto 81/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en Consejería de Economía, Empresas y Empleo, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 23 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, dispongo:

Artículo 1 Objeto y finalidad.
  1. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de los premios regionales de artesanía de Castilla-La Mancha Miguel de Cervantes.

  2. La finalidad de estos premios es:

    1. Reconocer el trabajo de los artesanos/as y empresas artesanas de Castilla- la Mancha.

    2. Prestigiar la artesanía, presentándola en un entorno de calidad y excelencia.

    3. Reconocer los méritos de aquellas empresas artesanas que destaquen por su creatividad, adaptación al mercado y capacidad de innovación, conservando al mismo tiempo las características específicas que las definen como tales.

    4. Homenajear la figura de Miguel de Cervantes Saavedra y de su obra en el año del 400 aniversario de su fallecimiento.

  3. El procedimiento de concesión, de los premios se iniciará de oficio mediante convocatoria aprobada por el órgano competente y publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En todo caso, la eficacia de la convocatoria queda supeditada a la publicación de un extracto de la misma en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

  4. Las convocatorias se resolverán por el procedimiento de concurrencia competitiva y de acuerdo a los principios de publicidad, trasparencia, concurrencia, objetividad y no discriminación.

Artículo 2 Modalidades.

Los premios regionales de artesanía de Castilla- La Mancha Miguel de Cervantes, constan de tres modalidades:

  1. Premio de diseño aplicado a la artesanía, cuyo objeto es servir de espacio de encuentro entre artesanos y profesionales del diseño para la elaboración de proyectos de artesanía competitivos y originales que estimulen la creatividad y el talento y que tengan como tema exclusivo inspirador la figura de Cervantes y/o la obra cervantina.

  2. Premio producto, destinado a aquellos productos o colecciones realizados y comercializados por un artesano o empresa artesana en los dos años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de las candidaturas, con especial énfasis en aquellos productos y colecciones que sirvan de espacio de encuentro para el fomento de la cultura colaborativa entre artesanos de diferentes oficios de la que haya surgido una mayor y mejor oferta de productos y servicios, con especial consideración a aquellas que tengan como tema la figura de Cervantes y/o la obra cervantina.

  3. Premio al emprendimiento, cuyo objeto es fomentar la labor artesana de los nuevos artesanos, incentivando y dando a conocer el trabajo de los artesanos y empresas artesanas constituidos en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria, por introducir nuevos conceptos de producto, distribución, comercialización, diseño, etc., con el fin de estimular la incorporación al sector artesano de productos de calidad y reconociendo su capacidad de aportar soluciones novedosas que le hayan permitido posicionarse en el mercado. Se premia una pieza, un producto o una colección desarrollada en el año en curso o en el inmediatamente anterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de las candidaturas, con especial consideración a aquellas que tengan como tema la figura de Cervantes y/o la obra cervantina.

Artículo 3 Régimen Jurídico.

Los premios regulados en esta orden se regirán además de por lo previsto en esta orden, por los preceptos básicos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, y por su reglamento de desarrollo, aprobado por Decreto 21/2008, de 5 de febrero.

Artículo 4 Dotación económica.
  1. Los premios regionales de artesanía de Castilla-La Mancha Miguel de Cervantes, contarán con la siguiente dotación económica:

    1. Premio de diseño...

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