Orden de 04/03/2015, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se modifica la Orden de 15/03/2012, por la que se crea la comisión organizadora de las pruebas de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado en la Universidad de Castilla-La Mancha.

EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deportes
Rango de LeyOrden

En desarrollo del artículo 38 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, vigente en virtud de la Disposición Final 5ª de la Ley 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, y del artículo 42 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, se aprobó el Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas, en vigor conforme al calendario de implantación establecido en la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado.

La Orden de 15/03/2012, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se crea la comisión organizadora de las pruebas de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado en la Universidad de Castilla-La Mancha establece en el artículo tercero, entre las funciones necesarias para el cumplimiento de sus fines: la coordinación entre la universidad y los centros en los que se impartan las enseñanzas, a los solos efectos de organización y realización de la prueba; la definición de los criterios para la elaboración de las propuestas de examen, la selección de las propuestas de examen sobre las que versarán las pruebas que se convoquen para el acceso a la universidad, el establecimiento de los criterios generales de evaluación de los ejercicios y la resolución de reclamaciones.

La Comisión Organizadora ha solicitado asesores nombrados de entre el personal docente que imparte clase en Bachillerato. Dicho nombramiento no implica gasto para la Administración Regional pues no conlleva gratificación extraordinaria.

En consecuencia y en ejecución de las competencias atribuidas por el Decreto 124/2011, de 7 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, dispongo:

Artículo único Modificación de la Orden de 15/03/2012, de la Consejería de Educación, Cultura y...

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