Decreto 68/2010, de 25/05/2010, por el que se modifican los puestos tipo que integran las relaciones de puestos de trabajo correspondientes al personal funcionario de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorPresidencia de la Junta.
Rango de LeyDecreto

El artículo 32.1 a) de la Ley 5/2009, de 17 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2010, atribuye al Consejo de Gobierno la aprobación, así como sus modificaciones, de los puestos tipo que integran las relaciones de puestos de trabajo correspondientes al personal funcionario, a propuesta de la Consejería con competencias en materia de función pública, previo informe de la Comisión de Gastos de Personal.

Mediante el Decreto 161/1989, de 28 de diciembre, se aprobó la relación de puestos de trabajo reservados al personal funcionario y eventual de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que se configuraba como el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal de las Administraciones Públicas.

El artículo 19, apartado 6º de la Ley 7/2001, de 28 de junio, de Selección y Provisión de Puestos de Trabajo, establece que a los funcionarios cesados en puestos de libre designación se les atribuirá el desempeño provisional de un puesto correspondiente a su Cuerpo o Escala, en la misma provincia y, preferentemente en la misma Consejería y localidad, no inferior en más de dos niveles al de su grado personal, en tanto no obtengan otro con carácter definitivo, con efectos del día siguiente al de la fecha de cese. Asimismo, si el funcionario hubiese desempeñado el puesto del que ha sido cesado u otros del mismo nivel durante un plazo superior a cinco años continuados, tendrá derecho a que le sea adjudicado un puesto que cumpliendo los requisitos anteriores esté dotado con un complemento específico no inferior al 75 por 100 del que tenía asignado el puesto del que ha sido cesado.

El cumplimiento de dicha normativa hace necesaria la aprobación de un puesto de trabajo diferente a los ya existentes en la relación de puestos tipo, configurada en función de las características previstas en el artículo 28.1 de la Ley 25/2002, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2003.

En su virtud, previo informe del Consejo de Función Pública, a propuesta del Consejero de Presidencia y Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 25 de mayo de 2010,

Dispongo,

Artículo único

Se aprueba la modificación de la relación de los...

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