Orden de 25/01/2012, , por la que se crean las Mesas de Contratación de la Consejería de Fomento y se regula la composición y funcionamiento de las mismas.

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorConsejería de Fomento
Rango de LeyOrden
  1. OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Consejería de Fomento

Orden de 25/01/2012, de la Consejería de Fomento, por la que se crean las Mesas de Contratación de la Consejería de Fomento y se regula la composición y funcionamiento de las mismas. [2012/1347]

El Decreto 10/2012, de 25 de enero, establece la estructura orgánica de la Administración Regional configurada entre otras, por la Consejería de Fomento.

La estructura orgánica y competencias de la Consejería de Fomento se encuentra regulada en el Decreto 125/2011, de 7 de julio, atribuyendo la competencia como órgano de contratación a la persona titular de la Secretaría General en expedientes hasta 500.000 euros, así como la presidencia de la Mesa de Contratación en aquellos expedientes en los cuales no ejerza como órgano de contratación. Por otro lado, las personas titulares de los órganos centrales ejercen la presidencia de la Mesa de Contratación en los expedientes en los que la persona titular de la Secretaría General ejerce funciones de órgano de contratación. Asimismo, las personas titulares de los Servicios Periféricos ostentan por delegación facultades en materia de contratación.

La aplicación de la normativa general en materia de contratación administrativa, -establecida en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la anterior norma- respecto de las Mesas de Contratación que esta Orden crea, ocasionaría las consiguientes disfunciones y problemas propios de una norma genérica a unos órganos tan específicos, por lo que se hace recomendable una regulación expresa con la inclusión de su composición y funcionamiento. Todo ello añadido a la existencia de la Orden que regula la Mesa de Contratación de la entonces denominada Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda, y que dejará de tener vigencia.

Conforme a todo lo anterior, y en virtud de las facultades que me atribuye el artículo 23 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, el artículo 320 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y la disposición final primera del Decreto 125/2011, de 7 de julio, por el que se establecen la estructura orgánica y las competencias de los distintos órganos de la Consejería de Fomento

Dispongo

Artículo 1 Creación de la Mesa de Contratación de los Servicios Centrales de la Consejería de Fomento y composición.

Se crea la Mesa de Contratación de los Servicios Centrales de la Consejería de Fomento con carácter permanente y se fija la siguiente composición:

  1. Ejercerá la Presidencia la persona titular de la Secretaría General.

    En los expedientes en que ésta ejerza funciones de órgano de contratación, la Presidencia recaerá en la persona titular del órgano central competente en razón de la...

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