Orden de 25/02/2014, , por la que se efectúa la convocatoria para la selección de las entidades más representativas que pueden aportar representantes al Consejo Asesor de Servicios Sociales.

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorConsejería de Sanidad y Asuntos Sociales
Rango de LeyOrden
  1. OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales

Orden de 25/02/2014, de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, por la que se efectúa la convocatoria para la selección de las entidades más representativas que pueden aportar representantes al Consejo Asesor de Servicios Sociales. [2014/2591]

El Decreto 4/2014, de 16 de enero, del Consejo Asesor de Servicios Sociales, regula la composición, organización y funcionamiento del Consejo Asesor de Servicios Sociales creado por la Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha.

En el artículo 5, se indica que los Vocales podrán ser natos, electos e invitados, siendo los Vocales electos los representantes elegidos por las entidades de iniciativa social seleccionadas en convocatoria pública para formar parte del Consejo Asesor de Servicios Sociales.

El procedimiento de convocatoria pública para la selección de las asociaciones o federación de asociaciones de iniciativa social más representativas de ámbito regional está previsto en el artículo 6.5 del Decreto 4/2014, de 16 de enero.

La selección de estas organizaciones más representativas, que pueden aportar representantes al Consejo Asesor de Servicios Sociales, se realizará de acuerdo con un procedimiento de convocatoria pública, efectuado a través de orden del titular de la Consejería competente en materia de servicios sociales.

Por todo lo anterior, en virtud de la competencia atribuida en el artículo 23 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha y en el artículo 6.5 del Decreto 4/2014, de 16 de enero, se establecen las siguientes

Bases:

Primera. Objeto.

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y efectuar la convocatoria para la selección de las asociaciones o federación de asociaciones de iniciativa social más representativas de ámbito regional, que pueden aportar representantes al Consejo Asesor de Servicios Sociales. Dicha convocatoria está prevista en el artículo 6.5 del Decreto 4/2014, de 16 de enero, del Consejo Asesor de Servicios Sociales.

Segunda. Entidades solicitantes.

Podrán concurrir a la presente convocatoria las entidades en cuyos estatutos figure como objetivo la acción social, la defensa y promoción de la familia, la lucha contra la pobreza y la exclusión social y la promoción de las personas con discapacidad.

Tercera. Requisitos.

Las entidades de la Región que concurran a la presente convocatoria deberán cumplir, en la fecha de presentación de su solicitud, los siguientes requisitos:

  1. Carecer de fin de lucro y estar legalmente constituidas e inscritas formalmente en los Registros que corresponda y, en todo caso, en el Registro de Entidades y Centros de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha.

  2. Tratarse de entidades cuyos fines estatutarios se encuadren en los establecidos en la base anterior.

  3. Tener el ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

  4. Estar constituidas, como mínimo, tres años antes de la fecha de publicación de la presente convocatoria, sin interrupción de su actividad, a excepción de las entidades recién constituidas que estén integradas mayoritariamente por asociaciones o federación de asociaciones cuya antigüedad sea superior a tres años.

  5. Tener una experiencia mínima de tres años en la realización de programas de interés social y, en el caso de ser subvencionadas con fondos públicos, no haber sido sancionada en los últimos 5 años como consecuencia de haber

    incurrido en las infracciones graves o muy graves previstas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  6. Contar con personal voluntario para el desarrollo de sus actividades o...

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