Decreto 15/2014, de 27/02/2014, por el que se modifica el Decreto 125/2011, de 7 de julio, por el que se establecen la estructura orgánica y las competencias de los distintos órganos de la Consejería de Fomento.

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorConsejería de Fomento
Rango de LeyDecreto

La Consejería de Fomento, dentro de la estructura de la Administración Regional establecida por el Decreto 10/2012, de 25 de enero, tiene reguladas su estructura orgánica y sus competencias a través del Decreto 125/2011, de 7 de julio, que fue modificado por el Decreto 281/2011, de 22 de septiembre, en orden a completar la descripción de la competencia de los distintos órganos de la Consejería y para adaptar sus Servicios Periféricos a la nueva estructura orgánica periférica regional.

En esta ocasión, cuatro son las modificaciones que se introducen. La primera de ellas, la posibilidad de que la Secretaría General, con nivel orgánico de Viceconsejería, también supla a la persona titular de la Consejería como se indica en el artículo 25 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, al igual que ya está previsto para la Viceconsejería.

En segundo término, la gestión de los contratos menores por la Secretaría General, en lugar de los distintos órganos centrales.

También se viene a determinar la competencia de la Dirección General de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías en cuanto a la dirección, gestión y seguimiento de todas las actuaciones en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, dado que el artículo 8.1 de la Ley 6/2012 de 2 de agosto, de acompañamiento de la Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantía de los Servicios Sociales Básicos de Castilla-La Mancha, dispuso la adscripción a la Consejería de Fomento, pasando a depender de la Dirección General de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías, todos los puestos de trabajo de personal funcionario reservados a la Escala Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información, a la Escala Técnica de Sistemas e Informática y a la Escala Administrativa de Informática; así como los puestos de trabajo de personal laboral de las siguientes categorías a extinguir del VI Convenio Colectivo del personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: administrativo de informática de desarrollo, administrativo de informática de...

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