Resolución de 01/09/2010, , por la que se acuerda notificar mediante edictos la Resolución de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural de 04/02/2010, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por don Pedro Esquivias Moril, en nombre y representación de Silos del Tajo, S.L.

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorConsejería de Agricultura y Medio Ambiente
Rango de LeyResolución
  1. OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Consejería de Agricultura y Medio Ambiente

Resolución de 01/09/2010, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda notificar mediante edictos la Resolución de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural de 04/02/2010, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por don Pedro Esquivias Moril, en nombre y representación de Silos del Tajo, S.L. [2010/14824]

No habiéndose podido practicar la notificación personal de la Resolución de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural de, 04/02/2010, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por D. Pedro Esquivias Moril, en nombre y representación de Silos del Tajo S.L., incluida en el anexo, se acuerda que su notificación al interesado se realice por medio de anuncio en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, y edictos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento correspondiente a su último domicilio conocido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Toledo, 1 de septiembre de 2010

La Secretaria General Técnica

ALICIA MARTÍNEZ RUBIO

Anexo:

Visto el recurso de alzada registrado con el número 2506/09, de fecha 9 de febrero de 2007, interpuesto por D. Pedro Esquivias Moril, en nombre y representación de Silos del Tajo, S.L, contra la Resolución de 15 de diciembre de 2006 de la Dirección General de Mejora de Explotaciones Agrarias, por la que se establecen los derechos definitivos que le han sido asignados al amparo del régimen del pago único y se resuelve desestimar su solicitud de derechos a la Reserva Nacional, con número de expediente: 2006-45-804-0088, al que le corresponden los siguientes:

Hechos

Primero.- Con fecha 15 de mayo de 2006, Silos del Tajo, S.L presenta solicitud de derechos de pago único a la Reserva Nacional, al amparo del artículo 9.1.a) , del Real Decreto 1617/2005, de 30 de diciembre.

Asimismo presenta solicitud de admisión al régimen del pago único, de acuerdo con el citado Real Decreto.

Segundo.- La Dirección General de Mejora de Explotaciones Agrarias, dicta Resolución de fecha 15 de diciembre de 2006, por la que se le asignan a Silos del Tajo, S.L un total de 9,67 derechos definitivos de pago único por un valor de

2.898,55 euros, más un número medio de 6,80 Ugm y se resuelve desestimar su solicitud de derechos a la Reserva Nacional.

Tercero.- Con fecha 9 de febrero de 2007, Silos del Tajo, S.L presenta recurso de alzada contra la anterior resolución, señalando su disconformidad con la desestimación de su solicitud de derechos a la Reserva Nacional.

Vistos

- Reglamento (CE) 1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre de 2003 (DO L-270, de 21-10-2003) por el que se establecen disposiciones aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores y por el que se modifican los Reglamentos (CEE) 2019/1993, (CE) 1452/2001, (CE) 1453/2001, (CE) 1454/2001, (CE) 1868/94, (CE) 1251/1999, (CE) 1254/1999, (CE) 1673/2000, (CEE) 2358/71 y (CE) 2529/2001.

- Reglamento (CE) 795/2004 de la Comisión, de 21 de abril de 2004, que establece disposiciones de aplicación del régimen de pago único previsto en el Reglamento (CE) 1782/2003 del Consejo, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda...

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