Decreto 25/2014, de 14/04/2014, por el que se aprueba la modificación de los estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha.

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deportes
Rango de LeyDecreto

La Ley Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre de Universidades, en su artículo 6.2 dispone que las Universidades Públicas elaborarán sus Estatutos y que serán aprobados por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma, previo su control de legalidad.

En ejercicio de las citadas competencias, la Universidad de Castilla-La Mancha elaboró sus Estatutos, adaptándolos a la citada Ley Orgánica, y el Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, los aprobó mediante Decreto 160/2003, de 22 de julio.

Posteriormente estos Estatutos se han visto modificados en sus artículos 26.1.f) y 71, en su párrafo segundo, modificación que fue aprobada por el Consejo de Gobierno por Decreto 250/2004, de 21 de septiembre.

La Universidad de Castilla-La Mancha ha tramitado una modificación parcial de sus Estatutos que afecta a los Títulos V y VI, habiéndose sometido a la aprobación del Claustro Universitario en su reunión de 26 de abril de 2013.

La citada modificación viene motivada por la nueva Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación y afecta a las modalidades de contrato de trabajo específicas del personal investigador, reconociendo la posibilidad de contratación cuando las universidades sean perceptoras de fondos cuyo destino incluya la contratación de personal investigador o para el desarrollo de sus programas propios de I+D+i. Así como se vinculan los contratos de investigación y formación permanente, del artículo 83 de la Ley Orgánica de Universidades con los costes resultantes de la contabilidad analítica para sentar las bases para compensar a los órganos que soporten estas actividades.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 14 de abril de 2014,

Dispongo:

Artículo único Se aprueba la modificación de los artículos 66, 67.8, 68.1 y2, 69.1 y 2, 93.3, 4 y 5, 95.3, 96.3, 98.2, 100, 101, 102, 104.3, 108.2 y 3, 110 y 111.1 de los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha, aprobados por Decreto 160/2003, de 22 de julio, en los términos siguientes:

Uno. El artículo 66 queda redactado como sigue:

"Artículo 66.- La Universidad de Castilla-La Mancha podrá contratar, en régimen laboral, personal docente e investigador entre las figuras establecidas en la Ley Orgánica de Universidades y personal Investigador entre las modalidades definidas en la Ley 14/2011, de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. El régimen del personal docente e investigador y personal investigador contratado será el establecido por la normativa autonómica, por la normativa laboral vigente y por la negociación colectiva".

Dos. Se añade un apartado 8 al artículo 67, con la siguiente redacción:

8. La contratación de las figuras de personal investigador reguladas en la Ley 14/2011, de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación a que se hace referencia en el artículo 66 se realizará respetando las condiciones y requisitos establecidos para cada una de las figuras de personal investigador por dicha Ley.

Tres. El apartado 1 del artículo 68, queda redactado con la siguiente redacción:

1. La contratación de ayudantes, profesores ayudantes doctores, profesores asociados y de investigadores contratados predoctorales, investigadores en modalidad de contrato de acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Inno-

vación y de investigadores distinguidos temporales se realizará mediante concurso público, respetando los principios de igualdad, mérito y capacidad.

Cuatro. El apartado 2 del artículo 68 queda redactado como sigue:

2. La comisión que ha de resolver los concursos para la contratación de las figuras de profesorado y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR