Decreto 39/2016, de 30/08/2016, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a los ayuntamientos de Castilla-La Mancha que hayan participado en el programa de rescate frente al desempleo de larga duración, por la realización de actuaciones en centros públicos.

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorPresidencia de la Junta.
Rango de LeyDecreto

Por Decreto 213/2015, de 27 de octubre, se aprobó el Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha (DOCM nº 213, de 30 de octubre), como conjunto ordenado de medidas urgentes y extraordinarias que buscan lograr una actuación de impacto sobre el mercado regional de trabajo, para atender de forma inmediata a las situaciones de emergencia existente en el mismo.

El Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha contempla de forma temporal medidas para atender las situaciones más graves en este ámbito, concibiéndose desde los principios de transversalidad y cooperación interadministrativa, y articulándose en dos grandes ejes: uno, dirigido a reducir el desempleo juvenil y otro dirigido a combatir el desempleo de larga duración.

En este ámbito y dentro del Eje "Programa de rescate frente al desempleo de larga duración", se aprobó la Orden de 27 de octubre de 2015, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen la bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales para el empleo de personas que han agotado su protección por desempleo, en el marco del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha y se aprueba su convocatoria para el ejercicio 2015-2016 (DOCM nº 213 de 30 de octubre). La Orden indicada tiene como finalidad crear oportunidades de inserción en el mercado laboral, mediante la contratación temporal, para la ejecución de proyectos de interés general y social, de personas desempleadas que hayan agotado sus prestaciones y extinguido su derecho a un subsidio u otro tipo de protección frente al desempleo en Castilla-La Mancha, actualizar o renovar sus competencias profesionales y prevenir el riesgo de exclusión social.

De modo paralelo, el "Programa Garantía +55" constituye otra línea de ayuda incluida en el Eje referido, y cuya finalidad es mejorar la empleabilidad de la personas desempleadas, perceptoras del subsidio de mayores de 55 años, permitiendo la puesta en marcha de proyectos de utilidad social, desarrollo local o comunitario por parte de las entidades locales. A tal fin, la Orden de 24 de mayo de 2016, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo (DOCM nº 107 de 2 de junio), ha establecido las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de proyectos del Programa Garantía + 55 años.

Desde esta perspectiva, el Plan Extraordinario de Empleo se configura como un espacio de encuentro en el que el Gobierno Regional aúna y suma esfuerzos con las Entidades Locales de la región, facilitando espacios y los medios necesarios para el desarrollo de proyectos que, siendo de interés general o social, sirvan al mismo tiempo a los intereses de la entidad que los promueve, contribuyendo como objetivo prioritario a combatir el desempleo de larga duración y a prestar atención a las personas con menor empleabilidad.

En el ámbito de las citadas Órdenes de 27 de octubre de 2015 y 24 de mayo de 2016, se observa que han sido muchos los Ayuntamientos de nuestra Región que han presentado y, han o están ejecutando, proyectos que, contribuyendo directamente al objetivo previsto en las mismas de lucha contra el desempleo y mejora de la empleabilidad, tienen un claro interés regional, ya que mediante los mismos se están llevando a cabo diferentes actuaciones de mejora en diferentes centros, dependencias e instalaciones públicas de titularidad autonómica, así como en otros edificios donde se prestan y se gestionan servicios de competencia regional.

Dado que las ayudas previstas en estas Ordenes van únicamente dirigidas a subvencionar los costes salariales y de seguridad social derivados de la contratación de personas desempleadas, y siendo claro el interés regional de una serie de proyectos que van a permitir garantizar una adecuada y óptima prestación de servicios públicos autonómicos, se considera conveniente financiar otros conceptos no contemplados en dichas Órdenes.

Por lo expuesto, el presente Decreto tiene como finalidad la regulación de la concesión de forma directa de subvenciones, a través de las cuales se abonarán a aquellos Ayuntamientos beneficiarios de las ayudas contempladas en las Órdenes indicadas, el coste de los materiales empleados con motivo de la realización de actuaciones en centros y

dependencias de titularidad autonómica o cuya gestión corresponda a esta Administración regional, al amparo de lo dispuesto en el artículo 75.2 c) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, en relación con el artículo 37 del Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, en materia de subvenciones, aprobado por Decreto 21/2008, de 5 de febrero.

Las ayudas contempladas en el Decreto se otorgarán en régimen de concesión directa, por concurrir las razones de interés público y social expuestas, siendo su finalidad tanto el fomento de la empleabilidad de las personas en situación de desempleo de larga duración, como la mejora de las instalaciones y dependencias de titularidad autonómica o cuya gestión corresponda a esta Administración regional, de cara a la óptima prestación de los servicios públicos regionales en el ámbito local.

Puesto que los Ayuntamientos destinatarios de las ayudas tienen garantizado el acceso y disponibilidad de los medios tecnológicos precisos, las solicitudes deberán presentarse exclusivamente por vía telemática, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Decreto 12/2010, de 16 de marzo, por el que se regula la utilización de medios electrónicos en la actividad de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (DOCM nº 54 de 18 de marzo).

En virtud de lo expuesto, a propuesta conjunta de las Consejerías de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural; de Fomento; de Educación, Cultura y Deportes, y de Sanidad, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 30 de agosto de 2016,

Dispongo

Artículo 1 Objeto

Este Decreto tiene por objeto regular el procedimiento de otorgamiento de subvenciones de carácter excepcional, en régimen de concesión directa, a los Ayuntamientos de esta región beneficiarios del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La...

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