Decreto 228/2015, de 29/12/2015, por el que se regula la concesión directa de una subvención de carácter excepcional a la Fundación Escuela de Organización Industrial (EOI), para el desarrollo del Programa Operativo de Empleo Juvenil vinculado al desarrollo de la Iniciativa de Empleo Juvenil del Fondo Social Europeo 2014-2020.

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorConsejería de Economía, Empresas y Empleo
Rango de LeyDecreto

Corresponde a la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, dentro de la estructura organizativa de esta Comunidad Autónoma, y a tenor de lo dispuesto en el Decreto 81/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo el fomento del empleo, así como la administración del Fondo Social Europeo en materia de formación y/o empleo.

La Fundación EOI, que es una fundación del sector público estatal, que desarrolla el Programa Operativo de Empleo Juvenil, vinculado al desarrollo de la "Iniciativa de Empleo Juvenil (YEI)" del Fondo Social Europeo 2014-2020, cuyo fin último es apoyar la reducción de la tasa de desempleo juvenil a través de la mejora de las cualificaciones y el fomento de la contratación y del autoempleo de la población joven.

El ámbito en el que se realizan las actuaciones el Programa Operativo de Empleo Juvenil se enmarca dentro de los fines y competencias asumidas por la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.

Tanto la Administración Regional como la Fundación EOI tienen como objetivo prioritario eliminar las barreras detectadas para el acceso al empleo de los jóvenes no ocupados y no integrados en los sistemas de educación o formación que conduzcan a la reducción de la tasa de desempleo juvenil, mediante la activación, reforzando su empleabilidad y las competencias profesionales y aumentando el emprendimiento.

En este contexto se asienta el presente decreto, mediante el cual la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha pretende colaborar apoyando todas las actuaciones que contribuyan a la reducción de la tasa de desempleo en nuestra Región.

Las razones anteriormente expuestas, así como el indudable interés público, económico y social de esta subvención, habida cuenta de su finalidad y objeto, acreditan la singularidad de la concesión directa a la Fundación EOI y por ello, la dificultad de su convocatoria pública. De esta forma esta ayuda queda subsumida dentro del artículo 75.2.c) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre, y en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo tenor podrán concederse de forma directa las subvenciones en las cuales se acrediten razones de interés público, social, económico, humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.

Por su parte, el artículo 37 del Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto 21/2008, de 5 de febrero, establece que el Consejo de Gobierno aprobará por Decreto, y a propuesta del titular de la Consejería a la que esté adscrito el órgano concedente, las normas especiales, con el carácter de bases reguladoras de las subvenciones previstas en el artículo 75.2.c) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.

En virtud de lo expuesto, a propuesta de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 29 de diciembre de 2015,

Dispongo

Artículo 1 Objeto.
  1. El presente decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una subvención de carácter excepcional a la Fundación Escuela de Organización Industrial (EOI), para colaborar financieramente en la ejecución de los siguientes programas formativos para el fomento del empleo joven:

    1. Proyecto Millenials, para el fomento del trabajo por cuenta ajena en jóvenes, mediante actuaciones de formación.

    2. Proyecto Bigdream, para el fomento del emprendimiento y el autoempleo en jóvenes, mediante ayudas al autoempleo.

  2. En estos proyectos se contemplará la realización de los siguientes programas y ayudas:

    1. Programa de adaptación al empleo: formación práctica en habilidades y en conocimientos técnicos en áreas demandadas por el mercado laboral de la Región en el marco del Proyecto Millenials.

    2. Programa de adaptación al emprendimiento a través de la metodología Lean Startup y la Mentorización, en el marco del Proyecto Bigdream.

    3. Ayudas económicas para la puesta en marcha del proyecto empresarial, en el marco del Proyecto Bigdream.

Artículo 2 Colectivo destinatario.

El colectivo destinatario de los programas indicados en el artículo 1 será el de los jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Artículo 3 Actuaciones y gastos subvencionables.
  1. Las actuaciones a realizar por la Fundación EOI son las siguientes:

    1. Dirección y ejecución académica de los Programas.

    2. Diseño y adaptación de los contenidos de los Programas.

    3. Administración de los Programas.

    4. Relación con la Unidad Administradora del Fondo Social Europeo.

    5. Selección de alumnos y profesores.

    6. Contratación y pago del profesorado.

    7. Aportación de la documentación docente.

    8. Contratación de un seguro de accidentes para alumnos.

    9. Evaluación de los alumnos.

    10. Coordinación central de alumnos y profesores.

    11. Coordinación y realización de acciones difusión, comunicación, y publicitarias.

    12. Concesión de ayudas al autoempleo.

  2. Los gastos subvencionables serán los asociados a la realización de las actividades relacionadas en el apartado 1, tales como;

    1. Gastos de...

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