Orden de 22/12/2010, , por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan ayudas para cursar Estudios Superiores de Música y Danza en Conservatorios y Escuelas Superiores de titularidad pública de España, durante el curso académico 2010-2011.

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorConsejer
Rango de LeyOrden
  1. OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Consejería de Educación, Ciencia y Cultura

Orden de 22/12/2010, de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan ayudas para cursar Estudios Superiores de Música y Danza en Conservatorios y Escuelas Superiores de titularidad pública de España, durante el curso académico 2010-2011. [2010/21447]

La Consejería de Educación, Ciencia y Cultura de Castilla-La Mancha tienen el compromiso de fomentar las enseñanzas artísticas especialmente las referidas a la música y la danza.

Para cumplir dicho compromiso y para facilitar y estimular el acceso a la formación superior del alumnado de música de Castilla-La Mancha, el Gobierno de Castilla-La Mancha ha decidido conceder ayudas que compensen los gastos que ocasionan estos estudios fuera de la Comunidad a los alumnos que no reciban ayudas por parte de otras Instituciones públicas o privadas.

En cumplimiento de la normativa vigente en materia de subvenciones, en la presente Orden se establece el procedimiento de concesión de dichas ayudas quedando garantizados los principios de publicidad, concurrencia y objetividad que deben presidir su otorgamiento, y se realiza en régimen de concurrencia competitiva de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.1d del Decreto 21/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.

Por todo ello y de acuerdo con las competencias atribuidas por el Decreto 92/2010, de 1 de junio, por el que se establece la estructura orgánica y la distribución de competencias de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura, dispongo:

Primera. Objeto

El objeto de esta orden es aprobar las bases reguladoras y convocar ayudas para la realización de estudios de Grado Superior de Música y Danza durante el curso 2010/2011.

Segunda. Beneficiarios

Podrá optar a estas ayudas el alumnado de Castilla-La Mancha que habiendo obtenido plaza se encuentre matriculado durante el curso académico 2010/2011 en un Conservatorio Superior o Escuela Superior de Música o Danza de titularidad pública de cualquiera de las Comunidades Autónomas de España.

Quedan excluidos de esta convocatoria los estudiantes que cursen Estudios Superiores de Música para una segunda o sucesiva especialidad musical.

Tercera. Tipos de ayuda

Modalidad A), ayudas para gastos de residencia fuera del domicilio familiar.

Modalidad B), ayudas para gastos de desplazamiento habitual desde el domicilio familiar hasta el Conservatorio o Escuela Superior.

Ambas ayudas son incompatibles entre sí, por lo que sólo se podrá presentar solicitud por una modalidad.

Cuarta. Requisitos de los solicitantes

  1. Estar empadronado en algún municipio de Castilla-La Mancha con una antigüedad de al menos un año con anterioridad a la publicación de la presente Orden.

  2. Los solicitantes de ayuda para el primer curso deberán haber obtenido una media de 5 puntos o más en las calificaciones del último año cursado, o calificación de apto en las pruebas de acceso directo. Los solicitantes para una segunda o sucesiva matrícula deberán haber superado un 75% de los créditos matriculados en el curso anterior.

  3. Encontrarse matriculado en un Conservatorio Superior o Escuela Superior de Música o Danza de titularidad pública

    de cualquiera de las Comunidades Autónomas de España, en alguno de los cursos de los planes de estudio vigentes

    conducentes a la obtención del Título de Grado Superior. En todos los casos el solicitante deberá estar matriculado en un número de créditos igual o superior al resultado de dividir el total de los créditos que integren el plan de estudios entre el número de años que lo compongan.

  4. Haber solicitado beca o ayuda al estudio de las convocadas por el Ministerio de Educación para la realización de

    estos mismos estudios y no ser beneficiario de la misma.

  5. No ser beneficiarios de beca o ayuda para estos mismos estudios concedida por ninguna otra institución nacional o internacional, pública o privada.

  6. Tener, el beneficiario o en su defecto el declarante principal de la unidad familiar, domicilio fiscal en Castilla-La Mancha.

  7. Tener una renta percápita inferior a 13.000 euros conforme al ejercicio 2009.

  8. No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título de estudios superiores universitarios.

  9. No hallarse incurso en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  10. Hallarse al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones y de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

  11. No hallarse incurso en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y el Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

    Quinta. Forma, lugar y plazo de presentación de solicitudes

    Los interesados deberán presentar su solicitud debidamente cumplimentada, según modelo que figura como Anexo I, antes del 20 de enero de 2011, por cualquiera de los siguientes medios:

  12. En el registro de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura (Bulevar del Río Alberche s/n. 45071 Toledo) o en cualquiera de los registros a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    En el caso de que se presenten a través de las Oficinas de Correos, se presentarán en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por la oficina antes de que se proceda a su certificación.

  13. Mediante fax al número 925247482.

  14. Mediante llamada telefónica al 012.

  15. Mediante el envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la web institucional de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).

    Sexta. Documentación a aportar

    Las personas interesadas junto con el Anexo I de solicitud podrán presentar la siguiente documentación:

  16. Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

  17. Certificado de residencia en una localidad de Castilla-La Mancha en el que se especifique expresamente la fecha de empadronamiento.

  18. ...

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