Corrección de errores de la Orden 136/2018, de 5 de septiembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se regula el procedimiento de reintegro de gastos de asistencia sanitaria en el ámbito del Sescam.

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorConsejería de Sanidad
Rango de LeyCorrección de errores

Advertidos errores materiales en la Orden 136/2018, de 5 de septiembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se regula el procedimiento de reintegro de gastos de asistencia sanitaria en el ámbito del Sescam, publicada en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha» número 180, de 13 de septiembre de 2018, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 24251, el apartado 1. b) del artículo 7:

Donde dice:

  1. Que hayan sido prescritos por facultativos especialistas en la materia correspondiente a la clínica que justifique la prescripción del Sistema Nacional de Salud, o centros concertados con el Sescam, a los que el paciente haya sido derivado desde el mismo.

    Excepcionalmente, los médicos de Atención Primaria del Sescam podrán prescribir sillas de ruedas manuales, andadores, bastones, y cojines antiescaras, así como cualquier otro producto ortoprotésico que determine la Dirección General de Asistencia Sanitaria del Sescam.

    Debe decir:

  2. Que hayan sido prescritos por facultativos del Sistema Nacional de Salud, especialistas en la materia correspondiente a la clínica que justifique la prescripción, o centros concertados con el Sescam, a los que el paciente haya sido derivado desde el mismo.

    Excepcionalmente, los médicos de Atención Primaria del Sescam podrán prescribir sillas de ruedas manuales, andadores y bastones, así como cualquier otro producto ortoprotésico que determine la Dirección General de Asistencia Sanitaria del Sescam.

    En la página 24253, el apartado 3 del artículo 12

    Donde dice:

    1. La Comisión Central de Prestación Ortoprotésica tendrá la siguiente composición:

  3. Presidente: la persona titular de la Dirección General de Asistencia Sanitaria, o persona en quien delegue.

  4. Vocales: un representante de la Gerencia de Coordinación e Inspección del Sescam; un representante de la Dirección General de Asistencia Sanitaria del Sescam; un Facultativo Especialista de Área (FEA) en rehabilitación designado por la Dirección General de Asistencia Sanitaria; un FEA experto en traumatología y cirugía ortopédica designado por la Dirección General de Asistencia Sanitaria.

  5. Secretario: un funcionario de la Dirección General de Asistencia Sanitaria.

    Debe decir:

    1. La Comisión Central de Prestación Ortoprotésica tendrá la siguiente composición:

  6. Presidente: la persona titular de la Dirección General de Asistencia Sanitaria, o persona en quien delegue.

  7. Vocales: un representante de la Gerencia de Coordinación e Inspección del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR