Orden de 27/10/2011, , de delegación de competencias en los órganos directivos y de apoyo de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales.
Sección | I. Disposiciones generales |
Emisor | Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales |
Rango de Ley | Orden |
-
DISPOSICIONES GENERALES
Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales
Orden de 27/10/2011, de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, de delegación de competencias en los órganos directivos y de apoyo de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales. [2011/15438]
El Decreto 123/2011, de 7 de julio, estableció la nueva estructura orgánica y competencias de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, lo que hace necesario revisar las delegaciones de competencias y de firma para adecuarlas a los nuevos órganos de la Consejería, con lo que se conseguirá mejorar la eficacia administrativa y la celeridad en la tramitación de los procedimientos.
El artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, prevé la posibilidad de delegar el ejercicio de competencias atribuidas a unos órganos de la Administración Pública en otros órganos, aunque no sean jerárquicamente dependientes, cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial que lo hagan conveniente.
Los principios administrativos de celeridad y eficacia en la prestación de servicios aconsejan realizar la presente delegación de competencias en los órganos directivos y de apoyo de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales.
En consecuencia con todo lo expresado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992,
Dispongo:
Se delega en la persona titular de la Viceconsejería de Sanidad y Asuntos Sociales las siguientes competencias:
-
La resolución de los recursos de alzada interpuestos contra las resoluciones dictadas por la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales.
-
La revisión de oficio de los actos y disposiciones administrativas que corresponda resolver a la personal titular de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales.
-
La suscripción de los convenios y conciertos que corresponda suscribir, de acuerdo con lo dispuesto en el ordenamiento jurídico vigente, a la persona titular de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales.
Se delegan en la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales las siguientes competencias:
-
La convocatoria y resolución de los procesos selectivos para el ingreso en la Escala Superior de Sanitarios Locales, Especialidad de Farmacia y de Veterinaria.
-
La convocatoria y resolución de los procedimientos de provisión de puestos de trabajo de la Escala Superior de Sanitarios Locales, Especialidad de Farmacia y de Veterinaria.
-
La convocatoria y resolución de los procedimientos de libre designación para la provisión de puestos de trabajo.
-
El cese del personal en puestos de libre designación.
-
La imposición de las sanciones disciplinarias de suspensión de funciones o de traslado con cambio de residencia al personal de la Consejería.
-
La convocatoria de pruebas para la constitución de bolsas...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba