Resolución de 13/07/2009, , por la que se publican las propuestas de contratación de los aspirantes aprobados en los procesos selectivos para la cobertura con carácter fijo y por los sistemas de promoción interna, general de acceso de personas con discapacidad y general de acceso libre, de puestos vacantes correspondientes a la plantilla de personal laboral de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de la categoría de Ordenanza, convocados por Resoluciones de la Consejería de Administraciones Públicas de 18/06/2008.

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Administraciones púBlicas y Justicia
Rango de LeyResolución
  1. AUTORIDADES Y PERSONAL

OPOSICIONES Y CONCURSOS

Consejería de Administraciones Públicas y Justicia

Resolución de 13/07/2009, de la Consejería de Administraciones Públicas y Justicia, por la que se publican las propuestas de contratación de los aspirantes aprobados en los procesos selectivos para la cobertura con carácter fijo y por los sistemas de promoción interna, general de acceso de personas con discapacidad y general de acceso libre, de puestos vacantes correspondientes a la plantilla de personal laboral de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de la categoría de Ordenanza, convocados por Resoluciones de la Consejería de Administraciones Públicas de 18/06/2008. [2009/10213]

Concluidos los procesos selectivos para la cobertura, por los sistemas de promoción interna, general de acceso de personas con discapacidad y general de acceso libre, de puestos vacantes correspondientes a la plantilla de personal laboral de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, convocados por Resolución de 18-06-2008 (DOCM núm. 131 de 24-06-2008).

Esta Consejería de Administraciones Públicas y Justicia ha dispuesto:

Primero.- Publicar las propuestas de contratación de los aspirantes aprobados en los procesos selectivos para la cobertura, con carácter fijo y por los sistemas de promoción interna, general de acceso de personas con discapacidad y general de acceso libre, de puestos vacantes correspondientes a la plantilla de personal laboral de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de la categoría de Ordenanza, conforme se relaciona en el Anexo I a esta Resolución.

Segundo.- 1.- En el plazo de veinte días naturales, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, los aspirantes aprobados deberán presentar o remitir a la Consejería de Administraciones Públicas y Justicia (Avda. De Portugal, s/n, 45005 Toledo) la siguiente documentación:

  1. Fotocopia compulsada del DNI o documento equivalente para los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o asimilados, conforme a las bases de las convocatorias, que acredite su edad y nacionalidad. Los ciudadanos extranjeros de otros Estados deberán aportar, además, fotocopia compulsada de la documentación que acredite que se encuentran en situación de residencia temporal o permanente, que tienen autorización para residir y trabajar o que tienen reconocida la condición de refugiado; todo ello, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, reguladora de los derechos y libertades de los extranjeros en España y de su integración social.

  2. Los aspirantes aprobados por los sistemas general de acceso libre y de acceso de personas con discapacidad deberán aportar fotocopia compulsada de la Titulación académica exigida para la correspondiente Categoría Profesional: Certificado de Escolaridad o acreditación de los años cursados y de las calificaciones obtenidas en la Educación Secundaria Obligatoria o equivalentes, o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del título.

    Las titulaciones académicas deberán estar expedidas por centros oficiales debidamente reconocidos. Aquellos aspirantes que aleguen titulaciones homologadas o equivalentes a las exigidas habrán de citar la disposición legal en la que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar una certificación expedida en tal sentido por el órgano competente del Ministerio de Educación y Ciencia o cualquier otro órgano de la Administración Pública competente para ello. En el caso de ciudadanos de otros Estados, deberán aportar la credencial que acredite la homologación de su título en el Estado español.

  3. Declaración jurada o promesa, según el modelo del Anexo IV, de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida el acceso a la función pública en su Estado.

  4. Los aspirantes que tengan la condición de persona con minusvalía deberán presentar certificación de los órganos competentes de la Consejería de Salud y Bienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (Centros Base Provinciales) o de cualquier otro órgano competente de las Administraciones Públicas que acrediten tal condición, y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones del puesto de trabajo correspondiente. Además, para los aspirantes aprobados por el sistema general de acceso de personas con discapacidad, la certificación anterior incluirá el grado de minusvalía que padece, que deberá ser igual o superior al 33 por 100.

    1. Los aspirantes aprobados por el sistema de promoción interna están exentos de presentar la documentación requerida en los apartados a) y c) de este punto.

      Por su parte, los aspirantes aprobados por los sistemas generales de acceso libre y de acceso de personas con discapacidad que estuvieran prestando servicios en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, están exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya probados para su anterior contrato.

    2. Las fotocopias de la documentación a que se hace referencia en los apartados a) y b) del punto anterior deberán presentarse debidamente compulsadas, haciéndose constar de forma legible el nombre y cargo del funcionario que efectúa la compulsa y la fecha en que se realiza.

    3. Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar la documentación, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.

    4. Aquellos aspirantes que dentro del plazo fijado y salvo causas de fuerza mayor no presenten la documentación requerida, o del examen de la misma se deduzca que carecen de alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas sus actuaciones; todo ello sin perjuicio de la responsabilidad en la que hubieran podido incurrir por falsedad en su solicitud de participación en el proceso selectivo.

      Tercero.- Publicar la relación de puestos de trabajo vacantes a ofertar para la adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados en los procesos selectivos, en los términos que se recogen en el Anexo II a esta Resolución.

      Cuarto.- 1. Los aspirantes comprendidos en el Anexo I presentarán su petición de destino entre los puestos ofertados en el Anexo II.

      La petición de destino se formalizará en el modelo contemplado en el Anexo III a esta Resolución.

    5. La petición de destino (anexo III) junto con la documentación acreditativa de los requisitos señalada en el punto segundo deberá presentarse en el plazo de veinte días naturales, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. La presentación podrá hacerse en las Oficinas de Información y Registro, en las sedes centrales de las Consejerías de la Junta de Comunidades, en las de sus Delegaciones Provinciales, en las Delegaciones de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en cada una de las capitales de provincia de la Comunidad Autónoma, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

      La documentación que se presente a través de las Oficinas de Correos deberá ir en sobre abierto para ser fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada.

    6. El modelo de solicitud (anexo III) podrá cumplimentarse de forma electrónica a través de la siguiente dirección https://portalempleado.jccm.es. Una vez rellenado deberá imprimirse y ser firmado por el interesado para presentarlo con el resto de la documentación, de acuerdo con el apartado 2 de esta base.

    7. Cada aspirante aprobado deberá solicitar, como mínimo y por orden de preferencia, un número de vacantes igual al número de petición asignado en el Anexo I a esta Resolución, y que figura en el mismo como "nº de petición".

      A estos efectos, el orden de prioridad entre los distintos sistemas de acceso es el siguiente: promoción interna, general de acceso de personas con discapacidad y general de acceso libre.

      Cuando de un mismo código se oferte más de una plaza, el aspirante deberá, en su caso, indicarlo una sola vez, señalando el número de plazas vacantes que se ofertan.

      Solamente podrán solicitarse las plazas comprendidas en el Anexo II para cada Categoría según el proceso selectivo en el que haya sido declarado aprobado.

      Quinto.- 1. La adjudicación de destinos se efectuará teniendo en cuenta el orden de prioridad entre los distintos sistemas de acceso, de acuerdo con el orden de puntuación total obtenida en el proceso selectivo y el orden de preferencia manifestado en la petición de los mismos conforme al Anexo III. Dicha adjudicación se publicará en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

    8. Los aspirantes comprendidos en el Anexo I que no acrediten reunir los requisitos exigidos o a los que no se les adjudique destino por no haber solicitado el número de puestos suficientes, quedarán decaídos en sus derechos. En estos supuestos, la Consejería de Administraciones Públicas y Justicia, sin necesidad de una nueva propuesta del Tribunal Calificador, formalizará el contrato correspondiente al aspirante que, sin figurar en la relación de aprobados en el proceso selectivo prevista en las correspondientes bases, hubieran superado la prueba o pruebas selectivas, por el orden de puntuación total alcanzada. En caso de empate se estará a lo dispuesto en la base 6.3 de la Resolución de Convocatoria del proceso selectivo.

      Contra la presente Resolución, que es definitiva en la vía...

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