Acuerdo de 02/10/2018, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2018.

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Hacienda y Administraciones Públicas
Rango de LeyAcuerdo

De acuerdo con los artículos 70.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y 19.1 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha, las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de Empleo Público.

El artículo 47.1 de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, señala que únicamente se podrá proceder a la incorporación de nuevo personal, en el ámbito de los órganos, entidades e instituciones a que se refiere el artículo 35.1, con sujeción a los límites y requisitos establecidos en la normativa básica del Estado.

El artículo 19.Uno.3 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, fija una tasa de reposición de hasta un máximo del 100 por ciento en determinados sectores y administraciones, contemplándose en el artículo 19.Uno.4 de dicha ley una tasa de reposición de hasta un máximo del 75 por ciento en los sectores no recogidos en el apartado uno.3. Además, el párrafo segundo del artículo 19.Uno.4 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, prevé la posibilidad de ofertar un número de plazas equivalente al cinco por ciento del total de la tasa de reposición, que deben ir destinadas a aquellos sectores o ámbitos que se considere que requieren un refuerzo adicional de efectivos. En todo caso, conforme al artículo 19.Uno.1 de la citada ley, la oferta deberá atenerse a las disponibilidades presupuestarias del capítulo I del presupuesto de gastos.

Por otro lado, mediante el Acuerdo de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de 1 de febrero de 2016 (DOCM núm. 43, de 3 de marzo) la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se comprometió a utilizar las tasas de reposición máximas establecidas por el Estado anualmente.

En cumplimiento de los preceptos anteriormente señalados, la presente Oferta de Empleo Público comprende plazas vacantes hasta el límite de la tasa de reposición de efectivos, calculada conforme a los apartados uno.7 y seis del artículo 19 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, así como plazas correspondientes a la tasa adicional del cinco por ciento prevista en el párrafo segundo del artículo 19.Uno.4 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.

Además de las tasas a las que se refieren los párrafos anteriores, el artículo 19.Uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, permite disponer en determinados sectores de una tasa adicional para estabilización de empleo temporal que incluye hasta el 90 por ciento de las plazas que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2016. Las ofertas de empleo que articulen estos procesos de estabilización deben aprobarse y publicarse en los respectivos Diarios Oficiales en los ejercicios 2017 a 2019. Parte de las plazas correspondientes a dicha tasa adicional fueron incluidas en la Oferta de Empleo Público para el año 2017, incluyéndose también en la presenta oferta plazas correspondientes a esta tasa de estabilización.

Asimismo, además de la tasa adicional a que se refiere el párrafo anterior, el artículo 19.Uno.9 de la de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, permite disponer en determinados sectores de otra tasa adicional para estabilización de empleo temporal que incluye hasta el 90 por ciento de las plazas que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2017. Las ofertas de empleo que articulen estos procesos de estabilización deben aprobarse y publicarse en los respectivos Diarios Oficiales en los ejercicios 2018 a 2020. De acuerdo con lo anterior, en

la presente oferta también se incluyen plazas correspondientes a la mencionada tasa adicional para estabilización de empleo temporal.

Por último, como medida alternativa al ingreso de nuevo personal, limitado por la necesidad de contención de los gastos de personal, la presente oferta contiene también las plazas que se autorizan por el sistema de promoción interna, las cuales, conforme al artículo 19.Uno.7 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, no computan dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos.

En su virtud, a propuesta de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, este Consejo de Gobierno, en su reunión del 2 de octubre de 2018,

Acuerda:

Primero. Aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2018.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en el artículo 19 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha, y en el artículo 47 de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2018 en los términos que se establecen en el presente acuerdo.

Segundo. Cuantificación de la Oferta de Empleo Público.

  1. De acuerdo con los criterios y limitaciones establecidas en el artículo 47 de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, la Oferta de Empleo Público contiene las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deben proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso y que se detallan en el anexo I del presente acuerdo.

    En el anexo I también están incluidas las plazas a las que se refiere el apartado sexto.

  2. La distribución por especialidades de las plazas previstas en el anexo I para el ingreso...

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