Resolución de 28/05/2013, , sobre la evaluación de impacto ambiental del expediente: Concesión de aguas subterráneas para riego y uso ganadero en la parcela 407 del polígono 3 del término municipal de Aldenueva de Barbarroya (Expte. PRO-TO-12-1139), en el término municipal de Aldeanueva de Barbarroya (Toledo), cuyo promotor es don Augusto Merinero Fernández-Sanguino.

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorConsejería de Sanidad y Consumo; Consejería de Agricultura
Rango de LeyResolución
  1. OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Consejería de Agricultura

Resolución de 28/05/2013, de los Servicios Periféricos de Agricultura de Toledo, sobre la evaluación de impacto ambiental del expediente: Concesión de aguas subterráneas para riego y uso ganadero en la parcela 407 del polígono 3 del término municipal de Aldenueva de Barbarroya (Expte. PRO-TO-12-1139), en el término municipal de Aldeanueva de Barbarroya (Toledo), cuyo promotor es don Augusto Merinero Fernández-Sanguino. [2013/7220]

La Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación Ambiental en Castilla-La Mancha, dispone, en su art. 5.2, que los proyectos, públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, construcciones, instalaciones o cualquiera otra actividad comprendida en el Anexo II sólo deberán someterse a Evaluación del Impacto Ambiental, previamente a su autorización por el órgano sustantivo que corresponda, en la forma prevista en esta ley cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso. La decisión, que debe ser motivada y pública, se ajustará a los criterios establecidos en el Anexo III.

  1. Descripción del proyecto y condiciones propuestas por el promotor en la documentación presentada

    1.1. Definición y ubicación del proyecto

    El objeto del proyecto es la legalización de dos actividades ganaderas intensivas, una de vacuno de cebo y una segunda actividad ganadera de cebadero de corderos, desarrolladas ambas en la parcela 407 del polígono 3 del término municipal de Aldeanueva de Barbarroya.

    El titular de las explotaciones ganaderas ubicadas en dicha parcela, una vez consultado el Sistema Integrado de Gestión y Control de Ayudas (Sigca) de la Consejería de Agricultura, es Ganados Bárrago S.L. Los códigos de explotación con los que cuenta son:

    - 009-TO-0000088 para explotación ganadera de ovino y caprino de cebo, capacidad máxima de 2000 y 20 cabezas respectivamente. El censo es de 2000 cabezas.

    - 009-TO-0000100 para explotación de cebadero de bovino. Cuenta con 200 reses.

    El promotor posee las correspondientes licencias de actividad (otorgada con fecha de 13 de mayo de 2011) de ambas instalaciones.

    Según información aportada por el promotor con fecha 20 de mayo de 2013, éste declara que el número máximo de cabezas de ganado que albergará la explotación no superará las 1700 de ganado ovino y las 300 de ganado bovino.

    La parcela tiene una superficie de 132,799 ha. Según información catastral se trata de suelo rústico. No se aporta el Certificado de calificación y clasificación del suelo emitido por el Ayuntamiento del municipio.

    En la explotación de bovino, la actividad consiste en el engorde y venta de animales para abasto. La explotación se abastece de bovinos de diferentes razas, nacidos y criados en distintas granjas. El ciclo productivo dura entre 8-10 meses para bovinos adultos. Los animales son alimentados con paja y piensos suaves

    Las instalaciones de la explotación de bovino son:

    - Naves de alojamiento del ganado: una primera nave con una superficie de 1170 m2 cubiertos y una segunda nave de 280 m2. Con solera de hormigón

    - Corrales exteriores. Con solera de hormigón.

    - Manga de manejo

    - Embarcadero

    - Lazareto

    Las instalaciones de la explotación de ovino son:

    - Naves de 10000 m2

    - Espacio abierto contiguo de 220 m2

    El proyecto también consiste en la puesta en regadío de 4 ha de olivar (con un consumo previsto de 7833,6 m3/

    año), de 1 ha de almendros (con un consumo previsto de 2.000 m3/año) y plantas ornamentales (consumo de 160 m3/año).

    El abastecimiento de agua al conjunto de la explotación se hará a partir de un pozo existente en la parcela, cuyas coordenadas UTM 30-ED50 son:

    X: 330483.05

    Y: 4403931.36

    Se trata de un sondeo de diámetro 0,23 m, entubado en tubería de PVC de 0,18 m, con una profundidad de 100 m, en el cual se ha instalado una electrobomba sumergible de 7CV de potencia; del cual se conducirá el agua hasta los distintos puntos de abastecimiento (bebederos, e instalaciones de regadío del olivar, almendros).

    El consumo máximo previsto y planteado en el Documento Ambiental para abrevadero de ganado ovino es de 7.300 m3/año, de 9.125 m3/año para ganado bovino, de 7833,6 m3/año para el regadío del olivar, 2.000 m3/año para el regadío de los almendros y 160 m3/año para el riego de plantas ornamentales. Por lo que el consumo total anual previsto es de 26.419 m3.

    Se ha iniciado la legalización de dicho pozo ante el Organismo de Cuenca correspondiente.

    En cuanto al abastecimiento de energía eléctrica, no se recoge ninguna información en el documento ambiental.

    En cuanto a la gestión del estiércol, el promotor declara que lo entrega a una empresa de gestión de estiércoles y que por tanto, no cuenta con estercolero para almacenamiento. Sí incluye en la documentación su intención de construir una plataforma impermeabilizada para el almacenamiento de estiércoles, que se ajustará a la normativa.

    En cuanto a la limpieza de las explotaciones, será realizada de manera periódica, y cada una de las actuaciones, productos están recogidos en el Programa de Desinfección, Desinsectación y Desratización (Programa DDD) de las explotaciones.

    La retirada de cadáveres será realizada por empresa especializada y serán trasladados en camión estanco a una planta de incineración. El ganadero dispone de un seguro de recogida de cadáveres.

    El acceso principal a la finca se realiza desde la carretera CM-4104 que une Belvís de la Jara con Azután, en el P.K.

    18.2. El resto de caminos pertenecen a la propiedad.

  2. Tramitación y consultas

    Con fecha 01 de octubre de 2012 tiene entrada en los Servicios Centrales de la Consejería de Agricultura remitido por el Ayuntamiento de Aldeanueva de Barbarroya como Órgano Sustantivo el Documento Ambiental que da inicio del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto, al estar incluido en el Anejo II, grupo 1, apartado g) de la Ley 4/2007 de Evaluación Ambiental en Castilla la Mancha: Instalaciones para la cría intensiva de ganado no incluidas en el Anexo 1, cuando la actividad se desarrolle en zonas vulnerables a la contaminación por nitratos.

    Con fecha 31 de octubre de 2012 se requiere la aportación de información complementaria sustancial para la continuación del procedimiento, con lo que dicha tramitación quedó interrumpida hasta la aportación de la misma con fecha 17 de diciembre de 2012

    Con fecha 22 de noviembre de 2012 se realiza visita de reconocimiento por parte de personal técnico de estos Servicios Periféricos con el objeto de obtener más información de cara a la tramitación de EIA llevada a cabo.

    Con fecha 21 de diciembre de 2012 se inicia el trámite de consultas a las siguientes administraciones, personas e instituciones afectadas por la realización del proyecto (se marca con un asterisco aquellos que han emitido respuesta, informe o sugerencias):

    - Consejería de Agricultura - Dirección General de Calidad e Impacto Ambiental - Servicio de Prevención e Impacto ambiental

    - Agencia del Agua de Castilla la Mancha*

    - Servicios Periféricos de la Consejería de Agricultura - Servicio de Agricultura y Ganadería

    - Servicios Periféricos de la Consejería de Agricultura - Servicio de Infraestructuras y Desarrollo Rural

    - Servicios Periféricos de Educación, Cultura y Deportes - Servicio de Patrimonio Cultural

    - Servicios Periféricos de Sanidad y Asuntos Sociales - Servicio de Salud Pública*

    - Confederación Hidrográfica del Tajo*

    - Ecologistas en Acción

    A continuación se recogen los aspectos más destacables de las respuestas recibidas:

    - Servicios Periféricos de Educación, Cultura y Deportes - Servicio de Patrimonio Cultural: informa favorablemente el referido proyecto (Exp. Cultura: 121473).

    - Agencia del Agua de Castilla la Mancha: realiza recomendaciones respecto al abastecimiento de agua y los vertidos, a la recogida del estiércol, sobre la gestión de residuos peligrosos, eliminación de cadáveres y mantenimiento de la maquinaria.

    - Confederación Hidrográfica del Tajo: el abastecimiento de agua desde el dominio público hidráulico (en este caso un pozo) requerirá concesión administrativa, o si ya se dispusiera de concesión para otro uso o caudal diferente deberá notificarse a la Confederación, ya que su utilización para fines diferentes puede ser motivo de sanción. Los vertidos al dominio público hidráulico (por ejemplo, zanjas filtrantes a la salida de una fosa séptica o bien directamente a las aguas superficiales) también requerirá autorización de esta Confederación. El...

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