Resolución de 16/06/2010, , sobre delegación de competencias.

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorServicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM)
Rango de LeyResolución
  1. DISPOSICIONES GENERALES

Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM)

Resolución de 16/06/2010, de la Dirección Gerencia, sobre delegación de competencias. [2010/13461]

Mediante Decreto 182/2009, de 1 de diciembre, de modificación del Decreto 140/2008, de 9 de septiembre, sobre Estructura Orgánica y Funciones de los Servicios Centrales y Periféricos del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) se ha llevado a cabo una reestructuración de los órganos y funciones de los servicios centrales y periféricos de este Organismo.

Con la presente Resolución se pretende adaptar el régimen de delegación de competencias previsto en la Resolución de 27 de octubre de 2008 y sus modificaciones, a la nueva estructura orgánica y funcional del Sescam, al tiempo que se potencia una mejor y más eficaz utilización de las herramientas de gestión de este Organismo.

Para el cumplimiento de estos objetivos, y de conformidad con lo previsto en el art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el ejercicio de las competencias asignadas por los arts. 73 y 76 a 80 de la Ley 8/2000, de 30 de noviembre, de Ordenación Sanitaria de Castilla-La Mancha, y arts. 3 y 4 del Decreto 140/2008, de 9 de septiembre, esta Dirección-Gerencia acuerda la delegación de las atribuciones en las autoridades y órganos del Sescam que a continuación se señalan:

Primero.- En las personas titulares de las Direcciones Generales y Secretaría General:

1 - La aprobación de las comisiones de servicio con derecho a indemnización y de los gastos de inscripción a jornadas, simposios, congresos y actos de naturaleza análoga con respecto al personal incluido en su ámbito de competencias.

2 - En todo caso, y con carácter previo a la aprobación de las comisiones de servicio con derecho a indemnización que den lugar a desplazamientos fuera del territorio nacional, se requerirá la autorización del Secretario General.

Segundo.- En la persona titular de la Secretaría General, sin perjuicio de las funciones propias que tiene atribuidas:

1 - Todas las facultades que la Ley de Contratos del Sector Público y normativa de desarrollo atribuyen al órgano de contratación, incluida la aprobación del gasto, en el ámbito de las áreas de actuación cuyo desarrollo y ejecución estén atribuidas a la Secretaría General, con la excepción de la aprobación de los pliegos de cláusulas administrativas particulares.

  1. - La propuesta de descentralización de los créditos de formación correspondientes a los Servicios Centrales y Oficinas Provinciales de Prestaciones del Sescam.

  2. - La elaboración de las solicitudes de modificaciones presupuestarias, a excepción de aquellas que se refieran a las áreas de actuación atribuidas a la Dirección General de Gestión Económica e Infraestructuras.

  3. - La autorización de los documentos de gestión presupuestaria y contable que se expidan para la ejecución de los créditos presupuestarios, a excepción de aquellos que se refieran a las áreas de actuación atribuidas a la Dirección General de Gestión Económica e Infraestructuras.

  4. - La autorización, disposición de gastos, ordenación del pago y reconocimiento de las obligaciones referidas a la Caja Pagadora de los Servicios Centrales del Sescam hasta un límite de 150.000 euros, así como la aprobación de las cuentas correspondientes a la misma.

  5. - La aprobación de las comisiones de servicio con derecho a indemnización respecto de los Coordinadores de las Oficinas Provinciales de Prestaciones del Sescam, así como de los gastos de inscripción a jornadas, simposios, congresos y actos de naturaleza análoga.

  6. - Ordenar la publicación e inserción en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha» de todas las resoluciones y actos administrativos dictados por los órganos directivos de los Servicios Centrales del Sescam en el marco de sus competencias.

  7. - Respecto del personal incluido en la Relación de Puestos de Trabajo de personal funcionario y eventual y en la Relación de Puestos de Trabajo de personal laboral de los Servicios Centrales y Oficinas Provinciales de Prestaciones del Sescam:

    a. El nombramiento y cese del personal interino. b. La Convocatoria y resolución de los procedimientos de libre designación de los puestos correspondientes a las relaciones de puestos de trabajo del Sescam. c. Autorización y cancelación de comisiones de servicio dentro del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha. d. Rescisión y aceptación de renuncia de contratos laborales de duración temporal. e. La propuesta de resolución de expedientes de compatibilidad. f. La propuesta de provisión de puestos de trabajo. g. El acuerdo de incoación de expedientes disciplinarios y, en su caso, el de suspensión provisional de funciones. h. Atribuir el desempeño provisional de puestos de trabajo en los casos previstos en el art. 72.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. i. La autorización de vacaciones y la concesión de permisos y licencias. j. La supervisión del cumplimiento de las jornadas y horarios de trabajo y de la presencia física, así como la adopción, en su caso, de las medidas que correspondan.

  8. - Respecto del personal incluido en la Relación de Puestos de Trabajo de personal funcionario y eventual y en la Relación de Puestos de Trabajo de personal laboral de los Servicios Centrales, excepto personal que dependa funcionalmente de las Gerencias de Atención Especializada, Atención Primaria, Urgencias, Emergencias y Transporte Sanitario y de la Gerencia de Inspección de Servicios Sanitarios y Prestaciones:

    a. Dar posesión y cese al personal en los puestos de trabajo a los que sean destinados. b. Redistribución de efectivos en puestos no singularizados cuando no suponga cambio de localidad. c. Acordar la imposición de sanciones por comisión de faltas leves. d. La formalización de contratos laborales de duración temporal. e. La autorización de vacaciones y la concesión de permisos y licencias. f. La autorización para la asistencia a cursos, jornadas y, en general, actos de capacitación o perfeccionamiento. g. El ejercicio de cualquier otra competencia que tenga atribuida por la legislación vigente. h. La supervisión del cumplimiento de las jornadas y horarios de trabajo y de la presencia física, así como la adopción, en su caso, de las medidas que correspondan.

  9. - La propuesta de creación y modificación de la plantilla orgánica de la Gerencia de Inspección de Servicios Sanitarios y Prestaciones, previo informe de la Dirección General de Gestión Económica e Infraestructuras.

  10. - La propuesta a la Consejería competente en materia de protección de datos de carácter personal de la creación, modificación o supresión de ficheros con datos de carácter personal del Sescam.

  11. - La resolución de los procedimientos de ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos de carácter personal contenidos en...

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