Resolución de 28/07/2016, de la Viceconsejería de Medio Ambiente, por la que se emite el informe ambiental estratégico del plan o programa Modificación Puntual número 2 del Plan de Ordenación Municipal de Villanueva de la Jara (Cuenca) (expediente PLA-SC-16-0371), cuyo promotor es el Ayuntamiento de Villanueva de la Jara.

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorConsejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural
Rango de LeyResolución

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, establece en su artículo 6.2 que serán objeto de una evaluación ambiental estratégica simplificada las modificaciones menores de los planes y programas mencionados en su artículo 6.1, los planes y programas mencionados en dicho artículo 6.1 que establezcan el uso, a nivel municipal, de zonas de reducida extensión, y los planes y programas que, estableciendo un marco para la autorización en el futuro de proyectos, no cumplan los demás requisitos mencionados en el citado artículo 6.1.

Además, en su artículo 31 se indica que el órgano ambiental determinará si el plan o programa debe o no ser objeto de evaluación ambiental estratégica ordinaria mediante la emisión de un informe ambiental estratégico según pueda tener o no efectos significativos sobre el medio ambiente, teniendo en cuenta el resultado de las consultas previas que debe realizar y los criterios establecidos en el anexo V de la Ley.

Por otro lado, la Ley 4/2007 de 8 de marzo, de evaluación ambiental en Castilla-La Mancha constituye la normativa de desarrollo y de protección ambiental adicional, y determina los plazos de la tramitación.

Primero. Descripción del plan o programa según la documentación aportada por el promotor.

El plan de ordenación municipal aprobado en el año 2014 presenta ciertas imprecisiones e incluso errores que deben ser corregidos. Con la presente modificación puntual nº 2 se corregirán dichos errores detectados en el suelo urbano.

Por otro lado, el plan de ordenación municipal vigente preveía la creación de varios sectores de suelo urbanizable de uso industrial que no responden a las necesidades actuales debido a la situación económica y su ubicación geográfica. Por lo que la modificación propone la creación de un nuevo polígono industrial, el SUB I-7, y disminuir en la misma superficie equivalente el SUB I-5, pues se considera que la totalidad de la superficie clasificada en esa ubicación no se hace necesaria.

Con ello se reclasificará de suelo rústico de reserva a suelo urbanizable de uso industrial el SUB I-7, en la zona Este del casco urbano de Villanueva de la Jara, lindante con la carretera CM-311, en el paraje denominado Majuelo de Cuba. La superficie a reclasificar es de 129.888 m2.

La misma superficie será desclasificada en el sector de SUB I-5 de suelo urbanizable de uso industrial a suelo rústico de reserva, ya que es una zona de difícil desarrollo por la lejanía al municipio. Se sitúa lindante a la carretera CM-220. Dicha desclasificación lleva consigo la modificación de la ZOU I-EAE-P y la modificación del SG DCV.

Por otro lado se reclasificará una superficie de 4.430 m2 de suelo rústico no urbanizable de especial protección hidráulica a suelo urbanizable de uso industrial SUB I-3, por tratarse en el actual POM de una delimitación que no se adapta a criterios razonables de geometrías. (OE).

La modificación no supone incremento en el número de habitantes. Según la documentación aportada, la estimación del planeamiento vigente es de 2.712 viviendas, tras lo justificado en la modificación puntual nº 2 se reduce la previsión en 36 viv. en total, quedando 2.676 viv. No se superan por tanto las estimaciones del POM vigente.

Segundo. Antecedentes, tramitación y consultas.

El plan de ordenación municipal de Villanueva de la Jara (Cuenca), fue evaluado conforme a lo dispuesto para planes en Ley 4/2007, de 8 de marzo, de evaluación ambiental en Castilla-La Mancha (expediente PLA-SC-09-0023). La realización de dicha evaluación ambiental se publicó en el D.O.C.M. de 1 de abril de 2013, mediante Anuncio de 11 de septiembre de 2012, de la Dirección General de Calidad e Impacto Ambiental.

El 9 de marzo de 2016 tiene entrada en la Viceconsejería de Medio Ambiente de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural el documento ambiental estratégico (documento de mayo de 2015) sobre el plan denominado "Modificación Puntual nº 2 del plan de ordenación municipal de Villanueva de la Jara (Cuenca)", cuyo promotor es el ayuntamiento de Villanueva de La Jara, siendo de aplicación la Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación Ambiental en Castilla-La Mancha y la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

El 11 de abril de 2016 se emite Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente mediante la cual se avocan las competencias para resolver el procedimiento. Estas competencias fueron delegadas mediante la Resolución de 29 de julio de 2015 de la Viceconsejería de Medio Ambiente, por la que se delegan competencias en materia de evaluación ambiental y autorización de gestión de residuos en las Direcciones Provinciales de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural. Entre estas competencias delegadas se encuentra la emisión de los informes ambientales estratégicos de los planes o programas, o sus modificaciones, que sean objeto de evaluación ambiental estratégica simplificada.

El 15 de abril de 2016, el órgano ambiental notificó al promotor del plan que la documentación presentada junto con la solicitud de inicio era completa. Sobre la base de dicha documentación, y de acuerdo con el artículo 30 de la citada Ley 21/2013, se formularon consultas previas a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, con el objeto de que informaran en el ámbito de sus competencias. Estos organismos e instituciones consultadas han sido los siguientes (se señalan con un asterisco aquellos que han emitido contestación a las consultas formuladas):

- Confederaciones Hidrográfica del Júcar

- Ministerio de Industria, Turismo y Comercio - Secretaría General de Energía*

- Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural - Dirección General de Desarrollo Rural

- Consejería de Economía, Empresas y Empleo - Dirección General de Industria, Energía y Minería

- Consejería de Fomento - Dirección General de Carreteras y Transportes*

- Consejería de Fomento - Dirección General de Vivienda y Urbanismo

- Consejería de Fomento - Dirección General de Planificación Territorial y Sostenibilidad*

- Agencia del Agua de Castilla - La Mancha - Servicio de...

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