Resolución de 27/08/2019, de la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego, mediante la que se modifica el anexo I de la Orden de 17/12/2014, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el Registro Electrónico Tributario.

Fecha de publicación30 Agosto 2019
Fecha27 Agosto 2019
Número de registro2019/8004
SecciónI.- DISPOSICIONALES GENERALES
Número de Gaceta172/2019
EmisorDirección General de Tributos y Ordenación del Juego
I.- DISPOSICIONES GENERALES
Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas
Resolución de 27/08/2019, de la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego, mediante la que se
modica el anexo I de la Orden de 17/12/2014, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el Registro
Electrónico Tributario. [2019/8004]
La Orden de 17/12/2014, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el Registro Electrónico Tributario habilitó
la posibilidad de que los ciudadanos pudieran utilizar técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos en el
ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus obligaciones ante la Administración tributaria regional.
Con el objeto de ampliar el ámbito en el que los ciudadanos puedan relacionarse electrónicamente con esta Adminis-
tración, se habilita la posibilidad de iniciar por esta vía tres nuevos procedimientos tributarios, relativos a la solicitud
de informe de valoración de bienes, tanto urbanos como rústicos, y a la recticación de autoliquidaciones presenta-
das.
La disposición nal primera de la Orden de 17/12/2014 faculta a la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego
para dictar las normas necesarias para el desarrollo de la misma, así como para la modicación de sus anexos.
Por todo ello, de conformidad con las competencias reconocidas en el artículo 7 del Decreto 80/2019, de 16 de julio, por
el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas.
Dispongo
Primero. Modicar el anexo I de la Orden de 17/12/2014, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el Registro
Electrónico Tributario, referente a la Relación de documentos administrativos que pueden presentarse a través del Re-
gistro Electrónico Tributario así como los que pueden remitirse a través del mismo, sustituyéndolo por el que se recoge
a continuación.
A) Relación de documentos administrativos que pueden presentarse a través del Registro Electrónico Tributario.
Autoliquidaciones
Modelo 042. Tasa scal sobre el juego: Rifas, tómbolas, apuestas, combinaciones aleatorias y otros juegos que
se desarrollen por medios electrónicos, informáticos, telemáticos o interactivos.
Modelo 043. Tasa scal sobre el juego. Bingo.
Modelo 044. Tasa scal sobre el juego. Casinos de Juego y Establecimientos de juegos de casino.
Modelo 045. Tasa scal sobre el juego. Máquinas o aparatos automáticos.
Modelo 600. Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
Modelo 610. Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Pago en metálico del
impuesto que grava:
I - Los documentos negociados por Entidades Colaboradoras.
II - La emisión de documentos que lleven aparejada acción cambiaria o sean endosables a la orden.
Modelo 620. Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Transmisiones de
determinados medios de transporte usados.
Modelo 630. Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Pago en metálico de
letras de cambio.
Modelo 650. Impuesto sobre sucesiones y donaciones. Adquisiciones “mortis causa”.
Modelo 651. Impuesto sobre sucesiones y donaciones. Adquisiciones “inter vivos”.
Modelo 655. Impuesto sobre sucesiones y donaciones. Consolidación de dominio.
Modelo 701. Impuesto sobre determinadas actividades que inciden en el medio ambiente. Autoliquidación trimes-
tral.
AÑO XXXVIII Núm. 172 30 de agosto de 2019 37928

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