Resolución de 10/05/2018, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convoca proceso para la ampliación de las bolsas de trabajo de aspirantes a interinidades de distintas especialidades correspondientes al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, al Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, al Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, al Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, al Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y al Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deportes
Rango de LeyResolución

La Orden 32/2018 de 22/02/2018 (DOCM núm. 42 de 28/02/2018), de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, regula la constitución y gestión de las bolsas de trabajo, el nombramiento y el cese del personal funcionario interino docente no universitario.

En virtud de dicha Orden, corresponde a esta Administración proveer los puestos de trabajo de personal funcionario interino que no sea posible hacerlo con funcionarios de carrera, debiendo respetarse en los procedimientos de selección, los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, así como procurar la máxima agilidad en su selección.

Teniendo en cuenta que hay bolsas de trabajo de determinadas especialidades que están muy próximas a agotarse, se considera necesario convocar proceso selectivo para la ampliación de las bolsas de trabajo de aspirantes a interinidades en dichas especialidades, con el fin de garantizar la adecuada prestación del servicio público educativo mediante la cobertura urgente y con carácter temporal, de las vacantes o sustituciones que pudieran producirse en las mencionadas especialidades.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en cumplimiento de la obligación, anteriormente mencionada, de la selección de los aspirantes con la máxima agilidad, esta convocatoria prevé la presentación de las solicitudes de participación en el procedimiento exclusivamente a través de medios electrónicos, disponiéndose asimismo la asistencia en la presentación de la solicitud a los solicitantes que lo requieran para garantizar el acceso y la disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

De conformidad con lo expuesto, y en el ejercicio de las funciones atribuidas a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes por el Decreto 85/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y la distribución de competencias de la mencionada Consejería (DOCM nº 138, de 16/07/2015), resuelvo:

Primero. Objeto de la convocatoria.

La presente Resolución tiene por objeto convocar procedimiento de selección, mediante el sistema de concurso, para ampliar las bolsas de trabajo del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño en las especialidades que se citan a continuación, al objeto de nombrar personal funcionario interino docente cuando existan razones de urgencia o necesidad que justifiquen la cobertura de plazas que no sea posible proveer con funcionarios de carrera y no existan aspirantes suficientes en las bolsas de trabajo vigentes:

Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria (590):

- Francés.

- Alemán.

- Educación física.

- Procesos y medios de comunicación.

- Procesos y productos de textil, confección y piel.

- Procesos y productos de madera y mueble.

Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional (591):

- Instalación y mantenimiento de equipos térmicos de fluidos.

- Instalaciones y equipos de cría y cultivo.

- Soldadura.

Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas (592):

- Español para extranjeros.

- Portugués.

Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas (594):

- Acordeón.

- Flauta travesera.

- Guitarra.

- Instrumentos de púa.

- Orquesta.

- Saxofón.

- Violonchelo.

- Danza contemporánea.

Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño (595):

- Fotografía.

- Organización industrial y legislación.

Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño (596):

- Talla en piedra y madera.

- Técnicas cerámicas.

- Técnicas de grabado y estampación.

- Técnicas del metal.

Segundo. Requisitos de las personas aspirantes.

Los aspirantes deberán reunir los requisitos generales y específicos enumerados a continuación para su incorporación a las bolsas, con carácter previo a su nombramiento y durante toda la vigencia del mismo.

  1. Requisitos generales.

    1. Tener la nacionalidad española o la de alguno de los demás estados miembros de la Unión Europea o ser nacional de algún Estado al que sea de aplicación la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo sobre libre circulación de personas trabajadoras y la norma que se dicte para su incorporación al ordenamiento jurídico español y el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Asimismo, podrán aspirar a la condición de aspirantes a interinidades los cónyuges de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, y cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, los de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de sus cónyuges si no están separados de derecho, siempre que sean menores de veintiún años o mayores de esa edad dependientes, de conformidad con lo establecido en el artículo

      57.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.

    2. Tener cumplida la edad mínima de acceso a la Función...

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