Decreto 23/2014, de 03/04/2014, por el que se modifica el Decreto 283/2004, de 21 de diciembre, por el que se regula la Comisión Regional de Ciencia y Tecnología de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Fecha de Entrada en Vigor28 de Abril de 2014
SecciónI. Disposiciones generales
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deportes
Rango de LeyDecreto

La estructura actual de la Administración regional establecida en virtud del Decreto 10/2012, de 25 de enero, así como la distribución de competencias entre las diferentes consejerías en este ámbito, hacen aconsejable adecuar la composición de la Comisión Regional de Ciencia y Tecnología.

La Comisión Regional de Ciencia y Tecnología cuenta con la participación de todas las consejerías implicadas en el diseño de políticas de Investigación, desarrollo tecnológico e innovación, y también de instituciones que puedan aportar su conocimiento y experiencia al desarrollo de la investigación en nuestra Comunidad Autónoma.

Por lo expuesto, este Decreto modifica el artículo 2 y 3 del Decreto 283/2004, de 21 de diciembre por el que se regula la composición de la Comisión Regional de Ciencia y Tecnología de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deporte, previa deliberación del Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha en su reunión del día 3 de abril de 2014,

Dispongo:

Artículo Único Modificación del Decreto 283/2004, de 21 de diciembre, por el que se regula la Comisión Regional de Ciencia y Tecnología de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

El Decreto 283/2004, de 21 de diciembre, por el que se regula la Comisión Regional de Ciencia y Tecnología de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, queda modificado del siguiente modo:

Uno. El apartado 1 del artículo 2 queda redactado en los siguientes términos:

"1.- La Comisión Regional de Ciencia y Tecnología estará integrada por los siguientes miembros:

  1. Presidencia: Viceconsejero de Educación, Universidades e Investigación de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes o persona en quien delegue.

  2. Vicepresidencia: Un Director General o Directora General de la Consejería de Empleo y Economía, o persona en quien delegue.

  3. Vocales:

    1. La persona titular de la Dirección General de Coordinación de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas.

    2. Las personas titulares de las Direcciones Generales siguientes:

      Dirección General de Presupuestos.

      Dirección General de Desarrollo de Estrategia...

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