Orden de 12/09/2012, , por la que se modifica la regla 53 de la instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del presupuesto de gastos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, aprobada por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 29/01/2007.

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorConsejería de Hacienda
Rango de LeyOrden
  1. DISPOSICIONES GENERALES

Consejería de Hacienda

Orden de 12/09/2012, de la Consejería de Hacienda, por la que se modifica la regla 53 de la instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del presupuesto de gastos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, aprobada por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 29/01/2007. [2012/13022]

El Decreto 294/2011, de 10 de noviembre, por el que se adoptan medidas y se establecen los órganos competentes para la racionalización técnica en materia de contratación para la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos contempla la celebración de acuerdos marco como una técnica de racionalización y ordenación de la contratación de los suministros y servicios declarados de contratación centralizada.

Una vez licitados y celebrados los primeros acuerdos marco para la adquisición centralizada de suministros, se prevé la tramitación de un número muy elevado de peticiones de los distintos órganos gestores de la Administración regional, lo que aconseja establecer las medidas oportunas para agilizar la gestión contable de estos expedientes sin detrimento de las exigencias derivadas de la ejecución del gasto público.

En virtud del artículo 7 c) del ya citado Decreto 294/2011, del artículo 4.2.3 b) del Decreto 15/2012, de 26 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda y de la Resolución de 19/03/2012, de la Consejería de Hacienda, de delegación de competencias en materia de contratación centralizada, concurren en la Secretaría General de esta Consejería las competencias de gestión del Registro de Contratos del Sector Público de Castilla-La Mancha y las de adjudicación y formalización de los contratos derivados de un Acuerdo Marco. Por esta razón, respecto de estos últimos, es conveniente modificar la operatoria contable, exceptuándolos de la necesidad de incorporar documentos de autorización y disposición "contractuales."

En su virtud, de conformidad con el artículo 109, apartado f), del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, a propuesta de la Intervención General, he dispuesto:

Artículo único

Modificación de la regla 53 de la Instrucción de Operatoria contable.

La regla 53 de la Instrucción de Operatoria Contable a seguir en la ejecución del presupuesto de gastos de la Junta de Comunidades de Castilla-La...

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