Decreto 90/2012, de 14/06/2012, por el que se modifica el Decreto 6/2008, de 8 de enero, por el que se regulan ayudas sociales a favor de pensionistas de jubilación e invalidez en sus modalidades no contributivas.

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorConsejería de Sanidad y Asuntos Sociales
Rango de LeyDecreto

El Decreto 6/2008, de 8 de enero, regula ayudas sociales a favor de pensionistas de jubilación e invalidez en sus modalidades no contributivas como ayudas complementarias y compatibles con las del sistema de la Seguridad Social y con las que pueda otorgar la Administración General del Estado.

Transcurridos varios años desde su aprobación, procede llevar a cabo algunas modificaciones puntuales de dicho Decreto.

El Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha considera oportuno el establecimiento de ayudas sociales de carácter anual para las personas que perciban en Castilla-La Mancha una pensión de jubilación en su modalidad no contributiva como único miembro de la unidad familiar o sea el único que percibe ingresos dentro de la misma.

Esta ayuda es distinta de las del sistema de la Seguridad Social y de aquellas que pueda otorgar la Administración General del Estado. En consecuencia, esta ayuda y aquéllas son compatibles.

Con el objetivo de mejorar la gestión de las ayudas así como facilitar los trámites a los ciudadanos, se introducen en la norma jurídica las modificaciones necesarias para configurar un procedimiento que se lleva a cabo íntegramente de oficio, de forma que incluso se elimina la necesidad de presentar solicitud por parte de las personas interesadas.

Por otra parte, este Decreto deroga el Decreto 5/2008, de 8 de enero, por el que se regulan ayudas sociales a favor de beneficiarios del Fondo Nacional de Asistencia Social (FAS) y de la Ley de Integración Social para personas con discapacidad (LISMI), puesto que las prestaciones económicas que eran objeto de complementación fueron extinguidas por el Real Decreto Ley 5/1992, de 21 de julio, de Medidas Presupuestarias Urgentes, de modo que, desde entonces sólo las venían manteniendo quienes ya tenían el derecho reconocido a recibirlas, pudiendo los perceptores, en cualquier caso, optar por la tramitación de una pensión de modalidad no contributiva, conforme a lo establecido en la Disposición Transitoria 1ª del Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo, por el que se desarrolla en materia de pensiones no contributivas la Ley 26/1990, de 20 de diciembre, por la que se establecen en la Seguridad Social pensiones no contributivas.

Asimismo, en este Decreto se derogan: a) el Decreto 356/2008, de 30 de diciembre, por el que se regulan las subvenciones a entidades públicas, para el mantenimiento de centros de día y reserva de plazas en servicios de estancias diurnas para la atención de las personas mayores en Castilla-La Mancha, excepto su artículo 18.4; b) el Decreto 357/2008, de 30 de diciembre, por el que se regulan las subvenciones a entidades públicas, para el mantenimiento y reserva de plazas en los centros residenciales destinados a la atención de las personas mayores en Castilla-La Mancha, excepto su artículo 18.2; y c) el Decreto 304/2007, de 11 de...

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