Resolución de 12/03/2009, del Instituto de la Juventud de Castilla-La Mancha, por la que se convocan plazas para participar en el Programa Verano Joven, que incluye Actividades de Ocio y Tiempo Libre y Actividades de Voluntariado en Campos de Trabajo en España y en otros Países para jóvenes de Castilla-La Mancha durante 2009.

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorInstituto de la Juventud de Castilla-la Mancha
Rango de LeyResolución

Las relaciones interpersonales de los jóvenes a través de la convivencia diaria, afrontando nuevas responsabilidades y adquiriendo nuevos conocimientos sobre la naturaleza, sobre diferentes formas de vida o nuevos lugares, hacen que éstos valoren la dimensión de su identidad, de sentirse más castellano-manchegos, más parte integrante de nuestro país y de Europa, y contribuye notablemente en la formación de una juventud solidaria y participativa.

Los jóvenes forman parte del presente de nuestra Región, su formación, no sólo profesional que le permita acceder a un puesto de trabajo, sino también como personas y su integración en la sociedad dependen en gran medida de una adecuada utilización de su ocio y tiempo libre. Por ello el Instituto de la Juventud quiere contribuir en tan importante proceso educativo facilitando a los jóvenes su acercamiento a otras realidades por medio de su participación en actividades que le aporten nuevas experiencias.

Con tal fin, este Instituto de la Juventud ha resuelto convocar el Programa Verano Joven, que incluye las Actividades de Ocio y Tiempo Libre y las Actividades de Voluntariado en Campos de Trabajo, con las características que se detallan en las siguientes

Bases:

Primera.- Objeto de la convocatoria.

Se convocan plazas para participar en las actividades juveniles y que a continuación se especifican:

  1. - Actividades de ocio y tiempo libre: 1.1.- Campamentos en Castilla-La Mancha. 1.2.- Albergues en Castilla-La Mancha. 1.3.- Actividades en otras Comunidades Autónomas. 1.4.- Actividades en otros Países. 1.5.- Estancias en otros Países.

  2. - Actividades de voluntariado en campos de trabajo: 2.1.-Voluntariado en Castilla-La Mancha. 2.2.-Voluntariado en otras Comunidades Autónomas. 2.3.-Voluntariado en otros Países.

    Segunda.- Beneficiarios.

    Podrán participar en estas actividades todos los jóvenes residentes en Castilla-La Mancha, que reúnan los requisitos establecidos el primer día de la actividad.

    Tercera.- Descripción de las actividades.

    Las actividades tendrán las características que se reflejan en el anexo I, en lo que se refiere a duración, tipo de actividad, lugar y alojamientos, desplazamientos, año de nacimiento de los participantes y cuotas.

    Cuarta.- Solicitudes de participación.

  3. - Para solicitar plazas en las actividades convocadas podrán utilizarse cualquiera de los siguientes procedimientos:

    1.1.- Llamando al Teléfono Único de Información 012, que recogerá sus datos en horario ininterrumpido de 9,00 a 20,00 h. de lunes a viernes y sábados de 10,00 a 14,00 h. Para aquéllos que llamen desde fuera de nuestra Comunidad el teléfono es 902 267090. 1.2.- Rellenando la solicitud que aparece en la página de Internet del Instituto de la Juventud de Castilla-La Mancha: juventud.jccm.es 1.3.- Utilizando la solicitud que figura como anexo II a esta Resolución. Dicha solicitud deberá presentarse en el Servicio Provincial de Juventud, correspondiente a la provincia de residencia del solicitante, o bien en las oficinas de información y registro o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

  4. - Los solicitantes sólo podrán realizar una única solicitud en la que podrán solicitar plazas de ambos subprogramas, Ocio y Tiempo Libre y Actividades de Voluntariado. En caso de efectuar más de una solicitud sólo se considerará como válida la presentada en último lugar.

  5. - El plazo para solicitar la participación en este programa comenzará a partir de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y finalizará en la fecha que se determine en el anexo I.

    Quinta: Procedimientos para la adjudicación de las plazas y publicidad de la concesión.

  6. -El Instituto de la Juventud de Castilla-La Mancha adjudicará las plazas objeto de la presente convocatoria según la distribución reflejada en el anexo I. Se efectuará un sorteo regional público entre las solicitudes recibidas para todas las actividades convocadas. De dicho sorteo, que se llevará a cabo en el Instituto de la Juventud, en la fecha y hora que se establece en el mencionado anexo, resultará un número a partir del cual se adjudicarán provisionalmente las plazas con el siguiente proceso:

    1.1.- Siguiendo el orden de solicitudes a partir del número extraído se adjudicarán las plazas conforme a las actividades solicitadas y priorizadas por el interesado. En caso de que coincidan las fechas de realización de la actividad adjudicada provisionalmente en cada uno de los subprogramas, Ocio y Tiempo Libre y Actividades de Voluntariado, se adjudicará la plaza del subprograma priorizado por el solicitante. 1.2.- Al resto de solicitantes sin adjudicación de plaza les será atribuido un día y hora de citación en los Servicios Provinciales de Juventud de su provincia de residencia, para la elección de plaza entre las disponibles. 1.3.- La participación en alguna actividad de la convocatoria del subprograma de Ocio y Tiempo Libre del año anterior en otra comunidad autónoma impide al participante ser adjudicatario de una actividad en otra comunidad autónoma mediante el procedimiento descrito. Igualmente la participación en la convocatoria anterior en alguna actividad en otros países, excluye al participante de este sistema de adjudicación para actividades en otros países. A estos solicitantes se les adjudicará además día y hora de citación en los Servicios Provinciales de Juventud de la provincia de residencia una vez atendidas las solicitudes del procedimiento anterior. 1.4.- Los solicitantes podrán renunciar a la adjudicación de plaza en el sorteo, manifestándolo en la solicitud y se les concederá día y hora de citación para la elección de la plaza según procedimiento del punto 1.2.

  7. - Publicidad de la concesión:

    Una vez realizado el sorteo y en un plazo no superior a cuarenta y ocho horas, se expondrá en los Tablones de Anuncios de cada Servicio Provincial de Juventud la relación ordenada de solicitantes, con expresión de la plaza adjudicada, o día y hora de citación, en su caso y en la página de Internet del Instituto de la Juventud de Castilla-La Mancha, juventud.jccm.es, en la que se mostrarán todos los datos relativos a la solicitud. En ambos medios cada solicitante podrá consultar la plaza adjudicada o el día y hora de su citación, pudiendo hacerlo igualmente llamando al Teléfono Único de Información 012.

  8. -La elección de la plaza se realizará en la fecha y hora previstas en la citación, personándose en los Servicios Provinciales de Juventud correspondiente a su provincia de residencia, o bien llamando al teléfono de dicho Servicio.

  9. - La adjudicación definitiva de la plaza se formalizará presentando en el Servicio Provincial correspondiente, debidamente cumplimentado el anexo III y/o IV, según corresponda, en los plazos reflejados en el anexo I, junto con la siguiente documentación: - Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del solicitante, los mayores de 14 años. - Fotocopia del libro de familia y fotocopia del DNI de uno de los padres o tutores, para los menores de 14 años. - Fotocopia del Carné Joven o Título de Familia Numerosa en su caso.

    - Certificado de estar empadronado, para aquellos residentes de Castilla-La Mancha cuyo DNI no demuestre su residencia en dicha región. - Resguardo bancario de ingreso de la cuota de asistencia.

    Toda la documentación se podrá enviar por correo, debiendo en este caso adelantarse por fax. Transcurrido el plazo establecido sin la presentación de los documentos se podrá adjudicar la plaza a otro solicitante.

    En aquellos casos que la información reflejada en las correspondientes solicitudes de participación en el programa no corresponda con la documentación justificativa, se podrá proceder a la anulación de la adjudicación de la plaza.

  10. - Los solicitantes que no obtengan plaza y lo manifiesten expresamente constituirán bolsas de reservas para cubrir las plazas disponibles en un máximo de tres actividades para las que reúnan los requisitos.

    Una vez finalizado el período de atención de citas se atenderán las solicitudes de la bolsa de reservas. Finalmente las plazas disponibles podrán ser adjudicadas por riguroso orden de entrada de nuevas solicitudes.

    6- No se podrá adjudicar a un solicitante más de una plaza dentro del mismo subprograma de actividades, Ocio y Tiempo Libre o Voluntariado en Campos de Trabajo, salvo que queden plazas libres, una vez ofertadas las plazas a todos los solicitantes.

  11. - Las relaciones definitivas de beneficiarios se publicarán en los tablones de anuncios de los correspondientes Servicios Provinciales de Juventud.

    Sexta: Cuota de asistencia.

  12. - Las cuotas de asistencia deberán abonarse en la cuenta bancaria que les será facilitada por el Instituto de Juventud de Castilla-La Mancha.

  13. - Los solicitantes, que en el momento del abono de la cuota sean titulares del Carné Joven o miembros de familia numerosa, podrán tener una cuota de asistencia reducida, cuya cuantía se establece en cada una de las actividades.

  14. - Podrán autorizarse otras reducciones de las cuotas establecidas a participantes con excepcionales necesidades socioeconómicas, que lo soliciten y lo justifiquen documentalmente.

    Séptima: Obligaciones de los beneficiarios

  15. - Los adjudicatarios deberán cumplir los requisitos que exige la legislación vigente y observar las normas establecidas por los equipos de animación, así como las de régimen interior de las diferentes instalaciones.

  16. - Los adjudicatarios que no tengan nacionalidad española y que asistan a actividades o estancias en otros Países, deberán tramitar en su caso los distintos visados emitidos por las correspondientes embajadas del país o países donde se desarrolle la actividad.

  17. - En...

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