Orden de 07/09/2010, , por la que se modifica la Orden de 15/05/2007, de la Consejería de Agricultura, por la que se establecen los órganos competentes en materia de control oficial del rendimiento lechero en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorConsejería de Agricultura y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden
  1. OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Consejería de Agricultura y Medio Ambiente

Orden de 07/09/2010, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se modifica la Orden de 15/05/2007, de la Consejería de Agricultura, por la que se establecen los órganos competentes en materia de control oficial del rendimiento lechero en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha. [2010/15521]

A tenor de la evolución de los últimos años del número de organizaciones dedicadas a gestionar el control de rendimiento lechero oficial, debido al incremento del número de razas animales que son sometidas a este control, procede modificar la Orden de 15/05/2007, de la Consejería de Agricultura, por la que se establecen los órganos competentes en materia de control oficial del rendimiento lechero en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.

De acuerdo con lo expuesto, en virtud de las competencias cuyo ejercicio encomienda a esta Consejería de Agricultura y Medio ambiente, el Decreto 96/2010, de 01/06/2010 y en uso de las atribuciones que me confiere la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo consultivo de Castilla-La Mancha

Dispongo:

Artículo único

la Orden de 15/05/2007, de la Consejería de Agricultura, por la que se establecen los órganos competentes en materia de control oficial del rendimiento lechero en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha queda modificada como sigue:

Se da nueva redacción al artículo 2.1. Centro Autonómico de Control Lechero.

Se constituye el centro autonómico de control lechero de Castilla-La Mancha que actuara como unidad de coordinación y gestión de la ejecución del control lechero en Castilla-La Mancha, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Real Decreto 368/2005, de 8 de abril. El Centro Autonómico se coordinará con los Laboratorios autonómicos de control lechero oficial para realizar los análisis necesarios para la ejecución de sus actividades.

El Centro Autonómico del control lechero tendrá su sede en Centro Regional de Selección y Reproducción Animal (Cersyra), situado en Avenida del Vino nº 10, 13300 Valdepeñas (Ciudad Real) y contara con la participación de las organizaciones o asociaciones definidas en el artículo 2 del Real Decreto 368/2005.

Se da nueva redacción al artículo 4.2. Creación y composición de la Comisión Regional del Control Lechero Oficial en Castilla-La Mancha.

La Comisión Regional del...

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