Orden 31/2020, de 5 de marzo, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la no discriminación.

Número de registro2020/2058
Fecha05 Marzo 2020
Fecha de publicación12 Marzo 2020
SecciónI.- DISPOSICIONALES GENERALES
Número de Gaceta50/2020
EmisorConsejería de Igualdad y Portavoz
I.- DISPOSICIONES GENERALES
Consejería de Igualdad y Portavoz
Orden 31/2020, de 5 de marzo, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases
reguladoras de las subvenciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y
la no discriminación. [2020/2058]
El Instituto de la mujer de Castilla-La Mancha tiene como nes esenciales conseguir la igualdad real y efectiva de la
mujer y el hombre en todos los ámbitos de la vida, a través de actuaciones como la prevención de la violencia contra las
mujeres y el establecimiento de medidas concretas que favorezcan su participación en la vida política, económica, social
y cultural, eliminando cualquier forma de discriminación.
Igualmente, el Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha es el encargado de impulsar las actuaciones ejecutivas de La
Ley 12/2010 de Igualdad entre Mujeres y Hombres en Castilla-La Mancha que tiene como objeto promover las condicio-
nes que hagan efectivo y real el derecho a la igualdad entre mujeres y hombres y remover los obstáculos que impiden
o dicultan su plenitud.
La violencia de género en cualquiera de sus manifestaciones constituye una grave y dramática expresión de las des-
igualdades entre mujeres y hombres que siguen existiendo en todo el mundo, también en nuestra sociedad. La nueva
Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha que ha sustituido
a la Ley 5/2001, de 17 de mayo de Prevención de Malos Tratos y de Protección a las Mujeres Maltratadas, responde
al compromiso con la igualdad entre mujeres y hombres, que necesariamente implica una sociedad libre de violencia
contra las mujeres.
El II Plan Estratégico para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha articula y de-
ne las prioridades del gobierno regional en materia de igualdad de género en el periodo 2019-2024. La nalidad de este
plan, es orientar a los poderes públicos para que su actuación contribuya a cambiar los valores que sostienen y justican
la subordinación de las mujeres y de lo femenino en todos los ámbitos de la vida.
Este cambio, imprescindible para el desarrollo humano sostenible, implica la construcción y consolidación de nuevos
valores que promuevan la convivencia en igualdad, la justicia, el respeto a la libertad y a los derechos de todas las per-
sonas y que no estén atravesados por el androcentrismo, el sexismo y el machismo.
El cambio de valores hará posible que las vidas de mujeres y hombres tengan igual valor y no estén mediatizadas por
estereotipos y prejuicios. Los objetivos que hagan posible la consecución de una igualdad real entre mujeres y hombres
en Castilla la Mancha son, conseguir que todas las personas, independientemente de su género, tengan las mismas
oportunidades de desarrollo profesional y las puedan compatibilizar, en corresponsabilidad, con la vida personal y fa-
miliar, actuar contra la violencia de género en sus distintas manifestaciones, favorecer el empoderamiento individual
y colectivo de las mujeres como vía de desarrollo para la plena ciudadanía, fomentar el modelo coeducativo, libre de
estereotipos sexistas y de actitudes violentas en la comunidad educativa, mejorar la calidad de vida y la salud de las
mujeres castellano-manchegas en su diversidad y eliminar las desigualdades entre mujeres y hombres que se producen
especícamente en el mundo rural.
Por todo ello, como titular de esta Consejería de Igualdad y Portavoz y, por tanto, como órgano competente para la
aprobación de estas bases reguladoras, al amparo de las competencias previstas en el artículo 73 del Texto Refundido
de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, Decreto
77/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se jan las competencias de los órganos inte-
grados en la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y de conformidad con lo dispuesto en la
legislación básica sobre la materia establecida en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así
como en su reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; y en el Reglamento de desarrollo de la Ley
de Hacienda en materia de subvenciones, aprobado por Decreto 21/2008, de 5 de febrero, modicado por el Decreto
49/2018, de 10 de julio, previo informe jurídico y de la Intervención General,
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Dispongo
Capítulo I
Disposiciones sustantivas
Artículo 1. Objeto.
La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia
competitiva, de las subvenciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la
no discriminación.
Artículo 2. Régimen jurídico.
Las subvenciones reguladas en esta orden, además de por lo previsto en la misma, se regirán por los preceptos
básicos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en su Reglamento de
desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como por lo establecido en el Texto Refundido
de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, y su
Reglamento de desarrollo, aprobado por Decreto 21/2008, de 5 de febrero, modicado por el Decreto 49/2018, de
10 de julio.
Artículo 3. Financiación.
1. Las convocatorias de subvenciones, que se realicen en virtud de la presente orden, deberán precisar las apli-
caciones presupuestarias con cargo a las cuales se concedan las mismas, pudiendo adquirir, en los términos es-
tablecidos en la convocatoria, compromisos de gastos de carácter plurianual, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 48 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo
1/2002, de 19 de noviembre.
2. No podrán concederse subvenciones por importe superior a la cuantía total máxima jada en la convocatoria, sin
que previamente se realice una nueva convocatoria, salvo ampliación, de acuerdo a lo dispuesto en artículo 23.1.b)
del Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de sub-
venciones, aprobado por el Decreto 21/2008, de 5 de febrero, modicado por el Decreto 49/2018, de 10 de julio.
Artículo 4. Régimen de convocatoria.
1. Las convocatorias para la concesión de las subvenciones amparadas en esta orden de bases, podrán englobar
una o varias de las líneas de subvención establecidas en el artículo 5. Se realizarán por resolución de la persona
titular de la Dirección del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, estando limitadas por las disponibilidades pre-
supuestarias existentes en el Presupuesto de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de cada ejercicio.
2. El procedimiento de concesión de las subvenciones se iniciará de ocio una vez aprobada la resolución citada
en el apartado anterior, que será publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Diario ocial de
Castilla-La Mancha, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de
diciembre, General de Subvenciones. En todo caso, la ecacia de la convocatoria queda supeditada a la publicación
de la misma y de su extracto en el Diario Ocial de Castilla-La Mancha.
3. El plazo para la presentación de las solicitudes, salvo que en la convocatoria se señale otro distinto, será de 10
días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y su extracto en el Diario Ocial
de Castilla-La Mancha.
Artículos 5. Líneas de subvención y período de ejecución.
1. Serán subvencionables, con cargo a lo dispuesto en la presente Orden de bases, las siguientes líneas:
a) Ayudas a la investigación: proyectos para profundizar en el conocimiento de la igualdad entre mujeres y hombres
de Castilla-La Mancha incluidas todas las manifestaciones de la violencia de género, haciendo visibles las diversas
situaciones en las que se encuentran desde la perspectiva de género. Cada convocatoria podrá determinar las te-
máticas prioritarias.
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