Orden de 25/05/2016, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, sobre normas de elaboración de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2017.

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorConsejería de Hacienda y Administraciones Públicas
Rango de LeyOrden

El artículo 51 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, aprobado por la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, establece las líneas básicas reguladoras del Presupuesto de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, siendo el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, el instrumento normativo vigente que completa el ámbito institucional y jurídico de la institución presupuestaria.

El citado texto refundido desarrolla en el capítulo I, de su título II, las cuestiones relativas al contenido y al procedimiento de tramitación del Presupuesto, pero las normas y criterios de elaboración no quedan determinados en sus detalles más concretos por considerarse más aconsejable que sean adaptados para cada ejercicio. Por ello, el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha encomienda al titular de la consejería competente en materia de hacienda la determinación, tanto de la estructura del Presupuesto, como del procedimiento para su elaboración, la documentación que para cada caso sea necesaria y los plazos para su presentación.

Asimismo, en el contexto normativo de elaboración de los Presupuestos debe tenerse en cuenta el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que dispone, entre otras cosas, que la elaboración de los Presupuestos de los distintos sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de la norma se realizará en un marco de estabilidad presupuestaria, coherente con la norma europea.

En consonancia con lo anterior, la Ley 11/2012, de 21 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha prevé los instrumentos que coadyuvan a la estabilidad presupuestaria, entre ellos, la obligación de elaborar un marco presupuestario a medio plazo y la obligación de establecer un límite de gasto no financiero que respete el objetivo de estabilidad presupuestaria fijado por el Estado.

De conformidad con estas previsiones legales, la presente orden dicta las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2017, que deberán integrarse en el Marco Presupuestario 2017-2019 y respetar el límite de gasto no financiero que ha de fijarse conforme a lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 11/2012, de 21 de diciembre.

Finalmente, y sin perjuicio de las exigencias derivadas del principio de estabilidad presupuestaria, la elaboración de los Presupuestos para el ejercicio 2017 deberá seguir como criterio orientador básico la priorización de aquellas políticas de gasto más próximas a los ciudadanos dirigidas a recuperar, mantener y potenciar una red de servicios y prestaciones públicas de calidad que ofrezcan protección a los más vulnerables.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 36.1 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo; en el artículo 40.1 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobada por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre; y, en el artículo 1.f) del Decreto 82/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, dispongo:

Capítulo I Disposiciones generales Artículos 1 a 6
Artículo 1 Objeto.

Es objeto de la presente orden regular el ámbito institucional, los criterios generales para presupuestar, el contenido básico, las estructuras presupuestarias y el proceso de elaboración del Anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2017.

Artículo 2 Ámbito de aplicación.

Las normas contenidas en esta orden serán de aplicación a:

  1. Los órganos y entidades con dotaciones diferenciadas en los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que se indican a continuación:

    1. Las Cortes de Castilla-La Mancha, respetando y preservando, en cualquier caso, su autonomía presupuestaria y financiera.

    2. La Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el Consejo Consultivo.

    3. Los organismos autónomos y las entidades públicas vinculadas o dependientes de dicha Administración cuya normativa confiera carácter limitativo a los créditos de su presupuesto de gastos.

  2. Las entidades instrumentales con presupuestos de carácter estimativo que se indican a continuación:

    1. Las entidades públicas dependientes de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que tengan la obligación de presentar presupuestos de explotación y capital.

    2. Las empresas públicas, fundaciones y consorcios que formen parte del sector público regional.

Artículo 3 Marco presupuestario a medio plazo.

Los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2017 se integrarán dentro del Marco Presupuestario 2017-2019, que se elaborará conforme a lo dispuesto en la legislación en materia de estabilidad presupuestaria, así como en su normativa de desarrollo.

Artículo 4 Límite de gasto no financiero.

El importe total de los créditos para gastos de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de CastillaLa Mancha para 2017 se ajustará al límite de gasto no financiero fijado conforme a lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 11/2012, de 21 de diciembre.

Artículo 5 Criterios generales para la elaboración del Presupuesto.

La elaboración de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2017 se llevará a cabo atendiendo a los siguientes criterios generales:

  1. La conciliación de las exigencias derivadas de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, con los principios que marcan la acción política del Consejo de Gobierno, centrada en recuperar, mantener y potenciar una red de servicios y prestaciones públicas de calidad que ofrezcan protección a los más vulnerables, y, en contribuir al sustento y reactivación de la actividad económica y el empleo.

  2. El impulso de actuaciones de mejora de la eficiencia en la prestación de los servicios, que redunden en reducciones adicionales de los gastos de funcionamiento no esenciales y en la mejora de los de carácter esencial.

  3. La austeridad en el funcionamiento de todos los órganos, organismos y entidades tanto administrativas, como instrumentales.

  4. La cobertura, en materia de subvenciones e inversiones reales, de los gastos plurianuales comprometidos, respetando los derechos adquiridos que se deriven de los mismos.

  5. La priorización de las actuaciones cofinanciadas por otras Administraciones públicas o por la Unión Europea, adecuando el gasto a la correcta ejecución y seguimiento de los ingresos públicos.

  6. El enfoque de género para la promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

Artículo 6 Unidad de cuenta para la elaboración del Presupuesto.

El Presupuesto se elaborará teniendo como unidad de cuenta el euro, expresado en miles de euros con dos decimales.

Capítulo II Artículos 7 a 9

Contenido y estructura de los Presupuestos

Artículo 7 Contenido de los Presupuestos.
  1. Los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2017 contendrán:

  1. Los estados de ingresos, que incluirán las estimaciones de los derechos económicos a liquidar en el ejercicio 2017.

  2. Los estados de gastos, que incluirán los créditos necesarios para el cumplimiento de las obligaciones económicas a reconocer en durante el ejercicio 2017.

  3. Los estados financieros de las entidades instrumentales a las que se refiere el artículo 2.b), que incluirán sus estimaciones de gastos e ingresos.

Artículo 8 Estructura de los Presupuestos.
  1. Los estados de ingresos se estructurarán como se indica a continuación:

    1. Estructura orgánica, que distingue por secciones los ingresos correspondientes a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha según su organización administrativa.

      La clasificación orgánica se realizará conforme se detalla en el anexo II.

    2. Estructura económica, que agrupa los ingresos del presupuesto según su naturaleza económica con arreglo a la

      clasificación por capítulos, artículos, conceptos y subconceptos, tal y como se detalla en el anexo IV.

  2. Los estados de gastos se estructurarán como sigue:

    1. Estructura orgánica, que distribuye los créditos presupuestarios por secciones.

      Las secciones presupuestarias agrupan los programas de gasto en atención a la organización administrativa de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

      Las secciones presupuestarias pueden desagregarse, a su vez, en órganos gestores, que son aquellas unidades orgánicas con diferenciación presupuestaria y responsabilidad en la gestión de los programas.

      Los órganos gestores...

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