Decreto 267/2011, de 08/09/2011, por el que se modifica el Decreto 122/2011, de 7 de julio, de estructura orgánica y competencias de la Consejería de Economía y Hacienda.

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorCONSEJERIA DE ECONOMIA Y HACIENDA
Rango de LeyDecreto

La estructura de la administración regional resultante de la última configuración del Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha tiene como guía la racionalización de los servicios públicos. En esta consejería se han suprimido tres direcciones generales, redistribuyendo sus atribuciones entre las resultantes.

El decreto suprime la Oficina de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha en Bruselas. La medida se enmarca en la idea matriz de suprimir todos aquellos órganos y unidades que no sean estrictamente necesarios. Los servicios prestados por la Oficina pueden ahora obtenerse de manera muy eficiente mediante los instrumentos de la administración electrónica.

La modificación se aprovecha también para corregir otros aspectos como la atribución expresa de competencias en materia de defensa de la competencia y de coordinación de la contratación administrativa del sector público regional y atribuir la función estadística a la Dirección General de Planificación Económica y Asuntos Europeos.

En su virtud, a iniciativa del Consejero de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 8 de septiembre de 2011

Dispongo:

Artículo único Modificación del Decreto 122/2011, de 7 de julio, de estructura orgánica y competencias de la Consejería de Economía y Hacienda.

Se modifica el Decreto 122/2011, de 7 de julio, de estructura orgánica y competencias de la Consejería de Economía y Hacienda, en los siguientes términos:

Uno. Se da una nueva redacción al artículo 1, que queda como sigue:

A la Consejería de Economía y Hacienda le corresponde, de acuerdo con el Estatuto de Autonomía y demás leyes que lo desarrollan:

a) El estudio, formulación y la coordinación de las líneas fundamentales de la política económica regional, así como el seguimiento de los programas y planes económicos.

b) La coordinación de los órganos y de los entes integrados en el sector público regional cuya actividad tenga trascendencia económica.

c) La coordinación y seguimiento del Pacto por Castilla-La Mancha, así como la gestión y ejecución de las medidas de carácter transversal que afecten a varias consejerías dentro del citado Pacto.

d) El impulso y la presidencia de las comisiones y cualquier otro órgano de participación multisectorial de contenido

económico dependientes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

e) La elaboración del anteproyecto de ley de presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

f) La administración, gestión y recaudación de los derechos económicos de la hacienda pública de Castilla-La Mancha.

g) La revisión en vía administrativa de los actos relativos a los ingresos de naturaleza pública conforme a lo determinado por la normativa vigente.

h) La regulación, el diseño, explotación y mantenimiento de los registros, sistemas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos precisos para el desarrollo de las funciones y la prestación de los servicios relacionados con las materias específicas de su competencia.

i) La administración y gestión del patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

j) El desarrollo normativo y la coordinación en materia de contratación administrativa del sector público regional.

k) La ordenación de pagos.

l) Las funciones de control interno y contabilidad pública, conforme al texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.

m) La coordinación de los asuntos relacionados con la Unión Europea.

n) El estudio, propuesta y ejecución de las cuestiones relacionadas con la política financiera y crediticia, la emisión y gestión de la deuda pública.

o) Las competencias en materia de cajas y entidades de crédito.

p) Las competencias en materia de mediación de seguros privados.

q) Las competencias en materia de casinos, juegos y apuestas.

r) Las competencias en materia de promoción empresarial y comercio.

s) Las competencias en materia de turismo y artesanía, fiestas tradicionales y demás manifestaciones populares de interés para Castilla-La Mancha.

t) Las funciones que la Ley 10/2002, de 21 de junio, de Estadística de Castilla-La Mancha, atribuye a la consejería competente en materia de estadística.

u) Cualesquiera otras de naturaleza análoga a las enumeradas anteriormente que no hubieran sido atribuidas expresamente a otro órgano o ente de la Comunidad Autónoma.

Dos. Se da una nueva redacción al artículo 2, que queda del modo siguiente:

1. La Consejería de Economía y Hacienda, bajo la dirección de su titular, se estructura de la siguiente forma:

Órganos de apoyo y directivos centrales:

- Viceconsejería de Economía.

- Secretaría General.

- Dirección General de Presupuestos y Fondos Comunitarios.

- Dirección General de Tributos y Política Financiera.

- Dirección General de Incentivación Empresarial, Comercio, Turismo y Artesanía.

- Dirección General de Planificación Económica y Asuntos Europeos.

- Intervención General.

Órganos periféricos:

- Los servicios periféricos de la...

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