Decreto 214/2010, de 28/09/2010, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Valle de Alcudia y Sierra Madrona, se inicia el procedimiento de declaración del Parque Natural del Valle de Alcudia y Sierra Madrona, y se declara el Monumento Natural del Volcán del Alhorín y la Reserva Fluvial del Río Guadalmez.

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorConsejería de Agricultura y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

Por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 1 de junio de 2004, publicado en el DOCM el 22 de julio de 2004, se acuerda iniciar el procedimiento para la elaboración y aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales para el área denominada "Valle de Alcudia y Sierra Madrona".

El Plan de Ordenación afecta total o parcialmente a 8 términos municipales, todos ellos en la provincia de ciudad Real, con un perímetro que engloba una superficie de 207.869 hectáreas.

El Plan de Ordenación incluye en su territorio una gran variedad de Espacios Naturales Protegidos, -relacionados en el Capítulo 4.2 del texto del PORN-, de los cuales la mayoría fueron declarados como tales Espacios Naturales Protegidos mediante los correspondientes Decretos del Consejo de Gobierno, a excepción de "el Monumento Natural del Volcán de Alhorín" y "la Reserva Fluvial del Río Guadalmez" que obtienen su declaración de Espacios Protegidos a través del presente Decreto.

En el procedimiento administrativo de elaboración del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales se han seguido las prescripciones del Título II de la Ley 9/1999, de 26 de Mayo, de Conservación de la Naturaleza, habiéndose otorgado audiencia a los interesados, así como realizado los trámites de información pública y consulta a los intereses sociales e institucionales afectados. El Plan de Ordenación ha sido también informado favorablemente por el Consejo Asesor de Medio Ambiente.

En el ejercicio de las competencias que el Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha atribuye a esta Administración Autónoma, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 29.3 y 28.2 de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza, dispongo:

Artículo 1 Aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Valle de Alcudia y Sierra Madrona.

Se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Valle de Alcudia y Sierra Madrona incluido en el anejo I, con los efectos previstos en el artículo 28.2 de la Ley 9/1999 de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza.

Artículo 2 Declaración del Monumento Natural del Volcán del Alhorín.

Se declara el Monumento Natural del Volcán del Alhorín, en la zona delimitada en el anejo II del presente Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, con los efectos previstos en el artículo 45 de la Ley 9/1999 de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza.

Artículo 3 Declaración de la Reserva Fluvial del Río Guadalmez.

Se declara la Reserva Fluvial del Río Guadalmez, la zona delimitada en el anejo II del presente Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, con los efectos previstos en el artículo 44 de la Ley 9/1999.

Artículo 4 Iniciación del procedimiento para la declaración del Parque Natural del Valle de Alcudia y Sierra Madrona.

Se inicia el procedimiento para la declaración del Parque Natural del Valle de Alcudia y Sierra Madrona, estableciéndose sobre los antiguos territorios señalados respectivamente en los Anejos 1, 2 y 3 de dicho Plan de Ordenación el régimen de protección preventiva previsto en los artículos 32.5 y 30 de la Ley 9/1999 de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza, para todas las actividades del Capítulo 5 de dicho Plan, relativo al régimen general de los usos y actividades, que no se hayan calificado expresamente como "compatibles" ni como "a regular por los instrumentos de planificación de los espacios protegidos".

negro, cigüeña negra y lince ibérico. Asimismo, este territorio ha sido designado Lugar de Importancia Comunitaria (LIC), con la denominación de LIC "Sierra Morena" (ES4220014).

El Valle de Alcudia también integra, parcialmente, otras dos zonas designadas LIC: se trata del LIC "Ríos Quejigares, Valdeazogues y Alcudia" (ES4220007) y del LIC "Lagunas Volcánicas del Campo de Calatrava" (ES4220005).

La zona objeto del PORN posee una gran riqueza en flora, fauna, geología, geomorfología y paisaje, lo que justifica la necesidad de adecuar su gestión a los principios inspiradores de la Ley 9/1999.

El ámbito territorial del Plan de Ordenación se encuentra íntegro en la provincia de Ciudad Real, con una superficie de 207.869 hectáreas, e incluye los siguientes términos municipales:

· Almodóvar del Campo: La parte del término municipal situada al sur de la divisoria de la Sierra de la Solana o Sierra Norte de Alcudia, excluido el suelo urbano de los núcleos de San Benito y La Bienvenida. Incluye parte de la subcuenca hidrográfica de los ríos Guadalmez, Alcudia, Tablillas y Montoro, y no incluye las partes que vierten al río Valdeazogues ni al río Quejigares situadas al norte de la citada Sierra de la Solana de Alcudia.

· Brazatortas: La parte del término municipal situada al sur de la divisoria de la Sierra de la Solana o Sierra Norte de Alcudia. Incluye parte de las subcuencas hidrográficas de los ríos Guadalmez, Montoro y Tablillas.

· Cabezarrubias del Puerto: Término municipal completo, a excepción del suelo urbano del núcleo de Cabezarrubias del Puerto.

· Hinojosas de Calatrava: Término municipal completo, a excepción del suelo urbano del núcleo de Hinojosas de Calatrava.

· Fuencaliente: Término municipal completo, a excepción del suelo urbano de los núcleos de Fuencaliente y Ventillas.

· Mestanza: Término municipal completo, a excepción del suelo urbano de los núcleos de Mestanza, el Hoyo y Solanilla del Tamaral.

· San Lorenzo de Calatrava: Término municipal completo, a excepción del suelo urbano del núcleo de San Lorenzo de Calatrava.

· Solana del Pino: Término municipal completo, a excepción del suelo urbano del núcleo de Solana del Pino.

Capítulo 2 Descripción de las características físicas, biológicas y socioeconómicas del territorio.

2.1. Clima y clasificación biogeográfica.

Para el análisis climático, se han estudiado los valores recogidos en las ocho estaciones meteorológicas ubicadas en la zona PORN o en su entorno más inmediato: Almodóvar del Campo, Brazatortas, Cabezarrubias del Puerto, Fuencaliente, Hinojosas de Calatrava, Mestanza, San Lorenzo de Calatrava y Solana del Pino. Acorde con este análisis, el clima de la zona se caracteriza por inviernos suaves y veranos cálidos y secos. La temperatura media de la zona es de 15,1 ºC, siendo el mes de enero el más frío con 5,8 ºC y julio el más cálido con 25,8 ºC. La precipitación media asciende a 441,22 mm. anuales con unos valores máximos y mínimos de precipitación en el mes de octubre y en el mes de julio respectivamente. La distribución anual de la precipitación es de un 43% en el otoño, 30% durante el invierno, 21% en la primavera y únicamente un 6% durante el periodo estival. La duración del periodo seco es de 4 meses, desde principios del mes de mayo hasta el final del mes de septiembre.

El área de estudio se clasifica biogeográficamente dentro del sector Mariánico-Monchiquense de la provincia Luso-Extremadurense (Región Mediterránea; Subregión Mediterránea occidental), e incluye a los distritos Mariánico Oriental y Serena-Pedroches. El piso bioclimático predominante es el Mesomediterráneo, según indican los valores del índice de termicidad de la zona. Sin embargo, la flora y vegetación existente a partir de los 1.100 m señalan el inicio del piso Supramediterráneo.

2.2. Geología y geomorfología.

La zona se sitúa íntegramente en el sector meridional del Macizo Hespérico. Las rocas aflorantes representan un amplio intervalo cronoestratigráfico que abarca desde el Precámbrico hasta el Cuaternario, si bien las más abundantes son las rocas del Paleozoico inferior. Destaca la ausencia de toda representación de rocas mesozoicas.

En la zona de estudio pueden definirse varios sectores en función del sustrato geológico y del contexto estructural. Los principales dominios morfoestructurales presentes son:

- Anticlinal del Valle de Alcudia: Corresponde al núcleo de una estructura anticlinoria de grandes dimensiones y dirección fundamental ESE-ONO, en la que afloran rocas precámbricas, fundamentalmente pizarras y grauwacas. Corresponde a un gran valle en el que los procesos erosivos han dado lugar a una zona generalmente poco accidentada, delimitada por escarpes cuarcíticos. El valle sólo aparece interrumpido por algunos accidentes tectónicos y por el cañón del río Fresnedas, que traza un recorrido meandriforme. Destaca la presencia de algunas manifestaciones volcánicas ligadas a la actividad tectónica del Campo de Calatrava, correspondiendo a los rasgos más meridionales del mismo.

- Sinclinal de Solana del Pino: Mucho más estrecho que la unidad anterior y donde predominan las rocas del Paleozoico inferior, también aparece delimitado por crestas cuarcíticas que dan lugar a importantes sierras de dirección principal ESE-ONO. El modelado fluvial y litológico aprovechando alineaciones tectónicas, marca las directrices de la configuración morfoestructural de este sector. El elemento geomorfológico más destacado es la presencia de cañones fluviales que cruzan de manera perpendicular las estructuras tectónicas principales.

- Anticlinal de Valmayor: Al sur de la...

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